Entrada destacada

Domingo 4 diciembre 2022, II Domingo de Adviento, ciclo A.

Ministerios, Dedicaciones, Coronación y Bendiciones.


- Papa Francisco, Carta apostólica en forma de motu proprio "Spiritus Domini" (10-enero-2021).

- Papa Francisco, Carta Ap. en forma de motu proprio "Antiquum Ministerium" (10-mayo 2021).

- Carta y Rito de institución de los Catequistas (3-diciembre -2021).

RITUAL DE LA DEDICACIÓN DE IGLESIAS Y ALTARES, 29-mayo-1977.

Presentación. Decretos.

Colocación de la primera piedra o comienzo de la construcción de una iglesia.

- Lecturas en la colocación de la primera piedra.

Introducción a la Dedicación de una iglesia.

- Dedicación de una iglesia.

- Dedicación de una iglesia en la cual ya se celebran habitualmente los sagrados misterios.

Introducción a la Dedicación de un altar.

- Dedicación de un altar.

Bendición de una iglesia.

Bendición de un altar móvil.

Bendición del cáliz y de la patena.

Misa ritual en el día de la Dedicación de una iglesia o un altar. Formularios.

Leccionario para la Dedicación o bendición de iglesias y de altares, y la bendición del cáliz y la patena.

Textos Magisterio
Homilía en la Misa de Consagración del nuevo Altar de la Catedral de Albano (21-septiembre-2008).

RITUAL DE LA CORONACIÓN DE UNA IMAGEN DE SANTA MARÍA VIRGEN, 25-marzo-1981

Ritual de la coronación de una imagen de santa María Virgen. Decretos. Prenotandos.

Capítulo I. Coronación de una imagen de santa María Virgen dentro de la Misa.

Capítulo II. Coronación de una imagen de santa María Virgen unida a la celebración de las Vísperas.

Capítulo III. Coronación de una imagen de santa María Virgen unida a la celebración de la Palabra de Dios.


BENDICIONAL, 31-mayo-1984.

Bendicional: Decretos, Orientaciones generales.


PRIMERA PARTE. BENDICIONES QUE SE REFIEREN DIRECTAMENTE A LAS PERSONAS.

Capítulo I. Bendición de una familia y de sus miembros.

40. La Iglesia, en su actuación pastoral, ha tenido siempre en gran aprecio la comunidad de vida y de amor conyugal, fundada por el Creador e instituida por Cristo, el Señor, como un sacramento del nuevo Testamento, así como un estado y orden de vida, a semejanza de su misteriosa y fecunda unión con la Iglesia. De esta comunidad procede la familia, en la cual los esposos tienen su propia gracia y vocación en el pueblo de Dios, a fin de que sean cooperadores de la gracia y testigos de la fe y del amor de Cristo para sí mismos, para sus hijos y para los demás familiares. Por esto la familia cristiana, como una Iglesia doméstica, cumpliendo la misión recibida de Dios y ejerciendo su apostolado, está obligada a proclamar muy alto ante los hombres las virtudes del reino de Dios en el mundo y la esperanza de una vida feliz (1).

41. Para que los esposos y demás miembros de la familia fueran cada vez más aptos para asumir y realizar más plenamente su propia misión, la Iglesia instituyó también la ayuda de algunos sacramentales con los que la vida familiar, en determinadas circunstancias, fuera enriquecida con la proclamación de la palabra de Dios y una peculiar bendición. Tales son fundamentalmente los Ritos de bendición descritos en este capítulo.

(1) Cf. CONCILIO VATICANO II, Constitución dogmática Lumen gentium, sobre la Iglesia, núms. 11 y 35; Decreto Apostolicam actuositatem, sobre el apostolado de los laicos, núms. 7 y 11; Constitución pastoral Gaudium et spes, sobre la Iglesia en el mundo actual, núms. 47-52.

I. Bendición de una familia.

II. Bendición anual de las familias en sus propias casas.

III. Bendiciones de los esposos.

IV. Bendiciones de los niños.

V. Bendición de los hijos.

VI. Bendición de los prometidos.

VII. Bendición de la mujer antes o después del parto.

VIII. Bendición de los ancianos que no salen de casa.

Capítulo II. Bendición de los enfermos.

Capitulo III. Bendición a los que son enviados a anunciar el Evangelio.

Capítulo IV. Bendiciones relativas a la catequesis y a la oración en común.

Capítulo V.  Bendición para diversos ministerios eclesiásticos.

Capítulo VI. Bendición de las asociaciones de ayuda a las necesidades públicas.

