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sábado, 20 de febrero de 2021

Manual de indulgencias: Presentación; Decretos; Anotaciones preliminares.

Manual de indulgencias (4ª ed. 16-julio-1999; ed. española 2007)

PRESENTACIÓN

El presente libro es la versión castellana oficial de la cuarta edición del Enchiridion Indulgentiarum que apareció en 1999.

Este Enchiridion es en primer lugar una confessio fidei. Confesión de fe en la redención operada por Cristo, que nos capacita para colaborar activamente, a pesar de nuestra debilidad y sin detrimento alguno de la gratuidad del Don de Dios, en la obra de la salvación; de modo que Dios al coronar nuestros méritos corona su propia obra. Estas páginas manifiestan que la "indulgencia” no es una alternativa a las obras impulsadas por la caridad teologal, sino un acicate de las mismas y un impulso para actuar libremente siguiendo las mociones del Espíritu Santo.

Pero esta confesión de la fe abarca también el misterio de la Iglesia como Cuerpo de Cristo. Las indulgencias nos ayudan a vivir más intensamente el misterio de la comunión de los santos. La Iglesia, como misterio de comunión en Cristo, presentado ampliamente por el Concilio Vaticano II, y la Iglesia, como pueblo de Dios ministerialmente estructurado, se explicitan particularmente en la comunión de los santos.

El Manual de Indulgencias nos invita también a pasar de la confesio fidei a la confessio peccatorum. Este libro es una llamada a la conversión. Una llamada no sólo a oponemos al pecado en nuestra propia vida y en la convivencia social, sino también a luchar contra sus destructivas consecuencias. En esta lucha nos apoyamos confiadamente en los méritos de Jesucristo y contamos con la solidaridad de toda la Iglesia. Las “indulgencias” que el Santo Padre concede en virtud del poder recibido de Cristo, secundando la acción del Espíritu Santo en la Iglesia, ponen de manifiesto el carácter absolutamente gratuito de la remisión de los pecados y de la salvación.

Dentro de una experiencia jubilosa del perdón y de una pastoral evangelizadora, que exige necesariamente conversión personal y comunitaria -como vuelta a Cristo auténtica vivencia del misterio de la Iglesia- este Manual de Indulgencias nos ofrece una ayuda en orden a la santificación.

Finalmente, este Manual que presentamos en su versión castellana nos impulsa desde la fe y la experiencia gozosa de la conversión a una confessio laudes. El amplio elenco de oraciones recogido aquí, que abarca desde la celebración litúrgica hasta las formas más sencillas de piedad popular, nos invita a valorar la fuerza de la oración y la alabanza. Se unen alabanza y súplica, porque la petición es también una forma de alabanza y de reconocimiento de la grandeza y bondad divinas. Este libro ofrece, además, las principales oraciones del cristianismo que pueden ser de una inestimable utilidad pastoral a la hora de orientar y satisfacer la sed de oración y la búsqueda de una perspectiva trascendente para la vida, que se constata en amplios sectores de la sociedad contemporánea.

La publicación de este Manual brinda la ocasión para que los obispos y los presbíteros presenten la conexión intima entre la profesión valiente de la fe, la conversión humilde de Dios y la alabanza al Señor en la Santa Iglesia.

+ RICARDO BLÁZQUEZ PÉREZ
Obispo de Bilbao
Presidente de la Conferencia Episcopal Española.


PENITENCIARÍA APOSTÓLICA

DECRETO


Cuarta edición del Enchiridion indulgentiarum

Los méritos de valor infinito de Jesús, Divino Redentor del género humano, y los méritos de la Santísima Virgen Maria y de todos los santos, que dimanan sobreabundantemente de los de Jesús, todos los cuales constituyen el indefectible tesoro de la Iglesia de Cristo, han sido confiados a esta en virtud de la potestad de atar y desatar que el mismo Fundador de la Iglesia confirió a Pedro y a los otros Apóstoles, y, a través de ellos, a sus sucesores, el Sumo Pontífice y los Obispos, para que sean aplicados en remisión de los pecados y de sus consecuencias. Este perdón de los pecados se lleva a cabo de modo principal y, cuando se trata del pecado mortal de modo necesario, mediante el sacramento de la reconciliación.

