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domingo, 25 de junio de 2017

Pontifical Romano. Ordenación del Obispo, de los presbíteros y de los diáconos. Introducción general. Capítulo I, nn. 1-30; 65-66 (2ª ed. 29-junio-1989).

Pontifical Romano (2ª ed típica, España 1997)

Ordenación del Obispo, de los presbíteros y de los diáconos, 2ª ed. typica (29-junio 1989).

INTRODUCCIÓN GENERAL

I. LA ORDENACIÓN SAGRADA


1. Por la ordenación sagrada, algunos fieles cristianos son instituidos en el nombre de Cristo, y reciben el don del Espíritu Santo, para apacentar la Iglesia con la palabra y la gracia de Dios [1].

2. Porque “Cristo, a quien el Padre santificó y envió al mundo (Jn 10, 36), hizo a los Obispos partícipes de su propia consagración y misión por mediación de los Apóstoles, de los cuales son sucesores. Estos han confiado legítimamente la función de su ministerio en distintos grados a diversos sujetos en la Iglesia. Así, el ministerio eclesiástico, instituido por Dios, está ejercido en diversos órdenes que ya desde antiguo recibían los nombres de Obispos, Presbíteros y Diáconos” [2].

3. Los Obispos, “cualificados por la plenitud del sacramento del Orden” [3], “por el Espíritu Santo que han recibido en la Ordenación”, “han sido hechos los verdaderos y auténticos maestros de la fe, pontífices y pastores” [4], y como tales presiden la grey del Señor en la persona de Cristo cabeza.

4. “Los presbíteros, aunque no tengan la plenitud del sacerdocio y dependan de los Obispos en el ejercicio de sus poderes, sin embargo están unidos a éstos en el honor del sacerdocio y, en virtud del sacramento del Orden, quedan consagrados como verdaderos Sacerdotes de la Nueva Alianza a imagen de Cristo, sumo y eterno Sacerdote, para anunciar el Evangelio a los fieles, para dirigirlos y para celebrar el culto divino” [5].

5. A los diáconos, “se les imponen las manos para realizar un servicio y no para ejercer el sacerdocio. Fortalecidos, en efecto, con la gracia del sacramento, en comunión con el Obispo y sus presbíteros, están al servicio del pueblo de Dios en el ministerio de la liturgia, de la palabra y de la caridad” [6].

6. La Ordenación sagrada se confiere por la imposición de las manos del Obispo y la Plegaria con la que bendice a Dios e invoca el don del Espíritu Santo para el cumplimiento del ministerio [7]. Pues, por la tradición principalmente expresada en los ritos litúrgicos y en la práctica de la Iglesia tanto de Oriente como de Occidente, está claro que, por la imposición de las manos y la Plegaria de Ordenación, se confiere el don del Espíritu Santo y se imprime el carácter sagrado, de tal manera que los Obispos, los presbíteros y los diáconos, cada uno a su modo, quedan configurados con Cristo [8].

1. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 11.
2. Ibid., núm. 28.
3. Ibid., núm. 26.
4. Cf. Concilio Vaticano II, Decreto sobre el Ministerio Pastoral de los Obispos en la Iglesia, Christus Dominus, núm. 2.
5. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 28.
6. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 29.
7. Cf. Pío XII, Constitución Apostólica Sacramentum Ordinis: A.A.S. 40 (1948) 5-7; Pablo VI, Constitución Apostólica Pontificalis Romani recognitio; CIC, can. 1009 § 2.
8. Cf. PABLO VI, Constitución Apostólica Pontificalis Romani recognitio.



II. ESTRUCTURA DE LA CELEBRACIÓN

7. La imposición de las manos y la Plegaria de Ordenación son el elemento esencial de todas las Ordenaciones: en él la misma plegaria de bendición e invocación determina el significado de la imposición de las manos. En consecuencia, estos ritos, por ser el centro de la Ordenación, deben ser inculcados por medio de la catequesis y puestos de relieve a través de la celebración misma.

Mientras se imponen las manos, los fieles oran en silencio, pero participan en la Plegaria de Ordenación escuchándola, y, por medio de la aclamación final, confirmándola y concluyéndola.

8. Capital importancia, dentro de la celebración de las Órdenes, tienen los ritos preparatorios, a saber, la presentación del elegido o la elección de los candidatos, la homilía, la promesa de los elegidos, las letanías, y sobre todo los distintos ritos explicativos de las diversas Órdenes, que señalan las funciones, conferidas por la imposición de las manos y la invocación del Espíritu Santo.

9. La Ordenación se ha de celebrar dentro de la Misa en la que los fieles, sobre todo el domingo, participan activamente “junto a un único altar, que el Obispo preside rodeado por su presbiterio y sus ministros” [9].

De este modo se unen al mismo tiempo la principal manifestación de la Iglesia y la administración de las Órdenes sagradas junto con el Sacrificio eucarístico, fuente y cumbre de toda la vida cristiana [10].