SEGUNDA PARTE. BENDICIONES QUE ATAÑEN A LAS CONSTRUCCIONES Y A LAS DIVERSAS ACTIVIDADES DE LOS CRISTIANOS 

512. Los cristianos, guiados por la fe, fortalecidos por la esperanza y movidos por la caridad, no solo son capaces de discernir sabiamente los vestigios de la bondad divina en todas las cosas creadas, sino que consideran todos los acontecimientos del mundo como signos de aquella providencia paternal con que Dios dirige y gobierna todas las cosas. Por tanto, siempre y en todo lugar se nos ofrece la oportunidad de orar, de confiar en el Señor y de mostrarle el debido agradecimiento.

513. Es conveniente expresar mediante unos ritos peculiares el sentido de nuestra fe, que nos hace percibir la presencia de Dios en todos los acontecimientos de la vida, ritos que se realizan en la inauguración de estas cosas o edificios. Así, bendecimos a Dios y le damos gracias por las nuevas cosas o edificaciones que se llevan a cabo, pidiéndole principalmente que colme de sus bendiciones a los que van a hacer uso de ellas.

514. Las bendiciones que figuran en esta segunda parte se refieren a las cosas que se van a utilizar y a los edificios que se inauguran, cosas y edificios que se relacionan con las diversas actividades de los cristianos y que, por lo mismo, tienen una importancia notable en su Vida.

Capítulo IX. Bendición de los trabajos que preparan la estructura de un nuevo edificio.

Capítulo X. Bendición de una nueva casa.

Capítulo XI. Bendición de un nuevo seminario.

Capítulo XII. Bendición de una nueva casa religiosa.

Capítulo XIII. Bendición de una nueva escuela o universidad.

Capítulo XIV. Bendición de una nueva biblioteca.

Capítulo XV. Bendición de un nuevo hospital o de un centro para el cuidado de los enfermos.

Capítulo XVI. Bendición de un laboratorio, un taller o una tienda de comercio.

Capítulo XVII. Bendición de locales destinados a los medios de comunicación social.

Capítulo XVIII. Bendición de gimnasios y otras instalaciones deportivas.

Capítulo XIX. Bendición de todo lo relacionado con los desplazamientos humanos.

Capítulo XX. Bendición de algunos instrumentos técnicos.

Capítulo XXI. Bendición de los instrumentos de trabajo.

Capítulo XXII. Bendición de una bandera.

Capítulo XXIII. Bendición de los animales.

Capítulo XXIV. Bendición de los campos, las tierras de cultivo y los terrenos de pasto.

Capítulo XXV. Bendición de los términos de una población.

Capítulo XXVI. Bendición en la presentación de los nuevos frutos.

Capítulo XXVII. Bendición de la mesa.

TERCERA PARTE. BENDICIÓN DE LAS COSAS QUE EN LAS IGLESIA SE DESTINAN AL USO LITÚRGICO O A LAS PRÁCTICAS DE DEVOCIÓN

929. La Iglesia ha tenido siempre un interés especial en que las cosas relacionadas con el culto sean dignas, decorosas y bellas, y que, una vez bendecidas, se utilicen solamente para las celebraciones sagradas, y no para usos corrientes. Esta costumbre la Iglesia quiere conservarla.

Por lo cual, las cosas destinadas por la bendición al culto divino han de ser tratadas por todos con respeto y no se han de emplear en usos inapropiados o en actos corrientes.

930. Estas bendiciones para las cosas que en las iglesias se destinan o erigen para el uso litúrgico o las prácticas devocionales se añaden aquí con el fin de completar las que ya figuran en los demás libros litúrgicos.

931. Cuando las iglesias se consagran a Dios con el rito de la dedicación o cuando se bendicen debidamente, todo lo que hay en ellas, exceptuando el altar, se ha de tener por bendecido y erigido por el mismo rito de la dedicación o bendición, de modo que no necesita una nueva bendición o erección.

932. Algunas bendiciones, como la bendición de la cruz y de las imágenes que se exponen a la pública veneración, la bendición de la campana, del órgano y de la puerta de la iglesia, como también la erección de las estaciones del viacrucis, tienen un significado y una importancia pastoral destacados en la vida de la comunidad eclesial, por lo cual es conveniente que las hagan el Obispo o el presbítero rector de la iglesia. No obstante, en determinadas circunstancias, en ausencia del presbítero, pueden encomendarse al diácono.


Capítulo XXIX. Bendiciones con ocasión de la inauguración de una cátedra o una sede presidencial, de un ambón, de un sagrario o de una sede para la celebración del sacramento de la penitencia.