Sin embargo, incluso perdonado el pecado mortal, y por necesaria conexión remitida la pena eterna que esta culpa merece, y perdonado también el pecado leve o venial, el pecador perdonado puede necesitar una purificación ulterior, es decir, puede ser deudor de una pena temporal que ha de satisfacer en la vida terrena o en la otra vida, es decir, en el purgatorio. Del tesoro admirable de la Iglesia, mencionado anteriormente, fluye la indulgencia, que permite remitir aquella pena temporal.

La doctrina de la fe sobre la indulgencia y la práctica laudable de esta confirman los misterios tan profundamente consoladores del Cuerpo místico de Cristo y de la comunión de los Santos, y con gran eficacia contribuyen a la consecución de la santidad.

Sobre este tema ha tratado de manera excelente Sumo Pontífice Juan Pablo II en la Bula Incarnationis mysterium, de convocación del gran Jubileo.

De acuerdo con esta doctrina, la Penitenciaría Apostólica aprovecha la ocasión del inminente inicio del sagrado Jubileo y de la difusión por todo el orbe católico de la mencionada Bula, para proceder de nuevo, por cuarta vez, a la publicación del Enchiridion indulgentiarum, según la edición típica del día 29 de junio de 1968, que fue redactada de acuerdo con las normas establecidas por la Constitución apostólica Indulgentiarum doctrina.

En esta nueva edición no se han modificado los principios sobre las indulgencias, pero se han revisado algunas normas para adecuarlas a los documentos recientemente emanados de la Sede Apostólica.

Las concesiones, sin embargo, se han reagrupado siguiendo un criterio sistemático, de tal manera que se número no ha disminuido, pero la lista de ellas ha resultado más breve. La razón por la cual se han seleccionado las diversas concesiones es el fomento del afecto piadoso de la caridad en cada uno de los fieles cristianos y en toda la comunidad eclesial.

Así, en primer lugar se ha incorporado una cuarta concesión general, con la cual se otorga indulgencia al testimonio explícito de la fe que se da en determinadas circunstancias de la vida cotidiana. Las restantes concesiones nuevas tienen como objetivo reforzar los fundamentos de la familia cristiana (consagración de las familias), la comunión en la plegaria de la Iglesia universal (participación fructuosa en los días dedicados universalmente a alguna finalidad religiosa o en la semana de oración para la unidad de todos los cristianos), y el culto debido a Jesucristo presente en el Santísimo Sacramento (procesión eucarística).

Además, se presentan con más extensión algunas de las concesiones ya publicadas; por ejemplo, la que se refiere al rezo del Rosario mariano o a la recitación del himno Akathistos, a las celebraciones jubilares de las ordenaciones, a la lectura de la Sagrada Escritura o a la visita a los lugares sagrados.

En esta edición del Enchiridion se hace referencia con frecuencia a las facultades de las asambleas episcopales (para las Iglesias orientales según sus propios estatutos, para la Iglesia latina de acuerdo con el canon 447 del Código de derecho canónico) en lo tocante a las listas de plegarias más difundidas en el propio territorio. Y, de hecho, el número de plegarias consignadas en el Enchiridion ha sido aumentado considerablemente, principalmente el número de aquellas que pertenecen a la Tradición oriental.

Por el presente Decreto se declara auténtico el texto que sigue y se ordena que sea considerado oficial, por autoridad del Sumo Pontífice, según se indicó a los responsables de la Penitenciaría Apostólica en la audiencia que les fue concedida el día 5 de julio de 1999.