10. El íntimo nexo de la misma Ordenación con la Misa celebrada se manifiesta oportunamente no sólo por la inserción del rito y por las fórmulas propias en la Plegaria eucarística y en la bendición final, sino también, observado lo prescrito, por medio de las lecturas que se pueden elegir y empleando la Misa ritual propia, según el Orden que se confiere.

9. Concilio Vaticano II, Constitución sobre la Sagrada Liturgia, Sacrosanctum Concilium, núm. 41.
10. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 11.




III. ADAPTACIONES SEGÚN LA VARIEDAD DE REGIONES Y CIRCUNSTANCIAS

11.
Corresponde a las Conferencias Episcopales acomodar el rito de la Ordenación del Obispo, de los presbíteros y de los diáconos a las necesidades de cada una de las regiones para que, tras la aprobación de la Sede Apostólica, sea utilizado en sus respectivas regiones. En esta materia, corresponde a las Conferencias Episcopales, habida cuenta de las circunstancias, la idiosincrasia y las tradiciones de los pueblos:

a) determinar la forma con que la comunidad presta su asentimiento a la elección de los candidatos según la costumbre de la región (en la Ordenación del Obispo, nn. 38 y 78; en la Ordenación de presbíteros, nn. 122, 150, 266 y 307 en la Ordenación de diáconos, nn. 198, 226, 224 y 305);

b) establecer que se añadan, si parece oportuno, otras preguntas a las previstas en los ritos antes de la Ordenación (en la Ordenación del Obispo, nn. 40 y 76; en la Ordenación de presbíteros, nn. 124, 152, 270 y 311; en la Ordenación de diáconos, nn. 200, 228, 268 y 309);

c) determinar la forma con la que los elegidos para el diaconado y el presbiterado prometen reverencia y obediencia (nn. 125, 153, 201, 228, 269, 271, 310 y 312);

d) establecer que el propósito de asumir la obligación del celibato se manifieste con alguna forma externa, además de la respuesta a la pregunta al respecto (en la Ordenación de diáconos, nn. 200, 228, 268 y 309);

e) aprobar algunos cantos para utilizarlos en lugar de los indicados en este libro;

f) proponer a la Sede Apostólica otras adaptaciones de los ritos para introducirlos con su consentimiento. Sin embargo, la imposición de manos no se puede omitir; la Plegaria de Ordenación no se puede reducir ni sustituir por otros textos alternativos. Debe respetarse la estructura general del rito y la índole propia de cada uno de sus elementos.


CAPÍTULO I. ORDENACIÓN DEL OBISPO

INTRODUCCIÓN GENERAL

I. IMPORTANCIA DE LA ORDENACIÓN


12. Se es constituido del Cuerpo de los Obispos en virtud de la Ordenación episcopal y por la comunión jerárquica con la Cabeza del Colegio y sus miembros. El Orden de los Obispos sucede en el magisterio y en el régimen pastoral al colegio de los Apóstoles, más aún, en él perdura ininterrumpidamente el cuerpo apostólico [11]. Pues los Obispos, “como sucesores de los Apóstoles, reciben del Señor, a quien se le ha dado todo poder en el cielo y en la tierra, la misión de enseñar a todos los pueblos y de predicar el Evangelio a todo el mundo para que todos los hombres, por al fe, el bautismo y el cumplimiento de los mandamientos, consigan la salvación (cf. Mt 28,18)” [12]; el Colegio episcopal, reunido bajo una sola cabeza, el Romano Pontífice, sucesor de Pedro, expresa la unidad, variedad y universalidad de la grey de Cristo [13].

13. A su vez, cada uno de los Obispos, puestos al frente de las Iglesias particulares, ejercen su gobierno pastoral sobre la porción del Pueblo de Dios que se les ha confiado [14]; son el principio y fundamento visible de la unidad en esas Iglesias particulares, conformadas a imagen de la Iglesia universal, pues en ella y por ellas existe la Iglesia católica [15].

14. La predicación del Evangelio sobresale entre las funciones principales de los Obispos; porque los Obispos son heraldos de la fe, que conducen nuevos discípulos a Cristo, y doctores auténticos que predican al pueblo a ellos confiado la fe que ha de creer y aplicar a la vida moral [16]. Y así como por el ministerio de la palabra comunican la fuerza de Dios a los creyentes para que se salven (cf. Rm 1,16 ), también mediante los sacramentos santifican a los fieles; ellos regulan la administración del bautismo; ellos son los ministros originarios de la confirmación, los que confieren las sagradas Ordenes y los moderadores de la disciplina penitencial. Investidos de la plenitud del sacramento del Orden, son “administradores de la gracia del sumo sacerdocio” sobre todo en la Eucaristía que ellos mismos ofrecen o procuran que se ofrezca. Pues toda legítima celebración de la Eucaristía es dirigida por ellos: y en toda comunidad reunida en torno al altar, bajo el ministerio sagrado del Obispo se manifiesta el símbolo de la caridad y unidad del Cuerpo místico [17].

11. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 22.
12. Ibid., núm. 24.
13. Ibid., núm. 22.
14. Ibid., núm. 23.
15. Ibid.
16. Cf. ibid., núm. 25.
17. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 26.



II. OFICIOS Y MINISTERIOS

15. Todos los fieles tienen obligación de orar por la elección de su Obispo y por el elegido. Hágase esto principalmente en la oración universal de la Misa y en las preces de Vísperas.Puesto que el Obispo es constituido en favor de toda la Iglesia local, deben ser invitados a la Ordenación clérigos y otros fieles, de manera que asistan a la celebración en el mayor número posible.

16. Al celebrar la Ordenación, según la práctica tradicional desde antiguo, el Obispo ordenante principal debe estar acompañado al menos de otros dos Obispos. Pero es muy conveniente que todos los Obispos presentes tomen parte en la elevación del nuevo elegido al ministerio del sumo sacerdocio [18], imponiéndole las manos, pronunciando lo que está determinado en la Plegaria de Ordenación y saludándole con el beso de la paz.

Así, en la misma Ordenación de cada uno de los Obispos, se significa la índole colegial del Orden.

Como de costumbre, el Metropolitano ordene al Obispo sufragáneo, y el Obispo del lugar al Obispo auxiliar.

El Obispo ordenante principal pronuncia la Plegaria de Ordenación, en la que se bendice a Dios y se invoca al Espíritu Santo.

17. Dos presbíteros de la diócesis para la que se ordena el elegido, le asisten al celebrar la Ordenación: uno de ellos, en nombre de la Iglesia local, pide al Obispo ordenante que confiera la Ordenación al elegido. Estos dos presbíteros y, en cuanto sea posible, también los otros presbíteros, sobre todo los de la misma diócesis, concelebran la liturgia eucarística en unión con el Obispo ordenado en esta celebración y con los demás Obispos.

18. Dos diáconos sostienen el libro de los Evangelios sobre la cabeza del elegido mientras se pronuncia la Plegaria de Ordenación.

18. Cf. ibid., núm. 22.



III. LA CELEBRACIÓN

19. Antes de celebrar la Ordenación, el elegido debe hacer ejercicios espirituales durante el tiempo oportuno.

20. Conviene que todas las comunidades de la diócesis para la que es ordenado el Obispo se preparen bien para celebrar la Ordenación.

21. El Obispo que, como cabeza se pone al frente de una diócesis, debe ser ordenado en la iglesia catedral. Los Obispos auxiliares, que se ordenan al servicio de una diócesis, deben ser ordenados también en la iglesia catedral o en otra iglesia de gran importancia en la diócesis.

22. La Ordenación del Obispo celébrese con la asistencia del mayor número posible de fieles en domingo o en día festivo, preferentemente en una fiesta de Apóstoles, a no ser que razones pastorales aconsejen otro día. Pero se excluyen el Triduo pascual, el Miércoles de Ceniza, toda la Semana Santa y la Conmemoración de todos los fieles difuntos.

23. La Ordenación tiene lugar dentro de la Misa estacional, una vez terminada la liturgia de la palabra y antes de la liturgia eucarística.

Puede emplearse la Misa ritual “En la que se confieren las sagradas Órdenes”, excepto en las Solemnidades, los Domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua, los días de la octava de Pascua y las fiestas de los Apóstoles. En estos casos se dice la Misa del día, con sus lecturas. Pero en los otros días, si no se dice la Misa ritual, se puede tomar una de las lecturas de las que se proponen en el Leccionario con este fin.

La Oración universal se omite porque las letanías ocupan su lugar.

24. Proclamado el Evangelio, la Iglesia local por medio de uno de sus presbíteros pide al Obispo ordenante principal que ordene al elegido. El elegido, en presencia de los Obispos y de todos los fieles, manifiesta la voluntad de ejercer su ministerio según los deseos de Cristo y de la Iglesia, en comunión con el Orden de los Obispos bajo la autoridad del sucesor de san Pedro Apóstol. En las letanías todos imploran la gracia de Dios en favor del elegido.

25. Por la imposición de las manos de los Obispos y la Plegaria de Ordenación, se le confiere al elegido el don del Espíritu Santo para su función episcopal. Éstas son las palabras que pertenecen a la naturaleza del sacramento y que por ello se exigen para la validez del acto:

“Et nunc effúnde super hunc eléctum 
eam virtútem, quae a te est, 
Spíritum principálem, 
quem dedísti dilécto Fílio tuo Iesu Christo, 
quem ipse donávit sanctis Apóstolis, 
qui constituérunt Ecclésiam per síngula loca, 
ut sanctuarium tuum, 
in glóriam et laudem indeficiéntem nóminis tui”.

(Infunde ahora sobre este tu elegido 
la fuerza que de ti procede: 
el Espíritu de gobierno 
que diste a tu amado Hijo Jesucristo,
 y él, a su vez, comunicó a los santos Apóstoles, 
quienes establecieron la Iglesia 
como santuario tuyo 
en cada lugar 
para gloria y alabanza incesante de tu nombre.)