978. Todas las cosas relacionadas con la celebración litúrgica, que se hallan ya en su lugar en la iglesia cuando ésta es dedicada o bendecida, se consideran ya bendecidas junto con la iglesia. Pero cuando se estrena o se renueva alguna de ellas, como la cátedra episcopal en la iglesia catedral, la sede presidencial, el ambón para la proclamación de la palabra de Dios, el lugar de la reserva del Santísimo Sacramento o sagrario o la sede para la celebración del sacramento de la penitencia puede ser una buena oportunidad para mentalizar a los fieles sobre su importancia, mediante una adecuada celebración.

979. Todos deben observar estrictamente los principios y normas que establecen los libros litúrgicos respecto a la elaboración y adecuada colocación de estas partes de la iglesia. 980 . Las bendiciones que aquí se describen puede utilizarlas el sacerdote, el cual, respetando la estructura de los ritos, adaptará oportunamente la celebración a las circunstancias del lugar.

I. Bendición con ocasión de la inauguración de una nueva cátedra o sede presidencial.






Capítulo XXXII. Bendición de las imágenes que se exponen a la pública veneración de los fieles.

1091. Dios hizo al hombre a su imagen y semejanza (1). Esta imagen divina, el hombre, al pecar, la mancilló tristemente en sí mismo, pero Cristo, que es plena y perfecta «imagen del Dios invisible» (2), la restauró misericordiosamente con su muerte. En Cristo sus discípulos se convierten en una criatura nueva (3) y, por la acción del Espíritu Santo, se van transformando en imagen del mismo Cristo (4).

21 Cf. Gn 1, 26-27.
22 Col 1, 15.
23 Cf. 2Co 5, 17.
24 Cf. 2Co 3, 18.

1092. Para que los fieles puedan contemplar más profundamente el misterio de la gloria de Dios, que fue reflejada en la faz de Jesucristo (5) y que resplandece en sus santos, y para que estos mismos fieles sean «luz en el Señor» (6), la madre Iglesia los invita a venerar piadosamente las imágenes sagradas. Éstas, además, han sido realizadas a veces con gran arte y gozan de una religiosa nobleza, con lo que vienen a ser un resplandor de aquella belleza que procede de Dios y a Dios conduce. Las imágenes, en efecto, no sólo traen a la memoria de los fieles a Jesucristo y a los santos que representan, sino que en cierta medida los ponen ante sus ojos: «Cuanto mayor es la frecuencia con que se miran las imágenes, tanto más los que las contemplan se sienten atraídos hacia el recuerdo y deseo de sus originales» (7).

Por todo ello, la veneración de las sagradas imágenes figura entre las principales formas de la veneración debida a Cristo, el Señor, y, en modo distinto, a los santos (8), «no porque se crea que en ellas hay alguna divinidad o poder que sean el motivo del culto que se les da», sino «porque el honor que se les tributa está referido a los prototipos que representan» (9).

25 Cf. 2Co 4, 6; Mt 17, 2.
26 Ef 5, 8.27 Concilio de Nicea II, Act. VII: Mansi XIII, 378; Denzinger-Schónmetzer,601.
28 Cf. Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada liturgia, núm. 111.
29 Concilio de Trento, sesión XXV: Denzinger-Schónmetzer, 1823.

1093. Cuando se expone a la pública veneración de los fieles una nueva imagen sagrada, sobre todo en las iglesias, a tenor de lo establecido en la Constitución litúrgica Sacrosanctum Concilium, núm. 125, es conveniente bendecirla con el rito peculiar que aquí se propone. Esta bendición no debe hacerse dentro de la Misa. En cambio, si se trata de una imagen destinada a ser venerada sólo en casas particulares, se ha de bendecir con el rito descrito más adelante en el capítulo XLIII.

1094. El presente capítulo incluye tres ritos:
a) bendición de una imagen de nuestro Señor Jesucristo;
b) bendición de una imagen de santa María Virgen;
c) bendición de una imagen de uno o varios santos.

1095. Estos ritos puede utilizarlos el presbítero, el cual, respetando la estructura del rito y sus elementos principales, puede adaptar alguno de estos elementos, para que la celebración se acomode mejor a las circunstancias del lugar y de las personas. Si, como es aconsejable, preside el rito el Obispo, se harán las oportunas adaptaciones.

1096. La bendición de una imagen sagrada se intercala en la celebración de las Vísperas, en el día en que se han de celebrar, o se pueden celebrar, las Vísperas correspondientes al caso. 

Las Vísperas se celebran en la forma acostumbrada. Terminada la salmodia, es conveniente hacer una lectura más extensa, seleccionada entre las que propone el Leccionario para las fiestas del Señor, de santa María Virgen y de los santos. 