Esta Penitenciaría, por su parte, en armonía con los deseos del Santo Padre, hace votos para que los fieles cristianos, animados por la doctrina y el celo pastoral de los sagrados Pastores, por la práctica de las sagradas indulgencias se apliquen con intimo afecto religioso del espíritu a acrecentar su piedad, para gloria de la Santísima Trinidad.

No obstante cualquier cosa en contra.

Dado en Roma, desde la misma Penitenciaría Apostólica, el día 16 de julio de 1999, Conmemoración de la Santísima Virgen del Carmen.

GUILLERMO WAKEFIELD Card. BAUM
Penitenciario Mayor

LUIS DE MAGISTRIS
Obispo titular de Nova
Regente


PAENITENTIARIA APOSTOLICA

Prot. N. 103/01/I

DECRETUM


Instante Exc.mo ac Rev.mo Domino Richardo Blázquez Perez, Episcopo Flaviobrigensi, Praeside Conferentiae Episcoporum Hispaniae, vigore facultatum huic Dicasterio a Summo Pontifice Benedicto XVI tributarum translationem in hispanicum sermonem quartae editionis typicae Enchiridii Indulgentiarum, prout in adiecto exstat exemplari, libenter Apostolica zenitentiaria confirmat et publici iuris prelo fieri concedit.

In textu imprimendo inseratur ex integro textus huius Decreti.

Eiusdem insuper textus impressi duo exemplaria Apostolicae Paenitentiariae comiter remittantur.

Contrariis quibuslibet minimne obstantibus.

Romae, ex aedibus Paenitentiariae Apostolicae, die 14 mensis Febreni anni 2006.

LACOBUS FRANCISCUS S.R.E. Card. STAFFORD
Paenitentiaris Maior

IOANNES FRANCISCUS GIROTTI, O.F.M. Conv.
Regens


ANOTACIONES PRELIMINARES

1. Cuando este Manual de Indulgencias fue editado por primera vez, en junio del año 1968, se puso en práctica la norma 13 de la Constitución apostólica Indulgentiarum doctrina: «Se revisará el Manual de indulgencias con el criterio de que sólo se enriquezcan con indulgencias las principales preces y las principales obras de piedad, de caridad y de penitencia». Con las sucesivas ediciones, hasta la presente, la Penitenciaría Apostólica ha pretendido hacer más claro el texto, corregir algunos aspectos de menor importancia, de acuerdo con las exigencias de un análisis crítico, y, finalmente, añadir algunos elementos nuevos.

2. Por lo que a esto atañe, se consideran preces y obras principales aquellas que, habida cuenta de la tradición y de los cambios introducidos con el correr de los tiempos, no sólo parecen especialmente aptas para ayudar a los fieles a satisfacer por las penas debidas por sus pecados, sino que también, y principalmente, los impulsan a un mayor fervor de la caridad. En este principio se ha apoyado el plan seguido al reorganizar esta materia (1).

(1) Cf. Al. del papa Pablo VI al Colegio de Cardenales y a la Curia Romana, 23 de diciembre de 1966 (AAS 59 [1967] 57).

3. De acuerdo con la tradición, la participación en el sacrificio de la misa y en los sacramentos, debido a su altísima eficacia en cuanto a «la santificación y la purificación» (2), no queda enriquecida con indulgencias.

(2) Cf. Indulgentiarum Doctrina 11.

Cuando con motivo de algún acontecimiento especial (por ejemplo, la primera sagrada comunión, la primera misa de un neosacerdote, la misa al final de un Congreso eucarístico), se concede indulgencia, ésta no se añade a la participación en la misa o en los sacramentos, sino a las circunstancias extraordinarias que acompañan a este tipo de participación. Así, con la ayuda de la indulgencia, se promueve, y en cierto modo se premia, el deseo de entrega, propio de estas celebraciones, el buen ejemplo que se da a los demás, el honor que se tributa a la augusta Eucaristía y al sacerdocio.

