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domingo, 8 de diciembre de 2019

Pontifical Romano. Capítulo III, Ordenación de Diáconos, nn. 173-192.

Pontifical Romano (2ª ed típica, España 1997)

CAPITULO III. ORDENACIÓN DE DIÁCONOS

INTRODUCCIÓN GENERAL

I. IMPORTANCIA DE LA ORDENACIÓN

173. Los diáconos se ordenan mediante la imposición de las manos heredada de los Apóstoles, para desempeñar eficazmente su ministerio por la gracia sacramental Por eso, ya desde la primitiva época de los Apóstoles, la Iglesia católica ha tenido en gran honor el sagrado Orden del diaconado [1].

174. Es oficio propio del diácono, según le fuere asignado por la autoridad competente, administrar solemnemente el Bautismo, reservar y distribuir la Eucaristía, asistir al Matrimonio y bendecirlo en nombre de la Iglesia, llevar el Viático a los moribundos, leer la Sagrada Escritura a los fieles, instruir y exhortar al pueblo, presidir el culto y la oración de los fieles, administrar los sacramentales, presidir
el rito de los funerales y de la sepultura. Dedicados a los oficios de la caridad y de la administración, recuerden los diáconos el aviso del bienaventurado Policarpo: «Compasivos, diligentes, actuando según la verdad del Señor, que se hizo servidor de todos» [2].

175. Los que van a ser ordenados diáconos deben ser admitidos por el Obispo como candidatos, exceptuando los que están adscritos por los votos a un instituto clerical [3].

176. Mediante la Ordenación de diácono se obtiene la incorporación al estado clerical y la incardinación a una diócesis o prelatura personal.

177. Por la libre aceptación del celibato ante la Iglesia, los candidatos al diaconado se consagran a Cristo de un modo nuevo. Están obligados a manifestarlo públicamente aun aquéllos que hayan emitido el voto de castidad perpetua en un instituto religioso.

178. En la celebración de las Órdenes se encomienda a los diáconos la función de la alabanza divina en la que la Iglesia pide a Cristo, y por él al Padre, la salvación de todo el mundo; y así han de celebrar la Liturgia de las Horas por todo el pueblo de Dios, más aún, por todos los hombres.

1. Cf. PABLO VI, Carta apostólica, Sacrum diaconatus Ordinem, 18 de junio 1967: AAS 59 (1967) 697-704.
2. CONCILIO VATICANO II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, n. 29.
3. Cf. PABLO VI, Carta apostólica, Ad pascendum, n. I; AAS 64 (1972) 538; CIC, can. 1034.

II. OFICIOS Y MINISTERIOS

179. Es propio de todos los fieles de la diócesis acompañar con sus oraciones a los candidatos al diaconado. Háganlo principalmente en la oración universal de la Misa y en las preces de Vísperas.

Como los diáconos «se ordenan al servicio del Obispo» [4], deben ser invitados a su Ordenación los clérigos y otros fieles, de manera que asistan a la celebración en el mayor número posible. Principalmente han de ser invitados todos los diáconos a la celebración de las Ordenes.

180. El Obispo es el ministro de la sagrada Ordenación. Uno de los colaboradores del Obispo, delegado para la formación de los candidatos, al celebrar la Ordenación pide en nombre de la Iglesia la colación del Orden y responde a la pregunta sobre la dignidad de los candidatos.

Los diáconos ayudan en la celebración de las Ordenes, vistiendo a los Ordenados los ornamentos diaconales. Si no hay diáconos, otros ministros pueden realizar este cometido. Los diáconos, o al menos algunos de ellos, saludan con el beso a los hermanos recién ordenados como señal de acogida en el diaconado.

4. HIPÓLITO, Traditio Apostolica, 8.

III. LA CELEBRACIÓN

181. Conviene que la Iglesia local, a cuyo servicio se ordena cada uno de los diáconos, se prepare a la celebración de las Ordenes.

Los candidatos mismos deben prepararse con la oración en retiro practicando ejercicios espirituales al menos durante cinco días.

