ORIENTACIONES DOCTRINALES Y PASTORALES
INTRODUCCIÓN
Los sacramentos de la iniciación cristiana
1. Por los sacramentos de la iniciación cristiana, los hombres, “libres del poder de las tinieblas, muertos, sepultados y resucitados con Cristo, reciben el Espíritu de los hijos de adopción y celebran con todo el pueblo de Dios el memorial de la muerte y resurrección del Señor” (1).
(1) Conc. Vat. II, Decreto sobre la actividad misionera de la Iglesia, Ad gentes, n. 14.
2. En efecto, incorporados a Cristo por el Bautismo, constituyen el pueblo de Dios, reciben el perdón de todos sus pecados y pasan de la condición humana en que nacen como hijos del primer Adán al estado de los hijos adoptivos (2), convertidos en nueva criatura por el agua y el Espíritu Santo. Por esto se llaman y son hijos de Dios (3).
Marcados luego en la Confirmación por el don del Espíritu, son más perfectamente configurados al Señor y llenos del Espíritu Santo, a fin de que, dando testimonio de él ante el mundo, cooperen “a la expansión y dilatación del Cuerpo de Cristo para llevarlo cuanto antes a su plenitud” (4).
Finalmente, participando en la asamblea eucarística, comen la carne del Hijo del hombre y beben su sangre, a fin de recibir la vida eterna (5) y expresar la unidad del pueblo de Dios; y, ofreciéndose a sí mismo con Cristo, contribuyen al sacrificio universal, en el cual se ofrece a Dios, a través del Sumo Sacerdote, toda la ciudad redimida (6); y piden que, por una efusión más plena del Espíritu Santo, “llegue todo el género humano a la unidad de la familia de Dios” (7).
Por tanto, los tres sacramentos de la iniciación cristiana se ordenan entre sí para llevar a su pleno desarrollo a los fieles, que “ejercen la misión de todo el pueblo cristiano en la Iglesia y en el mundo” (8).
(2) Rom 8, 15; Gal 4, 5; cf. Conc. Trid., Sesión VI, Decreto sobre la justificación, cap., 4; Dez. 296 (1524).
(3) Cf. 1 Jn 3, 1.
(4) Cf. Conc. Vat. II, Decreto sobre la actividad misionera de la Iglesia, Ad gentes, n. 36.
(5) Cf. Io, 6, 55.
(6) S. Agustin, De Cívítate Dei, X, 6: PL., 41, 284; Conc. Vat. II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, n. 11; Decreto sobre el ministerio y vida de los presbíteros, Presbyterorum ordinis, n. 2.
(7) Cf. Conc. Vat. II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, n. 28.
(8) Cf. ibid., n. 31.
I. DIGNIDAD DEL BAUTISMO
El Bautismo, sacramento de la fe
3. El Bautismo, puerta de la vida y del reino, es el primer sacramento de la nueva ley, que Cristo propuso a todos para que tuvieran la vida eterna (9) y que después confió a su Iglesia juntamente con su Evangelio, cuando mandó a los Apóstoles: “íd y haced discípulos a todos los pueblos, bautizándolos en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo” (10). Por ello el Bautismo es, en primer lugar, el sacramento de la fe con que los hombres, iluminados por la gracia del Espíritu Santo, responden al Evangelio de Cristo. Así, pues, no hay nada que la Iglesia estime tanto ni hay tarea que ella considere tan suya como reavivar en los catecúmenos o en los padres y padrinos de los niños que se van a bautizar una fe activa, por la cual, uniéndose a Cristo, entren en el pacto de la nueva alianza o la ratifiquen. A esto se ordenan, en definitiva, tanto el catecumenado y la preparación de padres y padrinos como la celebración de la Palabra de Dios y la profesión de fe en el rito bautismal.
(9) Cf. Jn 3, 5.
(10) Mt 28, 19.
El Bautismo, incorporación a la Iglesia
4. El Bautismo, es además, el sacramento por el que los hombres son incorporados a la Iglesia, “integrándose en su construcción para ser morada de Dios, por el Espíritu” (11), “raza elegida, sacerdocio real” (12); es también vínculo sacramental de la unidad que existe entre todos los que son marcados con él (13). Este efecto indeleble, expresado por la liturgia latina en la misma celebración con la crismación de los bautizados en presencia del pueblo de Dios, hace que el rito del Bautismo merezca el sumo respeto de todos los cristianos y no esté permitida su repetición cuando se ha celebrado válidamente, aun por hermanos separados.
(11) Ef 2, 22.
(12) 1 P 2,9.
(13) Conc. Vat. II, Decreto sobre ecumenismo, Unitatis redintegratio, n. 22.
El Bautismo, nacimiento a la vida de Dios
5. El Bautismo, baño del agua en la palabra de vida (14), hace a los hombres partícipes de la naturaleza divina (15) e hijos de Dios (16). En efecto, el Bautismo, como lo proclaman las oraciones de bendición del agua, es un “baño de regeneración” (17) por el que nacen hijos de Dios de lo alto. La invocación de la Santísima Trinidad sobre los bautizandos hace que los que son marcados con su nombre le sean consagrados y entren en la comunión con el Padre, y el Hijo, y el Espíritu Santo. Las lecturas bíblicas, la oración de los fieles y la triple profesión de fe están encaminadas a preparar este momento culminante.
(14) Ef 5, 26.
(15) 2 Pt 1,4.
(16) Cf. Rom 8, 15; Gal 4, 5.
(17) Cf. Tit 3, 5.
El Bautismo, participación en el misterio pascual
6. Estos efectos, muy superiores a las purificaciones de la antigua ley, los realiza el Bautismo por la fuerza del misterio de la Pasión y Resurrección del Señor. Los bautizados, que “han unido su existencia con la de Cristo en una muerte como la suya y han sido sepultados con él en la muerte” (18), “son también juntamente con él vivificados y resucitados” (19). El Bautismo, en efecto, conmemora y actualiza el misterio pascual, haciendo pasar a los hombres de la muerte del pecado a la vida. Por tanto, en su celebración debe brillar la alegría de la resurrección, principalmente cuando tiene lugar en la Vigilia pascual o en domingo.
(18) Rom., 6, 4-5.
(19) Cf. Ef 2,6.
II. IMPORTANCIA DEL BAUTISMO DE LOS NIÑOS
7. Por “párvulos” o “niños” se entiende aquellos que, por no haber llegado todavía a la edad de la discreción, no pueden tener ni expresar una fe personal.