El Obispo ordenante principal pronuncia la Plegaria de Ordenación en nombre de todos los Obispos presentes; las palabras esenciales son pronunciadas por todos los Obispos que, junto con el Obispo principal, impusieron las manos al elegido. Pero estas palabras se han de decir de tal modo que la voz del Obispo ordenante principal se oiga con claridad, mientras los demás Obispos ordenantes las pronuncian en voz baja.

26. Por la imposición del libro de los Evangelios sobre la cabeza del ordenando mientras se pronuncia la Plegaria de Ordenación, y por la entrega del mismo en manos del ordenado, se declara como función principal del Obispo la predicación fiel de la palabra de Dios; por la unción de la cabeza se significa la peculiar participación del Obispo en el sacerdocio de Cristo; por la entrega del anillo se expresa la fidelidad del Obispo a la Iglesia, esposa de Dios; por la imposición de la mitra, el deseo de alcanzar la santidad, y por la entrega del báculo pastoral, su función de regir la Iglesia que se le ha confiado.

Con el beso que el Ordenado recibe del Obispo ordenante principal y de todos los Obispos se pone como un sello a su acogida en el Colegio episcopal.

27. Es muy conveniente que el Obispo ordenado en la propia diócesis presida la concelebración de la liturgia eucarística. Pero si la Ordenación se ha hecho en otra diócesis, preside la concelebración el Obispo ordenante principal: en este caso, el Obispo recién ordenado ocupa el primer lugar entre los otros concelebrantes.


IV. LO QUE HAY QUE PREPARAR

28. Además de lo necesario para la celebración de la Misa estacional deben prepararse:

a) El libro de la Ordenación;

b) separatas de la Plegaria de Ordenación para los Obispos ordenantes;

c) el gremial;

d) el santo crisma;

e) lo necesario para lavarse las manos;

f) el anillo, el báculo pastoral, la mitra para el elegido y, en su caso, el palio. Estas insignias, excepto el palio, no necesitan bendición previa cuando se entregan en el mismo rito de la Ordenación.

29. Además de la cátedra del Obispo ordenante principal, se han de preparar sedes para los Obispos ordenantes, para el elegido y para los presbíteros concelebrantes, de esta forma:

a) En la liturgia de la palabra, el Obispo ordenante principal se sienta en la cátedra; los otros Obispos ordenantes, junto a la cátedra, a ambos lados; y el elegido, en el lugar más a propósito del presbiterio, entre los presbíteros que le asisten;

b) la Ordenación hágase normalmente junto a la cátedra; pero si es necesario para la participación de los fieles, prepárense las sedes para el Obispo ordenante principal y para los demás Obispos ordenantes delante del altar o en otro lugar más oportuno; pero las sedes para el elegido y para los presbíteros que asisten prepárense de modo que los fieles puedan ver bien la acción litúrgica.

30. El Obispo ordenante principal y los Obispos y presbíteros concelebrantes visten los ornamentos sagrados que se exige a cada uno para la celebración de la Misa.

Conviene que el Obispo ordenante principal lleve la dalmática bajo la casulla.

El elegido viste todos los ornamentos sacerdotales y además la cruz pectoral y la dalmática.

Pero los Obispos ordenantes, si no concelebran, han de llevar alba, cruz pectoral, estola y, si se cree oportuno, capa pluvial y mitra. Los presbíteros que asisten al elegido, si no concelebran, vestirán capa pluvial sobre el alba.

Los ornamentos han de ser del color de la misa que se celebre o, si no, de color blanco; también pueden emplearse otros ornamentos festivos o más nobles.

V. RITO DE LA ORDENACIÓN DEL OBISPO CUANDO SE CONFIERE A VARIOS A LA VEZ
65. Cuanto se dice en la Introducción general, nn. 15-27, vale también para el Rito de la Ordenación del Obispo cuando se confiere a varios a la vez.

En este caso se indica como especial lo siguiente:

a) a cada uno de los elegidos le han de asistir dos presbiteros;

b) es muy conveniente que todos los Obispos ordenantes y los presbiteros que asisten a los elegidos concelebren la Misa con el Obispo ordenante principal y con los elegidos Si la Ordenación se hace en la iglesia propia de alguno de los elegidos, concelebren también algunos de su presbiterio;

c) si la Ordenación tiene lugar dentro de la diócesis propia de alguno de elegidos, el Obispo ordenante principal puede invitar al Obispo recién ordenado para que presida la concelebración en la liturgia eucarística. De no ser así, preside la concelebración el Obispo ordenante principal; pero los Obispos recién ordenados ocupan los primeros lugares entre los demás concelebrantes;

d) además de lo necesario para la celebración de la Misa estacional deben prepararse:
1) El Libro de la Ordenación;
2) separatas de la Plegaria de Ordenación para los Obispos ordenantes,
3) los Evangelios que se han de imponer a cada uno de los elegidos;
4) el gremial;
5) el santo crisma;
6) lo necesario para lavarse las manos;
7) el anillo, el báculo pastoral y la mitra para cada uno de los elegidos y, en su caso, el palio. Estas insignias, excepto el palio, no necesitan bendición previa cuando se entregan en el mismo rito de la Ordenación;

e) las sedes han de prepararse del modo indicado en el número 29.

