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sábado, 5 de noviembre de 2016

Rito para reconciliar a muchos penitentes con Confesión y Absolución general.

Ritual de la Penitencia (2 de diciembre de 1973)

Capítulo III. RITO PARA RECONCILIAR A MUCHOS PENITENTES CON CONFESIÓN Y ABSOLUCIÓN GENERAL

148. Para reconciliar a muchos penitentes con confesión y absolución general en los casos previstos por el derecho, se procede según lo indicado más arriba para la celebración de la reconciliación de muchos penitentes con confesión y absolución individual, excepto en lo que se indica seguidamente.

Monición

149. Después de la homilía, o en la misma homilía, adviértase a los fieles que quieran beneficiarse de la absolución general, que se dispongan debidamente, es decir, que cada cual se arrepienta de sus pecados, esté decidido a enmendarse de ellos, determine reparar los escándalos y daños que hubiese ocasionado, y, a la vez, proponga confesar individualmente a su debido tiempo los pecados graves que en las presentes circunstancias no ha podido confesar; además, propóngase una satisfacción que todos habrán de cumplir, a la que cada uno, si quisiera, podrá añadir alguna otra cosa.

Confesión general

150. Luego, el diácono, u otro ministro, o el mismo sacerdote, invita a los pe­nitentes que quieren recibir la absolución general, a que manifiesten este deseo con algún signo. Por ejemplo:

Quienes desean recibir la absolución general, pónganse de rodillas y reciten la fórmula de la confesión general.

O bien:

Quienes deseen recibir la absolución sacramental, inclí­nense y reciten la fórmula de la confesión
general.

O proponga otro signo, establecido por la Conferencia Episcopal.

Los penitentes recitan una fórmula de confesión general (por ejemplo, Yo confieso). Luego, puede rezarse una plegaria litánica o entonarse un cántico, del mismo modo que en la reconciliación de varios penitentes con confesión y absolución individual. Se acaba siempre con el Padre nuestro.

Absolución general

151. El sacerdote, con las manos extendidas sobre los penitentes, da la abso­lución, diciendo:

Dios Padre, que no se complace en la muerte del pecador,
sino en que se convierta y viva,
que nos amó primero
y mandó su Hijo al mundo
para que el mundo se salve por él,
os muestre su misericordia
y os conceda la paz.

R. Amén.

Nuestro Señor Jesucristo,
que fue entregado por nuestros pecados
y resucitado para nuestra justificación,
que infundió el Espíritu Santo en sus apóstoles
para que recibieran el poder de perdonar los pecados,
os libre, por mi ministerio, de todo mal
y os llene de su Espíritu Santo.

R. Amén.

El Espíritu Consolador,
que se nos dio para el perdón de los pecados,
purifique vuestros corazones
y los llene de su claridad,
para que proclaméis las hazañas del que os llamó
a salir de la tiniebla y a entrar en su luz maravillosa.

R. Amén.

Y YO OS ABSUELVO DE VUESTRO PECADOS
EN EL NOMBRE DEL PADRE, Y DEL HIJO,
+ Y DEL ESPÍRITU SANTO.

O bien:

Dios, Padre misericordioso,
que reconcilió consigo al mundo
por la muerte y la resurrección de su Hijo
y derramó el Espíritu Santo
para la remisión de los pecados,
os conceda, por el ministerio de la Iglesia,
el perdón y la paz.

Y YO OS ABSUELVO DE VUESTROS PECADOS
EN EL NOMBRE DEL PADRE, Y DEL HIJO,
+ Y DEL ESPÍRITU SANTO.

Acción de gracias y conclusión

153. El sacerdote invita a todos a dar gracias a Dios y proclamar su miseri­cordia. Tras un canto o him no adaptado a las circunstancias, y sin recitar nin­guna oración de conclusión, bendice y despide a la asamblea como se indica en el rito para la reconciliación de varios penitentes con confesión y absolución individual.


RITO BREVE

154. En caso de urgente necesidad, puede abreviarse este rito de reconcilia­ción de muchos penitentes con confesión y absolución general. En tal caso, y según se crea más oportuno, tras una lectura breve de la Sagrada Escritura, y después de la acostumbrada monición y la conveniente satisfacción, se invita a los penitentes a recitar la fórmula de la confesión general (por ejemplo, Yo confieso) y el sacerdote da la absolución general, con la invocación más arriba indicada.

155. Cuando exista peligro inminente de muerte, basta con que el sacerdote pronuncie la fórmula de la absolución que, en este caso, puede abreviarse así:

Y YO OS ABSUELVO DE VUESTRO PECADOS
EN EL NOMBRE DEL PADRE, Y DEL HIJO,
Y DEL ESPÍRITU SANTO.

R. Amén.

156. El fiel a quien se le han perdonado sus pecados graves por una absolu­ción general, queda obligado a manifestarlos la primera vez que se acerque a la confesión individual.

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