8. La Iglesia, que recibió la misión de evangelizar y de bautizar, bautizó ya desde los primeros siglos, no solamente a los adultos, sino también a los niños. En aquellas palabras del Señor: “El que no nazca de agua y de Espíritu, no puede entrar en el reino de Dios” (20), siempre entendió la Iglesia que no había de privar del Bautismo a los niños, porque consideró que son bautizados en la fe de la misma Iglesia, proclamada por los padres, padrinos y demás presentes. Ellos representan tanto a la Iglesia local como a la comunidad universal de los santos y de los fieles; es decir, “a la Madre Iglesia”, que “toda ella, en la totalidad de sus miembros, engendra a todos y a cada uno” (21).
(20) Jn 3, 5.
(21) S. Agustín, Epist. 98, 5: PL., 33, 362.
9. Ahora bien, para completar la verdad del sacramento conviene que los niños sean educados después en la fe en que han sido bautizados. El mismo sacramento recibido será el fundamento y la fuente de esta educación. Porque la educación en la fe, que en justicia se les debe a los niños, tiende a llevarles gradualmente a comprender y asimilar el plan de Dios en Cristo, para que finalmente ellos mismos puedan libremente ratificar la fe en que han sido bautizados.
III. FUNCIONES Y MINISTERIOS
10. La celebración del Bautismo es el momento culminante de toda una acción pastoral prolongada y compleja, que supone la colaboración de muchos responsables y se desarrolla en varias etapas sucesivas.
El pueblo de Dios
11. La preparación al Bautismo y la formación cristiana es tarea que incumbe muy seriamente al pueblo de Dios, es decir, a la Iglesia, que transmite y alimenta la fe recibida de los Apóstoles. A través del ministerio de la Iglesia, los adultos son llamados al Evangelio por el Espíritu Santo, y los niños son bautizados y educados en la fe de la Iglesia.
Es, pues, muy importante que los catequistas y otros laicos presten su colaboración a los sacerdotes y a los diáconos ya desde la preparación del Bautismo. Conviene, además, que, en la celebración del Bautismo, tome parte activa el pueblo de Dios, representado no solamente por los padrinos, padres y parientes, sino también, en cuanto sea posible, por sus amigos, familiares y vecinos, y por algunos miembros de la Iglesia local, para que se manifieste la fe y se exprese la alegría de todos al acoger en la Iglesia a los recién bautizados.
12. La comunidad cristiana, viva representación de la Iglesia madre, debe sentirse solidariamente responsable del crecimiento de la Iglesia, considerando como misión de todos el comunicar por los sacramentos la vida de Cristo a nuevos miembros y el ayudarles luego a alcanzar la madurez y plenitud de esa vida.
Este sentido de corresponsabilidad debe mover tanto a los que celebran el sacramento como a los miembros más activos de nuestras comunidades, sobre todo a los educadores, ya sean religiosos o seglares.
13. El niño, en efecto, tiene derecho al amor y la solicitud de la comunidad, tanto antes como después de la celebración del sacramento. Dentro del mismo rito, además de lo dicho anteriormente (n. 11), la comunidad ejercita su propio oficio litúrgico dando su asentimiento, juntamente con el celebrante, después de la profesión de fe de los padres y padrinos. La fe en que son bautizados los niños se manifiesta así como un tesoro, no sólo de la familia, sino de toda la Iglesia de Cristo.
14. Toda la comunidad, reunida para la celebración del Bautismo, cumple un verdadero oficio litúrgico con sus intervenciones en los momentos señalados en el rito. Se ha de procurar por todos los medios que todos los asistentes asuman la responsabilidad que les corresponde en la celebración.
Los padres
15. Por el mismo orden natural, el ministerio y las funciones de los padres en el Bautismo de los niños está muy por encima del ministerio y funciones de los padrinos.
a) Es muy importante que antes de la celebración del sacramento los padres, movidos por su propia fe o ayudados por amigos u otros miembros de la comunidad, se preparen a una celebración consciente, recurriendo a medios adecuados, como pueden ser libros, folletos, circulares y catecismos. Procure el párroco tener contacto con ellos, personalmente o por otros, incluso reuniendo a varias familias, para prepararles a la próxima celebración con reflexiones pastorales y oración en común.
b) Es igualmente importante que los padres del niño asistan a la celebración en la que su hijo renacerá del agua y del Espíritu Santo.
c) Los padres del niño ejercen un ministerio verdaderamente propio en la celebración del Bautismo. En efecto, además de escuchar las moniciones del celebrante y de orar juntamente con la asamblea desempeñan un verdadero ministerio:
- cuando piden públicamente que sea bautizado el niño;
- cuando lo signan en la frente, después del celebrante;
- cuando hacen la renuncia a Satanás y pronuncian la profesión de fe;
- cuando llevan el niño a la fuente bautismal (función que corresponde principalmente a la madre);
- cuando encienden el cirio;
- cuando reciben la bendición especial, destinada a las madres y a los padres.
d) Si acaso alguno no pudiera, en conciencia, hacer la profesión de fe -por ejemplo, por no ser católico-, puede guardar silencio. En este caso, sólo se le pide que cuando presente su hijo al Bautismo garantice o, por lo menos, permita que el niño sea educado en la fe bautismal.
e) Después de conferido el Bautismo, los padres, por gratitud a Dios y por fidelidad a la misión recibida, deben conducir al niño al conocimiento de Dios, del cual ha sido hecho hijo adoptivo, así como prepararle a la Confirmación y a la Eucaristía. En esta tarea el párroco les prestará ayuda con medios adecuados.
Los padrinos
16. Según costumbre antiquísima de la Iglesia, no se admite a un adulto al Bautismo sin un padrino, tomado de entre los miembros de la comunidad cristiana. Este padrino le habrá ayudado al menos en la última fase de preparación al sacramento y, después de bautizado, contribuirá a su perseverancia en la fe y en la vida cristiana.
En el Bautismo de un niño debe haber también un padrino: representa a la familia, como extensión espiritual de la misma, y a la Iglesia madre, y, cuando sea necesario, ayuda a los padres para que el niño llegue a profesar la fe y a expresarla en su vida.
17. El padrino interviene en la celebración del Bautismo para profesar, juntamente con los padres, la fe de la Iglesia en la cual es bautizado el niño.
18. Por tanto, es conveniente que el padrino elegido por la familia reúna, a juicio de los pastores, las cualidades requeridas para que pueda realizar los ritos que le corresponden, a saber:
a) que tenga la madurez necesaria para cumplir con esta función;
b) que haya recibido los tres sacramentos de la iniciación cristiana: Bautismo, Confirmación y Eucaristía;
c) que pertenezca a la Iglesia católica y no esté incapacitado, por el derecho, para el ejercicio de la función de padrino.