182. Téngase la celebración en la iglesia catedral o en las iglesias de cuyas comunidades son oriundos uno o más de los candidatos, o en otra iglesia de gran importancia. Si se van a ordenar diáconos de alguna comunidad religiosa, puede hacerse la Ordenación en la iglesia de la comunidad en la que van a ejercer su ministerio.

183. Como el diaconado es uno solo, conviene que tampoco en la celebración de las Ordenes se haga distinción alguna por razón del estado de los candidatos. Sin embargo puede admitirse una celebración especial para los candidatos casados o para los no casados, si parece oportuno.

184. Celébrese la Ordenación con la asistencia del mayor número posible de fieles en domingo o dia festivo, a no ser que razones pastorales aconsejen otro día. Pero se excluyen el Triduo pascual, el Miércoles de Ceniza, toda la Semana Santa y la Conmemoración de todos los fieles difuntos.

185. La Ordenación tiene lugar dentro de la Misa estacional, una vez terminada la liturgia de la palabra y antes de la liturgia eucarística. Puede emplearse la Misa ritual «En la que se confieren las sagradas Ordenes» excepto en las Solemnidades, los Domingos de Adviento, Cuaresma, Pascua, y los días de la Octava de Pascua. En estos casos se dice la Misa del día con sus lecturas.

Pero en otros días, si no se dice la Misa ritual, se puede tomar una de las lecturas de las que se proponen en el Leccionario con este fin.

La oración universal se omite, porque las letanías ocupan su lugar.

186. Proclamado el Evangelio, la Iglesia local pide al Obispo que ordene a los candidatos. El presbítero encargado informa al Obispo que le pregunta, ante el pueblo, que no existan dudas acerca de los candidatos. Los candidatos, en presencia del Obispo y de todos los fieles, manifiestan la voluntad de cumplir su ministerio, según los deseos de Cristo y de la Iglesia bajo la autoridad del Obispo. En las letanías todos imploran la gracia de Dios en favor de los candidatos.

187. Por la imposición de las manos del Obispo y la Plegaria de la Ordenación, se confiere a los candidatos el don del Espíritu para su función diaconal. Estas son las palabras que pertenecen a la naturaleza del sacramento y que por tanto se exigen para la validez del acto:

«Emítte in eos, Dómine, quésumus,
Spiritum Sanctum,
quo in opus ministérii fidéliter exsequéndi múnere
septifórmis tuæ grátie roboréntur
».

(Envía sobre ellos, Señor, el Espíritu Santo,
para que fortalecidos
con tu gracia de los siete dones
desempeñen con fidelidad el ministerio.
)

188. Inmediatamente después de la Plegaria de la Ordenación se revisten los Ordenados con la estola diaconal y con la dalmática para que se manifieste visiblemente el ministerio que desde ahora van a ejercer en la liturgia.

Por la entrega del libro de los Evangelios se indica la función diaconal de proclamar el Evangelio en las celebraciones litúrgicas y también de predicar la fe de palabra y de obra.

El Obispo con su beso pone en cierto modo el sello a la acogida de los diáconos en su ministerio: los diáconos saludan con el beso a los Ordenados para el común ministerio en su Orden.

189. Los Ordenados ejercen por primera vez su ministerio en la liturgia eucarística asistiendo al Obispo, preparando el altar, distribuyendo la Comunión a los fieles y principalmente sirviendo el cáliz y proclamando las moniciones.

IV. LO QUE HAY QUE PREPARAR

190.
Además de lo necesario para la celebración de la Misa estacional, deben prepararse:
a) El libro de la Ordenación;
b) estolas y dalmáticas para cada uno de los ordenados.

191. La Ordenación hágase normalmente junto a la cátedra; pero si fuera necesario para la participación de los fieles, prepárese la sede para el Obispo delante del altar o en otro lugar más oportuno.

Las sedes para los ordenados deben prepararse de modo que los fieles puedan ver bien la acción litúrgica.

192. El Obispo y los presbíteros concelebrantes visten los ornamentos sagrados que se les exigen a cada uno para la celebración de la Misa.

Los ordenados llevan amito, alba y cíngulo.

Los ornamentos han de ser del color de la Misa que se celebra o, si no, de color blanco; también pueden emplearse otros ornamentos festivos o más nobles.

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