66. El Obispo ordenante principal y los Obispos y presbíteros concelebrantes visten los ornamentos sagrados que a cada uno se les exigen para la celebración de la Misa.

Conviene que el Obispo ordenante principal lleve la dalmática bajo la casulla

Los elegidos visten todos los ornamentos sacerdotales y además la cruz pectoral y la dalmática.

Pero los Obispos ordenantes, si no concelebran, han de llevar alba, cruz pectoral, estola y, si se cree oportuno, capa pluvial y mitra. Los presbiteros que asisten a los elegidos, si no concelebran, vestirán capa pluvial sobre el alba.

Los ornamentos han de ser del color de la Misa que se celebra o, si no, de color blanco; también pueden emplearse otros ornamentos festivos o más nobles.

jueves, 22 de junio de 2017

Jueves 27 julio 2017, Lecturas Jueves XVI semana del Tiempo Ordinario, año impar.

LITURGIA DE LA PALABRA
Lecturas del Jueves de la XVI semana del Tiempo Ordinario, año impar (Lec. III-impar).

PRIMERA LECTURA Éx 19, 1-2. 9-11. 16-20b
El Señor descendió al monte Sinaí a la vista del pueblo
Lectura del libro del Éxodo.

A los tres meses de salir de la tierra de Egipto, aquel día, los hijos de Israel llegaron al desierto del Sinaí. Salieron de Refidín, llegaron al desierto del Sinaí y acamparon allí, frente a la montaña.
El Señor le dijo:
«Voy a acercarme a ti en una nube espesa, para que el pueblo pueda escuchar cuando yo hable contigo, y te crean siempre».
Y Moisés comunicó al Señor lo que el pueblo había dicho.
El Señor dijo a Moisés:
«Vuelve a tu pueblo y purifícalos hoy y mañana; que se laven la ropa y estén preparados para el tercer día; pues el tercer día descenderá el Señor sobre la montaña del Sinaí a la vista del pueblo».
Al tercer día, al amanecer, hubo truenos y relámpagos y una densa nube sobre la montaña; se oía un fuerte sonido de trompeta y toda la gente que estaba en el campamento se echó a temblar.
Moisés sacó al pueblo del campamento, al encuentro de Dios, y se detuvieron al pie de la montaña. La montaña del Sinaí humeaba, porque el Señor había descendido sobre ella en medio de fuego. Su humo se elevaba como el de un horno y toda la montaña temblaba con violencia.
El sonar de la trompeta se hacía cada vez más fuerte; Moisés hablaba y Dios le respondía con el trueno. El Señor descendió al monte Sinaí, a la cumbre del monte. El Señor llamó a Moisés a la cima de la montaña.

Palabra de Dios.
R. Te alabamos, Señor.

Salmo responsorial Dan 3, 52a y c. 53a. 54a. 55a. 56a (R.: 52b)
R.
¡A ti gloria y alabanza por los siglos!
Et laudábile et superexaltátum in ómnibus sæculis.

V. Bendito eres, Señor, Dios de nuestros padres.
Bendito tu nombre, santo y glorioso. R.
¡A ti gloria y alabanza por los siglos!
Et laudábile et superexaltátum in ómnibus sæculis.

V. Bendito eres en el templo de tu santa gloria. R.
¡A ti gloria y alabanza por los siglos!
Et laudábile et superexaltátum in ómnibus sæculis.

V. Bendito eres sobre el trono de tu reino. R.
¡A ti gloria y alabanza por los siglos!
Et laudábile et superexaltátum in ómnibus sæculis.

V. Bendito eres tú, que sentado sobre querubines sondeas
los abismos. R.
¡A ti gloria y alabanza por los siglos!
Et laudábile et superexaltátum in ómnibus sæculis.

V. Bendito eres en la bóveda del cielo. R.
¡A ti gloria y alabanza por los siglos!
Et laudábile et superexaltátum in ómnibus sæculis.

Aleluya Cf. Mt 11, 25
R. Aleluya, aleluya, aleluya.
V. Bendito seas, Padre, Señor del cielo y de la tierra, porque has revelado los misterios del reino a los pequeños. R. Benedíctus es, Pater, Domine cæli et terræ, quia mystéria regni párvulis revelásti.

EVANGELIO Mt 13, 10-17
A vosotros se os han dado a conocer los secretos del reino de los cielos y a ellos no
Lectura del santo Evangelio según san Mateo.
R. Gloria a ti, Señor.