Sin embargo, cuando así lo deseen los padres, se puede admitir como padrino o testigo cristiano del Bautismo a un bautizado que pertenezca a una Iglesia o comunidad separada, siempre que lo sea juntamente con un padrino católico o una madrina católica. En cada caso, se tendrán en cuenta las normas establecidas en materia ecuménica.
19. Cada niño puede tener padrino y madrina, o solamente padrino o madrina. La palabra “padrino”, en el ritual, incluye los tres casos.
20. Los padres han de tomar en serio la elección de buenos padrinos para sus hijos, a fin de que el padrinazgo no se convierta en una institución de puro tramite y formalismo. No deben dejarse guiar únicamente por razones de parentesco, amistad o prestigio social, sino por un deseo sincero de asegurar a sus hijos unos padrinos que, por su edad, proximidad, formación y vida cristianas, sean capaces de influir, en su día, eficazmente en la educación cristiana de aquellos.
Los ministros
21. Es ministro ordinario del Bautismo el obispo, el presbítero y el diácono. Siempre que celebren este sacramento recuerden que actúan como Iglesia, en nombre de Cristo y por la fuerza del Espíritu Santo. Sean, pues, diligentes en administrar la Palabra de Dios y en la forma de realizar el sacramento. Eviten también todo lo que pueda ser interpretado razonablemente por los fieles como una discriminación de personas (22).
(22) Cf. Conc. Vat. II, Constitución sobre la sagrada liturgia, Sacrosanctum Concilium, n. 32; Constitución pastoral sobre la Iglesia en el mundo actual, Gaudium et Spes, n. 29.
22. Por ser los obispos “los principales administradores de los misterios de Dios, así como también moderadores de toda la vida litúrgica en la Iglesia que les ha sido confiada” (23), corresponde a ellos “regular la administración del Bautismo, por medio del cual se concede la participación en el sacerdocio real de Cristo” (24). Por tanto, no dejen de celebrar ellos mismos el Bautismo, principalmente en la Vigilia pascual y en la visita pastoral (cfr. n. 48).
(23) Conc. Vat. II, Decreto sobre el rninisterio pastoral de los obispos, Christus Dominus, n. 15.
(24) Conc. Vat. II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, n. 26.
23. Incumbe a los párrocos, valiéndose de la colaboración de catequistas y otros seglares idóneos, preparar y ayudar con medios pastorales aptos a los padres y padrinos de los niños que van a ser bautizados, así como conferir el Bautismo a estos niños.
24. Los demás presbíteros y diáconos, por ser los colaboradores del obispo y de los párrocos en su ministerio, preparan al Bautismo y lo confieren también, de acuerdo con el obispo o el párroco.
25. Pueden ayudar al celebrante otros presbíteros o diáconos, y también los laicos, en las funciones que les correspondan, tal como se prevé en las respectivas partes del rito, sobre todo si el número de los bautizandos es muy grande.
26. No habiendo sacerdote ni diácono, en caso de peligro inminente de muerte, cualquier fiel, y aun cualquier hombre que tenga la intención requerida, puede, y algunas veces hasta debe, conferir el Bautismo. Pero si no es tan inmediata la muerte, el sacramento debe ser conferido, en lo posible, por un fiel y según el rito abreviado que se describe más adelante (nn. 161-168). Es muy importante que, aún en este caso, esté presente una comunidad reducida o, al menos, que haya, si es posible, uno o dos testigos.
27. Todos los laicos, como miembros que son de un pueblo sacerdotal, especialmente los padres y, por razón de su oficio, los catequistas, las comadronas, las asistentes sociales, las enfermeras, los médicos y los cirujanos, deben tener interés por conocer bien, cada cual según su capacidad, el modo correcto de bautizar en caso de urgencia.
Corresponde a los presbíteros, diáconos y catequistas el instruirles.
28. El que preside la celebración del Bautismo no actúa solo como ministro del sacramento, sino también en función o en nombre del presidente de la comunidad a la que se agrega un nuevo miembro. Se tendrá esto en cuenta especialmente cuando por razones de tipo familiar o social ha de presidir un presbítero o diácono, distinto de los presbíteros o diáconos de la comunidad.
29. No ha de olvidar el presidente que él no es el único ministro en la celebración. El lector, el cantor y el pueblo también tienen su función propia, que no debe absorber el que preside.
30. Aunque de suyo la elección de algunos elementos de la celebración sea tarea del presidente, éste procurará hacerlo de común acuerdo con los miembros más interesados de la asamblea.
Coordinación a nivel diocesano y local
31. Por razón de su ministerio, corresponde al obispo y a los sacerdotes en general, promover, estimular, orientar y coordinar la actividad de todos aquellos que, de una manera directa o indirecta, intervienen en la pastoral del Bautismo.
Es de sumo interés que en cada diócesis, oídos el Consejo del Presbiterio y el Consejo Pastoral, se elabore, dentro de una pastoral orgánica, un programa detallado de acción conjunta, con metas y criterios comunes de actuación, para concretar y prolongar las orientaciones pastorales que aquí se dan, adaptándolas a la situación particular de cada diócesis. Una pastoral renovada del Bautismo exige, además, la creación de nuevas estructuras, instituciones y cursos de formación a nivel diocesano o interparroquial.
Especialmente interesa que los obispos, a nivel diocesano o de Conferencia regional, estudien el modo de concretar los puntos siguientes:
a) la conveniencia de una dilación mayor del Bautismo, bien para preparar a los padres, bien para destacar las tradicionales fiestas bautismales del calendario litúrgico;
b) dar normas acerca del modo de preparar a las familias a la celebración del Bautismo;
c) la supresión total de bautismo en las clínicas;
d) estudiar la oportunidad de la supresión del rito del “effeta”;
e) sugerir un repertorio de cantos bautismales.
32. Al promover la pastoral del Bautismo en los territorios a ellos encomendados, los párrocos procurarán coordinar sus esfuerzos con los de otros organismos diocesanos que de alguna manera se relacionan con dicha pastoral. Al mismo tiempo, conscientes de no ser ellos los únicos responsables de esta acción pastoral en sus parroquias, buscarán la colaboración de todas aquellas instituciones que tienen algo que ver con esa acción, como son las casas de religiosos, las clínicas, los centros de enseñanza, los movimientos de espiritualidad y apostolado familiar, etc.