Luego el celebrante hace la homilía, en la cual explica la lectura bíblica y la importancia que tienen las sagradas imágenes en la Iglesia. Después de la lectura bíblica o de la homilía, según la oportunidad, todos meditan un rato en silencio la Palabra de Dios. Después se canta el responsorio de la Liturgia de las Horas o un canto similar.

Terminado el canto, el celebrante dice la oración de bendición, a la que sigue el cántico evangélico con la antífona propia. Mientras se canta el cántico, se inciensa la imagen, después de la incensación del altar y de la cruz. La celebración de las Vísperas prosigue y concluye del modo acostumbrado.




Capítulo XXXIII. Bendición de una campana.

Capítulo XXXIV. Bendición de un órgano.

Capítulo XXXV. Bendición de objetos que se usan en las celebraciones litúrgicas.

1180. Entre las cosas pertenecientes al culto, las hay que por su naturaleza merecen una atención especial. Por eso es aconsejable bendecirlas antes de empezar a hacer uso de ellas.

1181. El cáliz y la patena se bendicen según el rito descrito en el Pontifical Romano (1). Por razones de utilidad práctica, dicho rito se incluye también en este capítulo.

(1) Cf. Ritual de la Dedicación de iglesias y altares, Bendición del cáliz y de la patena.

1182. Conviene asimismo bendecir el copón o píxide, la custodia, los ornamentos sagrados, así como los lienzos, es decir, los corporales y los manteles, que normalmente se usan en las celebraciones litúrgicas.

1183. Los objetos que se han de bendecir para los oficios litúrgicos deben responder a las normas establecidas por la autoridad legítima; o sea, han de ser bellos y confeccionados con exquisita elegancia, aunque evitando siempre la mera suntuosidad.

1184. Es recomendable bendecir varios objetos con un solo rito, ya sea dentro de la Misa ya sea en alguna celebración en la que los fieles participen oportunamente. Si se trata de bendecir un solo objeto, puede entonces emplearse el Rito breve fuera de la Misa.

1185. El Rito breve fuera de la Misa puede utilizarlo también el diácono.

I. Bendición del cáliz y de la patena.








CUARTA PARTE. BENDICIÓN DE CIERTOS OBJETOS DE DEVOCIÓN DEL PUEBLO CRISTIANO.

1320. La Iglesia, con el fin de promover y fomentar la piedad de los s en sus múltiples manifestaciones, tiene por norma secundar los piadosos ejercicios del pueblo cristiano cuando se ajustan a las leyes y normas dadas en esta materia. Al realizar las preces litúrgicas o al practicar ciertos ejercicios de piedad, suelen utilizarse algunas cosas u objetos, como la corona o el rosario de la Virgen u otros semejantes. Entonces es recomendable que esos mismos objetos, antes de ponerlos en manos de los fieles, sean objeto de una bendición peculiar.

1321. Además, entre los fieles, ha adquirido fuerza de costumbre el hecho de llevar consigo determinados objetos de devoción, o de usar otros para la plegaria, de exponer en sus casas imágenes sagradas para venerarlas en familia y también guardar en sus hogares cosas bendecidas, como, por ejemplo, ciertas bebidas y alimentos.

Con el fin de atender de algún modo a estas formas de piedad, se proponen en esta parte algunos esquemas de bendiciones que pueden celebrarse para tales circunstancias.

Capítulo XLII. Bendición de bebidas, comestibles u otras cosas por motivos de devoción.

QUINTA PARTE. BENDICIONES PARA DIVERSAS CIRCUNSTANCIAS.

1417. La vida de los cristianos crece y se desarrolla de muchas maneras. Sobre todo cuando, impulsada por el Espíritu del Señor y ajustándose a sus mandamientos, potencia todo lo que siendo positivo en este mundo fomenta la convivencia entre los hombres, al tiempo que acrecienta los productos de la naturaleza y aun los de nuestra propia actividad. Por esto esa vida crece también cuando el Señor nos bendice y nosotros, en justa correspondencia, le bendecimos (1); de ahí que le demos gracias e imploremos su ayuda con una adecuada celebración y plegaria, para que sepamos hacer uso de sus dones con miras a lograr la plena realización de su reino.

Los esquemas propuestos en esta parte, puesto que prevén ocasiones de oración y acción de gracias, deberán adaptarse cuidadosamente a las distintas circunstancias del momento.

(1) Cf. S. AGUSTÍN, Comentarios sobre los Salmos, Salmo 66, 1: PL 36, 802; CCL 39, 856. 

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