En aquel tiempo, se acercaron los discípulos a Jesús y le preguntaron:
«¿Por qué les hablas en parábolas?»
Él les contestó:
«A vosotros se os han dado a conocer los secretos del reino de los cielos y a ellos no. Porque al que tiene se le dará y tendrá de sobra, y al que no tiene, se le quitará hasta lo que tiene. Por eso les hablo en parábolas, porque miran sin ver y escuchan sin oír ni entender. Así se cumple en ellos la profecía de Isaías:
“Oiréis con los oídos sin entender;
miraréis con los ojos sin ver;
porque está embotado el corazón de este pueblo,
son duros de oído, han cerrado los ojos;
para no ver con los ojos, ni oír con los oídos,
ni entender con el corazón,
ni convertirse para que yo los cure”.
Pero bienaventurados vuestros ojos porque ven y vuestros oídos porque oyen.
En verdad os digo que muchos profetas y justos desearon ver lo que veis y no lo vieron, y oír lo que oís y no lo oyeron».

Palabra del Señor.
R. Gloria a ti, Señor Jesús.

Del Catecismo de la Iglesia Católica
546 Jesús llama a entrar en el Reino a través de las parábolas, rasgo típico de su enseñanza (cf. Mc 4, 33-34). Por medio de ellas invita al banquete del Reino (cf. Mt 22, 1-14), pero exige también una elección radical para alcanzar el Reino, es necesario darlo todo (cf. Mt 13, 44-45); las palabras no bastan, hacen falta obras (cf. Mt 21, 28-32). Las parábolas son como un espejo para el hombre: ¿acoge la palabra como un suelo duro o como una buena tierra (cf. Mt 13, 3-9)? ¿Qué hace con los talentos recibidos (cf. Mt 25, 14-30)? Jesús y la presencia del Reino en este mundo están secretamente en el corazón de las parábolas. Es preciso entrar en el Reino, es decir, hacerse discípulo de Cristo para "conocer los Misterios del Reino de los cielos" (Mt 13, 11). Para los que están "fuera" (Mc 4, 11), la enseñanza de las parábolas es algo enigmático (cf. Mt 13, 10-15).

miércoles, 14 de junio de 2017

Ritual del Matrimonio: Decretos, Presentación, Introducción general (Praenotanda).

Ritual del Matrimonio (2ª edición).

RITUAL DEL MATRIMONIO

REFORMADO POR MANDATO DEL CONCILIO VATICANO II, PROMULGADO POR SU SANTIDAD EL PAPA PABLO VI Y REVISADO POR SU SANTIDAD EL PAPA JUAN PABLO II APROBADO POR LA CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA Y CONFIRMADO POR LA CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS

SEGUNDA EDICIÓN

La presente versión española del RITUAL DEL MATRIMONIO ha sido realizada a partir del Ordo celebrandi Matrimonium, editio typica altera, publicado por decreto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos con fecha de 19 de marzo de 1990.
El texto de la edición española, elaborado por la Comisión Episcopal de Liturgia de la Conferencia Episcopal Española, fue aprobado por el episcopado español en su LXII Asamblea Plenaria (14-18 de noviembre. de 1994).
Fue confirmado por decreto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos con fecha de 31 de enero de 1995 (Prot. 2462/941L).

CONGREGATIO DE CULTU DIVINO ET DISCIPLINA SACRAMENTORUM
Prot. N. CD 1068/89
DECRETUM

Ritus celebrandi Matrimonium, qui olim in Rituali Romano inveniebatur, ex decreto Concilii Vaticani II instauratus est anno 1969 per promulgationem a Sacra Rituum Congregatione factam Ordinis celebrandi Matrimonium.
In hac editione typica altera idem Ordo exhibetur ditior in Praenotandis, ritibus ac precibus, variationibus nonnullis introductis, ad norman Codicis Iuris Canonici anno 1983 promulgati.
Congregatio de Cultu Divino et Disciplina Sacramentorum, de speciali mandato Summi Pontificis IOANNIS PAULI II, novam hanc editionem eiusdem Ordinis publici iuris facit. Ordo vero in editione typica altera et lingua latina exaratus, statim ac prodierit, vigere incipiet; linguis autem vernaculis, cum translationes ab Apostolica Sede sint confirmatae, a die quem Conferentiae Episcoporum statuerint.
Contrariis quibuslibet minime obstantibus.
Ex aedibus Congregationis de Cultu Divino et Disciplina Sacramentorum, die 19 Martii 1990, in sollemnitate S. Ioseph.