IV. REQUISITOS PARA CELEBRAR EL BAUTISMO
33. El agua del Bautismo debe ser agua natural y limpia, para manifestar la verdad del signo y hasta por razones de higiene.
34. La fuente bautismal o el recipiente en que se prepara el agua cuando, en algunos casos, se celebra el sacramento en el presbiterio, deben distinguirse por su limpieza y estética.
35. Según las necesidades locales, provéase a la posibilidad de calentar el agua.
36. A no ser en caso de necesidad, el sacerdote y el diácono no deben bautizar, sino con agua bendecida a este fin. El agua consagrada en la Vigilia pascual consérvese, en lo posible, durante todo el tiempo pascual, y empléese para afirmar con más claridad la conexión de este sacramento con el misterio pascual.
Pero, fuera del tiempo pascual, se bendice el agua en cada una de las celebraciones; de este modo, las mismas palabras de la bendición del agua declaran abiertamente el misterio redentor que conmemora y proclama la Iglesia.
Si el bautisterio está construido de manera que se utilice una fuente de agua viva, se bendecirá la corriente de agua.
37. Tanto el rito de la inmersión -que es más apto para significar la muerte y resurrección de Cristo- como el rito de la infusión pueden utilizarse con todo derecho.
38. Las palabras en las cuales se confiere el Bautismo en la Iglesia latina son: “Yo te bautizo en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo”.
39. Dispóngase un lugar adecuado para la celebración de la Liturgia de la Palabra, bien en el bautisterio, bien en otro lugar del templo.
40. El bautisterio -es decir, el lugar donde brota el agua de la fuente bautismal o, simplemente, está colocada permanentemente la pila- debe estar reservado al sacramento del Bautismo, y ser verdaderamente digno de manera que aparezca con claridad que allí los cristianos renacen del agua y del Espíritu Santo. Bien sea que esté situado en alguna capilla dentro o fuera del templo, bien esté colocado en cualquier parte de la Iglesia a la vista de los fieles, debe estar ordenado de tal manera que permita la cómoda participación de una asamblea numerosa. Una vez concluido el tiempo de Pascua, conviene que el cirio pascual se conserve dignamente en el bautisterio; durante la celebración del Bautismo debe estar encendido, para que con facilidad se puedan encender en él los cirios de los bautizados.
41. Aquellos ritos que, en la celebración del Bautismo, se hacen fuera del bautisterio deben realizarse en los distintos lugares del templo que respondan más adecuadamente tanto al número de los asistentes como a las distintas partes de la liturgia bautismal. En cuanto a aquellos ritos que suelen hacerse en el bautisterio, se pueden elegir también otros lugares más aptos, si la capilla del bautisterio no es capaz para todos los asistentes.
42. Todos los niños nacidos recientemente serán bautizados, a ser posible en común en el mismo día. Y, si no es por justa causa, nunca se celebre dos veces el sacramento en el mismo día y en la misma iglesia.
43. Los párrocos deben anotar, cuidadosamente y sin demora, en el libro de bautismos los nombres de los bautizados, haciendo mención también del ministro, de los padres y padrinos, del lugar y del día del Bautismo.
V. TIEMPO Y LUGAR DEL BAUTISMO DE LOS NIÑOS
Tiempo
44. Por lo que se refiere al tiempo de conferir el Bautismo, es necesario tener en cuenta, en primer lugar, la salvación del niño, a fin de que no sea privado del beneficio del sacramento; después, el estado de salud de la madre, para que, en lo posible, pueda estar presente también ella; finalmente, la necesidad pastoral, o sea, el tiempo suficiente de preparar a los padres y de organizar la ceremonia de tal manera que la índole del rito se manifieste adecuadamente.
En consecuencia:
a) Si un niño se encuentra en peligro de muerte, se le bautizará sin demora, del modo establecido más adelante (nn. 161-168).
b) En los demás casos, los padres comunicarán lo antes posible al párroco su intención de bautizar al niño -inclusive, antes de su nacimiento- para que la celebración del sacramento pueda prepararse adecuadamente.
c) El Bautismo debe celebrarse dentro de las primeras semanas siguientes al nacimiento del niño. No obstante, el Ordinario del lugar o la Conferencia regional puede, por razones serias de orden pastoral, establecer un intervalo de tiempo más largo.
d) Es incumbencia del párroco, teniendo en cuenta las normas vigentes en cada región, establecer el tiempo en que han de ser bautizados aquellos niños cuyos padres todavía no estén suficientemente preparados a profesar la fe ni aceptar la responsabilidad de educar a sus niños en la fe cristiana.
45. Allí donde haya muchos bautizos, para no multiplicar excesivamente las celebraciones, y para que la comunidad parroquial pueda estar presente, conviene fijar un calendario de “días bautismales”.
46. Para manifestar la índole pascual del Bautismo se encarece la celebración del sacramento en la Vigilia pascual o en domingo, día en que la Iglesia conmemora la Resurrección del Señor. El domingo puede celebrarse el Bautismo dentro de la Misa, para que sea posible la asistencia de toda la comunidad y se manifieste más claramente la relación del Bautismo con la Eucaristía. Esto, sin embargo, no se haga con demasiada frecuencia. Más adelante se proponen normas para celebrar el Bautismo en la Vigilia pascual (n. 78) o dentro de la Misa dominical (nn. 79-81).
47. Por ser la Cuaresma un tiempo de preparación al Bautismo de los catecúmenos y de renovación de la conciencia bautismal de los fieles, parece oportuno que durante la misma no se celebre dicho sacramento, precisamente para que la Vigilia pascual y el día de la Resurrección aparezcan como el “día bautismal” por excelencia.
48. El carácter “pastoral” de la visita del obispo diocesano a sus comunidades locales adquiere su pleno significado, destacando esta fecha también como “día bautismal”, en el que el pastor de la diócesis, concelebrando con sus presbíteros, agrega nuevos hijos a la Iglesia (n. 22).
Lugar
49. Para que el Bautismo aparezca como el sacramento de la fe de la Iglesia y de la agregación al pueblo de Dios normalmente debe celebrarse en el templo parroquial, que debe tener su fuente bautismal.
50. Es competencia del obispo, después de haber escuchado el parecer del párroco del lugar, permitir o mandar que haya una fuente bautismal también en otra iglesia u oratorio público dentro del territorio de la misma parroquia. Aun en este lugar pertenece también, normalmente, al párroco celebrar el Bautismo.