Sin embargo, la indulgencia puede añadirse, de acuerdo con la tradición, a diversas obras de piedad privada y pública; además, pueden dotarse con indulgencias las obras de caridad y penitencia, a las cuales conviene en nuestros tiempos atribuir una mayor importancia. Todas estas obras enriquecidas con indulgencias, como, por lo demás, cualquier otra obra buena y cualquier sufrimiento llevado pacientemente, no se separan en modo alguno de la misa y los sacramentos, puesto que son las fuentes principales de santificación y de purificación (3); las buenas obras, en efecto, y los sufrimientos se convierten en oblación de los fieles, que se une a la oblación de Cristo en el sacrificio eucarístico (4); la misa y los sacramentos, en efecto, inducen a los fieles a cumplir sus obligaciones de manera que vivan «de acuerdo con la fe que profesaron» (5); y, a la inversa, el cumplimiento diligente de sus obligaciones los dispone cada día más y más a participar con fruto en la misa y los sacramentos (6).

(3) Cf. Indulgentiarum Doctrina 11.
(4) Cf. Lumen Gentium 34.
(5) Misal Romano, oración colecta del lunes de la octava de Pascua.
(6) Cf. Sacrosantum Concilium, 9-13.

4. De acuerdo con los cambios introducidos con el correr de los tiempos, se atribuye una importancia mayor a la acción del fiel cristiano (operi operantis), por lo cual no se menciona una larga relación de obras de piedad (opus operatum) como separadas de la vida cotidiana del fiel cristiano, sino que se presenta sólo un número reducido de concesiones (7), que ayuden a que la vida de los fieles cristianos sea más útil y más santa, y así se suprime «aquel divorcio entre la fe que profesan y la vida cotidiana de muchos... haciendo una síntesis vital del esfuerzo humano, familiar, profesional, científico o técnico, con los valores religiosos, bajo cuya altísima jerarquía todo se ordena a la gloria de Dios» (8).

Se ha tenido interés más bien por dar una mayor cabida a la vida cristiana y dirigir la atención hacia el espíritu de oración y de penitencia y la práctica de las virtudes teologales, más que en proponer la repetición de fórmulas y de actos.

(7) Cf. más adelante, principalmente los núms. I-IV.
(8) Cf. Gaudium et Spes, 43.


5. En el Manual de Indulgencias, antes de citar las diversas concesiones, se hace una relación de las normas, tomadas de la Constitución apostólica Indulgentiarum doctrina, del Código de Derecho Canónico y de otros documentos normativos.

Ha parecido útil, en efecto, incluso en previsión de las dudas que puedan surgir en esta materia, exponer en con junto y ordenadamente todas las disposiciones actualmente vigentes acerca de las indulgencias.

6. En el Manual de Indulgencias se enumeran en primer lugar cuatro concesiones generales, que en cierto modo iluminan la práctica cotidiana de la vida cristiana.

A cada una de estas cuatro concesiones generales se han añadido, con vistas a la utilidad e instrucción de los fieles, algunas anotaciones, con las que queda de manifiesto que cada una de las concesiones concuerda con el espíritu del Evangelio y con la renovación propuesta por el Concilio Ecuménico Vaticano II.

7. Sigue la lista de concesiones que corresponden a cada una de las obras de religión. Estas concesiones son pocas, ya que algunas obras están incluidas en las concesiones generales, y, en lo que se refiere a las preces, ha parecido que sólo había que recordar expresamente algunas de indole universal. Las competentes asambleas episcopales procurarán añadir, en las ediciones del Enchiridion en las diversas lenguas, otras fórmulas que sean útiles a la piedad de los fieles y, al mismo tiempo, muy apreciadas tradicionalmente.

8. Además, se ha añadido al Manual de Indulgencias un Apéndice que contiene una lista de invocaciones, y se ha puesto también el texto de la Constitución apostólica Indulgentiarum doctrina.

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