EDUARDUS Card. MARTÍNEZ
Praefectus

+ Ludovicus Kada
Archiep. tit. Thibicensis
a Secretis

SACRA CONGREGATIO RITUUM
Prot. N. R 23/969
DECRETUM

Ordo celebrandi Matrimonium ad normam decretorum Constitutionis de sacra Liturgia recognitus, quo ditior fieret, et clarius gratiam sacramenti significaret atque munera coniugum inculcaret, a Consilio ad exsequendam Constitutionem de sacra Liturgia est apparatus. Summus autem Pontifex PAULUS VI eundem ritum Auctoritate Sua Apostolica approbavit et evulgari iussit. Quapropter haec Sacra Rituum Congregatio, de speciali mandato Summi Pontificis, illum promulgat, statuens ut a die 1 iulii 1969 adhibeatur.
Contrariis quibuslibet minime obstantibus.
Ex aedibus S. Congregationis Rituum, die 19 Martii 1969, in sollemnitate S. Ioseph, Sponsi B.M.V.

BENNO Card. GUT
Praefectus S. Congr. Rituum et «Consilii» Praeses

Ferdinandus Antonelli
Archiep. tit. Idicrensis
S.C.R. a Secretis

CONGREGATIO DE CULTU DIVINO ET DISCIPLINA SACRAMENTORUM
Prot. 2462/94/L

HISPANIAE DIOECESIUM

Instante Excellentissimo Domino Elia Yanes Alvarez, Archiepiscopo Caesaraugustano et Coetus Episcoporum Hispaniae Praeside, litteris die 19 decembris 1994 datis, vigore facultatum huic Congregationi a Summo Pontifice IOANNE PAULO II tributarum, interpretationem hispanicam Ordinis celebrandi Matrimonium, editio typica altera, prout exstat in exemplari huic Decreto adnexo, perlibenter confirmamus.
In textu imprimendo inseratur ex integro hoc Decretum, quo ab Apostolica Sede petita confirmatio conceditur. Eiusdem insuper textus impressi duo exemplari ad hanc Congregationem transmittantur.
Contrariis quibuslibet minime obstantibus.
Ex aedibus Congregationis de Cultu Divino et Disciplina Sacramentorum, die 31 Ianuarii 1995.

ANTONIUS M. Card. JAVIERRE
Praefectus

Gerardus M. Agnelo
Archiep. a Secretis

COMISIÓN EPISCOPAL ESPAÑOLA DE LITURGIA

PRESENTACIÓN
de la segunda edición típica del Ritual del Matrimonio


«El Salvador de los hombres y Esposo de la Iglesia, mediante el sacramento del Matrimonio, sale al encuentro de los esposos cristianos» (Gaudium et spes, núm. 48).

Con esta fe, la Iglesia celebra la alianza nupcial de los cristianos que se comprometen ante ella a vivir unidos en fidelidad, con amor conyugal, como testigos del amor de Cristo hacia su Iglesia, e implora para ellos la bendición de Dios.

Por ser el Matrimonio una realidad de la creación, restituida por Cristo al ideal de lo que Dios quiso para el hombre y la mujer desde el origen, es normal que influyan en su celebración la cultura local, las costumbres, e incluso los ritos y plegarias tradicionales de la comunidad. De ahí que el Ritual del Matrimonio sea uno de los libros litúrgicos que admitan mayor grado de inculturación en el Rito Romano.

La segunda edición típica del Ritual del Matrimonio en lengua castellana para las Iglesias de España, que ahora se publica, es el fruto, por una lado, de la segunda edición típica latina publicada por la Congregación para el Culto Divino en el año 1989, y por otro, del trabajo de adaptación de la edición típica castellana, de acuerdo con los criterios propuestos por la Santa Sede.

Pertenecen a la edición típica latina los nuevos Praenotanda, en los que se recoge una síntesis de la doctrina y de la pastoral del Matrimonio, siguiendo los textos conciliares y la Exhortación Apostólica Familiaris consortio del papa Juan Pablo II, además de las referencias al Código de Derecho Canónico; estos dos últimos documentos no habían sido todavía publicados cuando se preparó la primera edición del Ritual del Matrimonio después del Concilio Vaticano II.

Son también enriquecimiento del Ritual en su edición típica latina algunos retoques hechos a las oraciones de bendición de los esposos, explicitando mejor que son ambos, esposo y esposa, los destinatarios de la bendición, y sobre todo introduciendo en el texto las invocaciones expresas del don del Espíritu para que santifique el amor conyugal de los esposos.

Por lo que se refiere a la adaptación realizada en la edición típica castellana, lo más notable es la introducción en la eucología de una selección de textos procedentes de la liturgia hispano-mozárabe, así como la permanencia del rito de las arras y, si parece oportuno, de la velación tradicional. El Episcopado español ha creído que estos ritos, que han sido durante siglos parte de la vivencia litúrgica de nuestras familias, podían ser mantenidos legítimamente y transmitidos a las nuevas generaciones.

Se advierte desde hace años en las Diócesis españolas una preocupación creciente por llevar una acertada pastoral del Matrimonio, tanto en la preparación y en la celebración del Sacramento, como en la posterior atención de las familias. Los Directorios diocesanos de preparación al Matrimonio y de Pastoral familiar manifiestan este deseo.

La pastoral del Matrimonio y de la Familia tiene una referencia imprescindible en el Ritual del Sacramento.