51. En las casas particulares no se celebre el Bautismo, fuera del caso de peligro de muerte.
52. A no ser que el obispo haya determinado otra cosa (cfr. nn. 31 y 50), en las clínicas no se celebre el Bautismo salvo en caso de necesidad. Pero cúidese siempre comunicarlo al párroco y preparar a los padres previamente
53. Mientras se celebra la Liturgia de la Palabra, si los niños dificultan el recogimiento necesario para la escucha de la Palabra de Dios y si existe un lugar, es conveniente que los niños sean llevados a dicho lugar aparte. No obstante, hay que procurar que las madres y madrinas asistan a la Liturgia de la Palabra; por tanto, encomiéndense los niños a otras mujeres.
VI. PREPARACIÓN DEL BAUTISMO DE LOS NIÑOS
A) Preparación remota
Finalidad de esta preparación
54. Para que el pueblo de Dios sea consciente de su misión, tanto en la celebración del Bautismo como en su preparación y cuidado posterior, es necesario desarrollar una adecuada y constante catequesis sobre el Bautismo y sus exigencias, según se explica en los nn. 3 al 6.
Momentos de esta catequesis
55. Como momentos especialmente aptos para esta catequesis, señalados por el mismo ritmo de la vida cristiana, cabe destacar los siguientes:
a) La Cuaresma, que “prepara a los fieles para que celebren el misterio pascual sobre todo mediante el recuerdo o la preparación del Bautismo” (25).
b) Los días -especialmente domingos- cuya Liturgia de la Palabra haga referencia al Bautismo.
c) Siempre que se celebre otro sacramento de la iniciación cristiana.
d) En ocasiones extraordinarias tales como misiones populares, ejercicios espirituales, cursillos, etc., donde se renueva la conciencia bautismal del cristiano.
e) El mejor complemento de la catequesis será siempre una buena celebración del Bautismo, preparada y participada por todos.
(25) Conc. Vat. II, Constitución sobre la sagrada liturgia, Sacrosanctum Concilium, n. 109.
Formación prematrimonial
56. En la preparación al matrimonio o en los cursillos prematrimoniales no puede faltar el tema del Bautismo, porque, al aceptar el sacramento del amor de Cristo a su Iglesia, los contrayentes asumen la misión maternal de la Iglesia.
B) Preparación próxima de padres y padrinos
Diálogo prebautismal
57. Para preparar adecuadamente a los padres y padrinos para el cumplimiento de su misión es necesario que a la celebración del Bautismo preceda el diálogo con un sacerdote o con otras personas responsabilizadas en la pastoral bautismal.
Este diálogo pretende:
a) hacerles reflexionar sobre las motivaciones de la petición del Bautismo, ayudándoles a que esta petición sea un verdadero ejercicio de fe;
b) preparar el rito, explicando las intervenciones de los padres y padrinos y su significado, para que se asegure la veracidad de sus respuestas;
c) en muchos casos, realizar una elemental catequesis del sacramento;
d) en otros, incluso una catequesis general que busca una educación de la fe y no sólo una mera instrucción sobre la fe;
e) alguna vez, con padres descristianizados, evangelizar en sentido pleno o sensibilizar para una posterior evangelización.
Cursillos para futuros padres
58. Allí donde el número de nacimientos sea abundante será conveniente organizar cursillos o conferencias, a nivel parroquial o de zona, para padres que esperan un hijo.
Petición del Bautismo
59. Como conclusión del diálogo prebautismal, los padres solicitarán el Bautismo para su hijo o se comprometerán a cumplir las exigencias del mismo. Esto, si se hace por escrito, es un documento que acredita el derecho del niño a ser educado en cristiano.
Garantías
60. En el caso de padres descristianizados (nn. 15-d y 44-d), si se retrasa la fecha del Bautismo será para conceder un tiempo prudencial a su preparación, evitando que esa dilatación aparezca como castigo o como cerrar las puertas de la Iglesia a los que de manera ruda o torpemente piden su entrada. Así mismo se ha de evitar el bautizar sin una garantía suficiente de educación cristiana del niño.
VII. LA CELEBRACIÓN DEL BAUTISMO DE NIÑOS
A) Aspecto comunitario de la celebración
61. La naturaleza de este sacramento y la misma estructura del rito exigen una celebración comunitaria, que no se define solamente por el mayor o menor número de los bautizados, sino, sobre todo, por la participación activa de la comunidad local. Una celebración sin comunidad deberá constituir siempre una excepción.
62. La comunidad parroquial, por tanto, debe estar interesada en los Bautismos que se celebren en la parroquia, significando con su presencia la Iglesia madre. Los padres y padrinos, con los familiares y amigos, deben tomar conciencia de que son parte integrante de esta comunidad. Con más razón habrá de estar presente y participar la comunidad presbiteral.
63. El lugar de la celebración del Bautismo es aquel donde los padres viven normalmente su vida cristiana, esto es, la comunidad parroquial. Con esto no se trata tanto de afirmar un derecho cuanto destacar la índole del Bautismo como agregación a una comunidad viva. Por esto, fuera del caso de estricta necesidad, no se celebre ni en las clínicas ni en las casas particulares dr. nn. 51 y 52).
64. El canto enriquece en gran manera la celebración del Bautismo: aviva la unanimidad de los asistentes, fomenta la oración comunitaria y, finalmente, expresa la alegría pascual que debe manifestar este rito. Por consiguiente, se recomienda vivamente su uso. Además de los cantos indicados en el rito, se podrán emplear otros cantos populares apropiados.
65. Según las exigencias del rito bautismal, adáptense los lugares de la celebración, teniendo en cuenta la dignidad del sacramento, la dinámica del rito y el respeto a los valores artísticos del templo.
66. El rito del Bautismo consta de cuatro partes, íntimamente ordenadas entre sí, formando una unidad de celebración con un ritmo progresivo que culmina en el sacramento propiamente dicho y que es necesario respetar, para que la misma dinámica de la celebración ayude a los fieles a una fructuosa y activa participación.
Rito de acogida
67. Comienza el rito por la recepción de los niños. En él se expresa la voluntad de los padres y padrinos, y la intención de la Iglesia de celebrar el Bautismo: esto se manifiesta por medio de la signación en la frente de los niños, hecha por los padres y por el celebrante.
68. La finalidad del rito de acogida es lograr que los fieles reunidos constituyan una comunidad y se dispongan a oír como conviene la Palabra de Dios y a celebrar dignamente el sacramento.
El tono cordial, afectuoso y humano con que el celebrante va acogiendo a los fieles, lo mismo que la ejecución de un canto apropiado, contribuirá a crear un ambiente de celebración comunitaria y favorecerá la integración de los fieles a la misma.
Tanto la petición del Bautismo por los padres como la aceptación de las responsabilidades que lleva anejas deben aparecer como una verdadera profesión de fe ante la comunidad reunida.
Liturgia de la Palabra
69. La celebración de la Palabra de Dios se ordena a que, antes de realizar el sacramento, se avive la fe de los padres y padrinos y de todos los presentes, y se ruegue en la oración común por el fruto del sacramento. Esta celebración consta de la lectura de uno o varios textos de la Sagrada Escritura; de la homilía, juntamente con un tiempo de silencio; de la oración de los fieles, que concluye con una oración en forma de exorcismo, y a su vez introduce la unción con el óleo de los catecúmenos o la imposición de manos.
70. Para que la Liturgia de la Palabra sirva realmente para avivar la fe de los padres, padrinos y demás asistentes antes de realizar el sacramento, es necesario:
a) que sea cuidadosamente preparada y realizada en todas sus partes -lecturas, homilía, silencio, oración de los fieles-, atendiendo al nivel de cultura y de fe de los asistentes;
b) que se elija el lugar más apto que reúna las condiciones necesarias de acústica y recogimiento; este será ordinariamente el que se utiliza para la Liturgia de la Palabra en la Misa.
71. De la conveniente elección de las lecturas depende en gran parte el fruto de esta celebración de la Palabra. La brevedad o el gusto personal del celebrante no ha de ser el criterio decisivo, sino el interés pastoral de la comunidad.
72. La homilía, como parte integrante del rito, dentro de su brevedad, tiende a explicar las lecturas y a llevar a los presentes a un conocimiento más profundo del Bautismo y a la aceptación de las responsabilidades que nacen del mismo, sobre todo para los padres y padrinos (26).
(26) Cf. Ritual del Bautismo, n. 116.
Celebración del sacramento
73. La celebración del Bautismo comprende:
a) Una preparación próxima, que consiste:
- en una oración solemne del celebrante, que, recordando la historia de la salvación e invocando a Dios, bendice el agua del Bautismo o recuerda su bendición;
- en la renuncia de los padres y padrinos a Satanás, y en la profesión de fe, a la cual se añade el asentimiento del celebrante y de la comunidad; y en la última interrogación a los padres y padrinos.
b) El rito de la ablución con el agua, que puede hacerse por inmersión o por infusión, invocando a la Santísima Trinidad.
c) Finalmente, los ritos complementarios: como la crismación, por la que se significan el sacerdocio real del bautizado y su agregación al pueblo de Dios, la vestidura blanca, el cirio encendido y el “effeta” propuesto ad libitum.
74. Se ha de procurar que la celebración del sacramento aparezca como la parte culminante del rito, a la cual están ordenadas todas las demás. Mantener la participación activa de todos debe ser el criterio principal a la hora de determinar el lugar de la celebración.
75. Hay que hacer caer en la cuenta que las renuncias y la profesión de fe de padres y padrinos, y el asentimiento de la comunidad, son una actualización de su propio Bautismo y expresan la fe de la Iglesia, en la cual es bautizado el niño. La utilización de otros formularios más explícitos, que figuran en el apéndice, puede contribuir a evitar que la renuncia sea un acto rutinario.
76. Se recomienda, por razón de su significado, que el “vestido blanco” sea un auténtico vestido, y que sea traído por la propia familia del bautizando. Tanto el vestido como el cirio, pueden servir más adelante, sobre todo en ocasiones especiales, para recordar el Bautismo recibido.
Ritos conclusivos
77. Después de una monición del celebrante, para prefigurar la futura participación en la Eucaristía, se dice ante el altar la oración dominical, en la cual los hijos de Dios se dirigen al Padre que está en los cielos. Finalmente, para que la gracia de Dios descienda sobre todos, se bendice a las madres, a los padres y a todos los asistentes.
C) Celebración en la Vigilia pascual
78. Cuando el Bautismo de los niños se celebra dentro de la Vigilia pascual, ordénese el rito de la siguiente manera:
a) Antes de la Vigilia pascual, en tiempo y lugar convenientes se celebra el rito de la recepción de los niños; al final, omitiendo, si se cree oportuno, la Liturgia de la Palabra, se hace la oración del exorcismo y la unción con el óleo de los catecúmenos.
b) La celebración del sacramento propiamente dicho tiene lugar después de la bendición del agua, tal como se indica en el rito mismo de la Vigilia pascual.
c) Se omite el asentimiento del celebrante y de la comunidad (n. 127), la entrega del cirio encendido (n. 131) y el rito del “effeta” (n. 132).
d) Se omiten los ritos conclusivos (nn. 133-135).
D) Celebración dentro de la Misa
79. Cuando el Bautismo se confiere dentro de la Misa dominical, se dice la Misa del domingo y la celebración se ordena como sigue:
a) El rito de la recepción de los niños (nn. 109-114) se hace al principio de la Misa; se omiten, por tanto, el saludo y el acto penitencial.
b) En la Liturgia de la Palabra:
- las lecturas se toman de la Misa del domingo; sin embargo, cuando hay razones especiales para ello, se pueden tomar de entre las que se proponen en el Ritual del Bautismo;
- la homilía debe basarse en el texto sagrado, pero teniendo en cuenta el Bautismo que se va a celebrar;
- no se recita el Credo, que se sustituye por la profesión de fe que hará toda la comunidad más adelante, antes del Bautismo;
- la oración universal se toma de entre las que figuran en el Ritual del Bautismo (nn. 117-118). Pero al final, antes de las invocaciones de los Santos, se añaden unas peticiones por la Iglesia universal y por las necesidades del mundo.
c) Prosigue la celebración del Bautismo con la oración del exorcismo, la unción y demás ritos que se indican en el Ritual (nn. 119-132).
d) Una vez terminada la celebración del Bautismo, continúa la Misa, como de costumbre, con el ofertorio.
e) Al final de la Misa, para la bendición, el sacerdote puede emplear una de las fórmulas previstas en el rito del Bautismo (n. 135).
80. Cuando el Bautismo se celebra dentro de la Misa en un día entre semana, se sigue, en general, el mismo orden que los domingos. Sin embargo, las lecturas para la Liturgia de la Palabra pueden tomarse de entre las propuestas para el rito del Bautismo.
81. La celebración del Bautismo dentro de la Misa no es una manera de dar más solemnidad externa al acto, sino un modo mejor de significar, en medio de la comunidad reunida, el carácter eclesial del Bautismo y su relación con la Eucaristía.
E) Ritual breve del Bautismo
82. El ritual breve para bautizar a un niño en peligro de muerte, ausente el ministro ordinario, presenta dos formas:
a) “In articulo mortis”, o sea, cuando la muerte es inminente y el tiempo urge, el ministro, omitido todo lo demás; vierte sobre la cabeza del niño agua, aunque no esté bendecida, siempre que sea natural, pronunciando la fórmula habitual.
b) Pero si prudentemente se juzga que hay tiempo suficiente, congréguense algunos fieles y, si hay entre ellos alguno que pueda dirigir una breve oración, utilícese el siguiente rito: se tiene una monición del ministro y una breve oración universal, la profesión de fe de los padres o solamente del padrino, y la infusión del agua con las palabras acostumbradas. Cuando los presentes sean poco instruidos, el ministro, después de haber recitado en alta voz el símbolo de la fe, bautice según el rito indicado para el caso de peligro de muerte inminente.
83. También el sacerdote y el diácono pueden utilizar, en caso de peligro de muerte, este rito breve. El párroco u otro sacerdote que tenga potestad equivalente, si tiene a mano el Santo Crisma y queda tiempo suficiente, no deje de administrar la Confirmación después del Bautismo, omitiendo en este caso la crismación posbautismal.
84. En los casos de urgencia, no se atienda únicamente a asegurar la validez del sacramento, sino que se deben salvar todos los valores pastorales que sea posible, como se indica en los formularios previstos para estos casos.
F) Acomodaciones que competen al ministro
85. Haga uso el ministro, gustosa y oportunamente, de las opciones que le ofrece el rito, según las circunstancias, necesidades particulares y deseos de los fieles.
86. Según esto, el ministro puede introducir en el rito algunas acomodaciones exigidas por las circunstancias. Por ejemplo:
a) Si la madre del niño ha fallecido de parto, esta circunstancia deberá tenerse en cuenta en la monición inicial (nn. 109 y 136), en la oración universal (nn. 117-18 y 143-144) y en la bendición final (nn. 135 y 160).
b) En el diálogo con los padres (nn. 1l0-111) hay que fijarse en las respuestas que dan; si en vez de responder: “El Bautismo”, contestan “la gracia de Cristo”, o “la entrada en la Iglesia”, o “la vida eterna”, el ministro no debe empezar la frase siguiente por: “El Bautismo que pedís para vuestros hijos. . .”, sino ajustándose a la respuesta de los padres: “La gracia de Cristo”, etc.
c) El rito para presentar a la Iglesia un niño ya bautizado (nn. 169-183) no prevé más que el caso de un niño bautizado en peligro de muerte, pero se puede adaptar también a otras circunstancias; por ejemplo, cuando unos niños han sido bautizados en tiempos de persecución religiosa o durante un desacuerdo pasajero entre los padres, etc.
VIII. LA EDUCACIÓN DE LA FE DE LOS BAUTIZADOS
A) Principios generales
87. Aunque el don del Bautismo es pleno por parte de Dios, sin embargo, por parte del hombre requiere respuesta y conversión; esto es: fe personal, cuando el hombre sea capaz de ello. Lo que en los adultos es requisito previo al Bautismo, en los niños es exigencia posterior, de tal manera que si esta exigencia no se cumple, el Bautismo queda, de alguna manera, infructuoso. Lo que al niño le salvó en promesa no le será suficiente de adulto si no se cumple esa promesa viviendo la fe de la Iglesia, en la que ha sido bautizado.
88. Porque “quienes fueron incorporados a la Iglesia por el Bautismo recibido en la infancia están llamados a desarrollar la fe que se les infundió, de modo que lleguen a ser conscientes de lo que significa haber sido elegidos para asociarse a Cristo por el sacramento del agua y del Espíritu” (27).
(27) Comisión Episcopal de Enseñanza, La Iglesia y la educación en España hoy, n. 10.
89. Desde la más corta edad se debe iniciar la educación cristiana, la cual “no persigue solamente la madurez de la persona humana, sino que busca, sobre todo, que los bautizados se hagan conscientes cada día del don de fe recibido, mientras son iniciados gradualmente en el conocimiento del misterio de la salvación; aprendan a adorar a Dios Padre en espíritu y verdad, ante todo en la acción litúrgica, adaptándose a vivir según el hombre nuevo, en justicia y santidad verdaderas, y así lleguen al hombre perfecto, a la edad de la plenitud de Cristo y contribuyan al crecimiento del Cuerpo Místico” (28).
(28) Conc. Vat. II, Declaración sobre la educación cristiana de la juventud, Gravissimum educationis momentum, n 2
(29) S. Pío X, Enc. Acerbo nimis, n. 13.
91. La fe es don de Dios y como tal ha sido recibida en el Bautismo; pero para que ese don no quede estéril requiere respuesta del hombre, y es obra de la catequesis posterior disponer el corazón para acoger el don del Espíritu y seguir sus llamadas.
92. La fe también es conocimiento, y por eso la catequesis posterior al Bautismo ayudará a penetrar cada vez más en el Misterio divino, a la par que el niño crece, se desarrolla y “va adquiriendo el conocimiento del mundo, de la vida y del hombre” (30).
(30) Conc. Vat. II, Declaración sobre la educación cristiana de la juventud, Gravissimum educationis momentum, n. 8.
93. La fe, sobre todo, es conversión, que empieza cuando se descubre y se acepta a Cristo como salvación de Dios, y termina con el encuentro último y definitivo del Señor. Será obra de una constante y cuidadosa atención al niño ayudarle a enfrentarse con Dios que le llama, le invita y le responsabiliza. La fe compromete a todo el hombre; su desarrollo le hace más hombre y no se podrá lograr una educación integral del mismo omitiendo o relegando a segundo plano la educación de la fe. Pero nunca hay que confundir educar la fe del niño como sinónimo de una mera instrucción de un “credo” o de una cultura religiosa; es ayudarle a dar una respuesta de adhesión libre y consciente a la Palabra de Dios.
B) Los responsables de la educación de la fe
94. “Sobre todos los discípulos de Cristo pesa la obligación de propagar la fe según su propia condición de vida” (31). Pero aunque todos solidariamente son responsables del crecimiento de la Iglesia, no lo son por igual ante todos los hombres.
En lo que respecta a los bautizados de niños, lo serán de una manera directa los responsables de las tres instituciones en las que el niño ha de ser educado: la Familia, la Parroquia y la Escuela. En la Familia se incluyen los padres y padrinos; en la Parroquia, los sacerdotes y los catequistas, y en la Escuela, los maestros.
(31) Conc. Vat. II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, n. 17.
La familia
95. La Familia es llamada “Iglesia doméstica, y en ella los padres han de ser para con sus hijos los primeros predicadores de la fe, tanto con su palabra como con su ejemplo” (32). Es en la familia en donde “los cónyuges tienen su propia vocación para que ellos, entre sí y sus hijos, sean testigos de la fe y del amor de Cristo” (33).
(32) Ibid., n. 11.
(33) Ibid., n. 35.
96. A esto se comprometen los padres al pedir el Bautismo para sus hijos: a “educarlos en la fe, para que guardando los mandamientos amen al Señor y al prójimo como Cristo nos enseña en el Evangelio” (n. 112). Y esto es lo que prometen al renovar las promesas de su propio Bautismo: esforzarse “en educarlos en la fe de tal manera que esta vida divina quede preservada del pecado y crezca en ellos de día en día” (n. 124). Y cuando se les entrega el cirio pascual con la luz de Cristo, el celebrante les recuerda: “A vosotros, padres y padrinos, se os confía acrecentar esta luz. Que vuestros hijos, iluminados por Cristo, caminen siempre como hijos de la luz. Y perseverando en la fe, puedan salir con todos los Santos al encuentro del Señor” (n. 131). Y, por último, en la bendición de despedida, reciben gracia especial para ser “los primeros que, de palabra y de obra, den testimonio de la fe ante sus hijos, en Jesucristo nuestro Señor” (n. 135).
97. “La educación de la fe en el ambiente familiar se realiza, ante todo, por el testimonio de vida cristiana de los padres. Para la educación de la fe de los niños nada tiene tanto valor como una vida familiar honrada, sincera, que ama la justicia, que respeta la opinión ajena y fomenta el diálogo amistoso, que es iluminada por los criterios evangélicos de pobreza, de amor fraterno, de perdón cristiano, y que alimenta una fe que se expresa tanto en los momentos difíciles de la vida como en los días de júbilo, que tiene su ritmo de oración comunitaria, familiar y litúrgica, y que, en todo momento, mira hacia Jesucristo como luz, camino, verdad y vida.
La experiencia del amor incondicional con que los niños deben ser amados por sus padres, y del amor profundo con que éstos se aman entre si, es para los niños un signo vivo del amor de Dios Padre.
Los padres están, además, llamados, según su capacidad, a dar una instrucción religiosa, generalmente de carácter ocasional o no sistemático. Partiendo de la realidad de los acontecimientos de la vida familiar, de las fiestas del año litúrgico, de la actividad que los niños realizan en el ambiente escolar, en la parroquia, en las agrupaciones, etc., los padres van descubriendo a los hijos la presencia del misterio de Cristo Salvador en el mundo” (34).
(34) Comisión Episcopal de Enseñanza, La Iglesia y la educación en España hoy, n. 23.
98. De una manera especial han de estar presentes los padres en las etapas sacramentales que, como hitos, van desarrollando la iniciación a la vida cristiana que empezó en el Bautismo, como son la Confirmación y la Primera Comunión, asi como las del desarrollo humano del niño: entrada en la escolaridad, edad de razón, despertar de la vida, adolescencia, entrada en el mundo de los estudios, etc.
Todo esto reclama una acción pastoral que ilumine la fe de los padres y que les oriente en el cumplimiento de su misión educadora.
La escuela
99. Tanto el documento conciliar sobre la educación cristiana de la juventud (“Gravissimum educationis momentum”) como el de la Comisión Episcopal de Enseñanza, antes citado, dan valiosas normas sobre los objetivos, los métodos y los agentes de la educación en la Escuela Católica, que no se repiten, pero han de tenerse en cuenta en este momento.
La parroquia
100. Porque el bautizado va madurando en la vida de fe en la medida en que se va incorporando, de una manera consciente, a la vida concreta del pueblo de Dios, es necesario ayudar a los niños a incorporarse, paso a paso, a formas de vida comunitaria, y entre éstas ocupa un lugar preeminente la parroquia.
101. Si la finalidad de la escuela es la sistematización vital de todo el contenido religioso, y la de la familia preferentemente una catequesis ambiental, el acento catequizador de la parroquia hay que ponerlo más en la vida concreta cristiana, que se alimenta en los sacramentos, participa en la Liturgia y se manifiesta en una comunidad dinámica de caridad y apostolado.
102. Le corresponde también a la parroquia una misión de suplencia en el caso de que las otras instituciones educativas no realicen su misión, y siempre habrá de ser elemento coordinador de las mismas.
103. La parroquia ha de estar en contacto estrecho y en actitud de servicio con los padres y con los maestros en todo momento, pero de una manera especial cuando se ha de realizar la catequesis de la iniciación a la vida, la Primera Comunión, la Confirmación, la salida de escolaridad, la entrada en el mundo de los adultos, etc.
IX. ACTUALIZACIÓN DEL BAUTISMO A LO LARGO DE LA VIDA DEL CRISTIANO
104. Si el Bautismo constituye el fundamento de la vida cristiana, justo es que sea evocado frecuentemente y que sea actualizado, sobre todo en momentos y circunstancias en las que la vida cristiana crece o se afianza o se cualifica con una vocación particular dentro del pueblo de Dios.
105. Cuando se celebran los otros dos sacramentos que, con el Bautismo, constituyen la iniciación sacramental a la vida cristiana -es decir, la Confirmación y la Primera Comunión-, para que aparezca más claramente su íntima relación conviene que preceda la renovación de las promesas del Bautismo (35). El momento mas oportuno es después de la homilía, igual que se hace en la Vigilia pascual.
(35) Cf. Conc. Vat. II, Constitución sobre la sagrada liturgia, Sacrosanctum Concilium, n. 71.
106. De una manera especial se ha de renovar el Bautismo en la celebración anual de la Pascua, precedida por la Cuaresma, como tiempo en el que la Iglesia prepara el Bautismo de los catecúmenos y recuerda el de todos los fieles.
107. Y siempre que en la Iglesia el cristiano tome una nueva responsabilidad, de algún modo cualifica su Bautismo o lo actualiza, como ocurre en el caso de los padres ante el Bautismo de sus hijos, y lo mismo en el matrimonio, la profesión religiosa o el orden sacerdotal.
108. Por último, hay un nuevo modo de actualizar el Bautismo, que es por medio de conmemoraciones o celebraciones de la Palabra en circunstancias especiales: aniversario del Bautismo, ejercicios espirituales, jornadas de estudio, etc.
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