Al entregar esta segunda edición del Ritual del Matrimonio en castellano para las Iglesias de España, los Obispos desean que los textos y ritos descritos en él sean observados fielmente por los que presiden estas celebraciones, y sean propuestos de tal manera a los novios en la preparación inmediata del Matrimonio, que puedan ser asumidos por los esposos cristianos como expresión y alimento de su fe, unida a la fe de la Iglesia, que celebra con Cristo el misterio de la alianza nupcial, y como fuente continua de espiritualidad para toda la familia.

ROSENDO ÁLVAREZ GASTÓN
Obispo de Almería
Presidente de la Comisión Episcopal de Liturgia


Introducción general (Praenotanda)

I. IMPORTANCIA Y DIGNIDAD DEL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO

1. La alianza matrimonial, por la que el hombre y la mujer se unen entre sí para toda la vida (1), recibe su fuerza y vigor de la creación, pero además, para los fieles cristianos, se eleva a una dignidad más alta, ya que se cuenta entre los Sacramentos de la nueva alianza.

2. El Matrimonio queda establecido por la alianza conyugal o consentimiento irrevocable de los cónyuges, con el que uno y otro se entregan y se reciben mutua y libremente. Tanto la misma unión singular del hombre y de la mujer como el bien de los hijos exigen y piden la plena fidelidad de los cónyuges y también la unidad indisoluble del vínculo (2).

3. Por su propia naturaleza, la misma institución del Matrimonio y el amor conyugal se ordenan a la procreación y educación de la prole, y con ellas se coronan logrando su cima (3), ya que los hijos son en realidad el don más excelente del Matrimonio y contribuyen sobremanera al bien de los mismos padres.

4. La íntima comunidad de vida y de amor, por la cual los cónyuges «ya no son dos, sino una sola carne» (4), ha sido fundada por Dios Creador, provista de leyes propias, y enriquecida con la única bendición que no fue abolida por la pena del pecado original (5). Por tanto, este sagrado vínculo no depende del arbitrio humano, sino del autor del Matrimonio, que lo quiso dotado de unos bienes y fines peculiares (6).

5. Cristo el Señor, al hacer una nueva creación y renovarlo todo (7), quiso restituir el Matrimonio a la forma y santidad originales, de tal manera que lo que Dios ha unido no lo separe el hombre (8), y, además, elevó este indisoluble pacto conyugal a la dignidad de Sacramento, para que significara más claramente y remitiera con más facilidad al modelo de su alianza nupcial con la Iglesia (9).

1 Cf. Código de Derecho Canónico, can. 1055, p.1.
2 Cf. CONCILIO VATICANO II, Constitución pastoral Gaudium et spes, sobre la Iglesia en el mundo actual, núm. 48.
3 Cf. ibíd., núm. 48.
4 Mt 19, 6.
5 Cf. Misal Romano, Misa en la celebración del Matrimonio A, Oración por la esposa y el esposo.
6 Cf. CONCILIO VATICANO II, Constitución pastoral Gaudium et spes, sobre la Iglesia en el mundo actual, núm. 48.
7 Cf. 2Co 5, 17.16
8 Cf. Mt 19, 6.
9 Cf. CONCILIO VATICANO II, Constitución pastoral Gaudium et spes, sobre la Iglesia en el mundo actual, núm. 48.



6. Con su presencia trajo la bendición y la alegría a las bodas de Caná, convirtiendo el agua en vino, anunciando así por adelantado la hora de la alianza nueva y eterna: «Pues de la misma manera que Dios en otro tiempo salió al encuentro de su pueblo con un pacto de amor y fidelidad, ahora el Salvador de los hombres» (10) se ofrece a la Iglesia como esposo, cumpliendo en su misterio pascual la alianza con ella.

7. Por el Bautismo, sacramento de la fe, el hombre y la mujer, de una vez para siempre, se insertan en la alianza de Cristo con la Iglesia, y así su comunidad conyugal es asumida en la caridad de Cristo y enriquecida con la fuerza de su sacrificio (11). Por esta nueva situación, el Matrimonio válido de los bautizados es siempre Sacramento (12).

8. Por el sacramento del Matrimonio los cónyuges cristianos significan el misterio de unidad y de amor fecundo entre Cristo y la Iglesia (13) y participan de él; debido a ello, tanto al abrazar la vida conyugal, como en la aceptación y educación de la prole, se ayudan mutuamente a santificarse y encuentran ellos también su lugar y su propio carisma en el pueblo de Dios (14).

9. Por este Sacramento, el Espíritu Santo hace que, así como Cristo amó a la Iglesia y se entregó a sí mismo por ella (15), también los cónyuges cristianos, iguales en dignidad, con la mutua entrega y el amor indiviso, que mana de la fuente divina de la caridad, se esfuercen por fortalecer y fomentar su unión matrimonial. De modo que, asociando a la vez lo divino y lo humano, en la prosperidad y en la adversidad, perseveren fieles en cuerpo y alma (16), permaneciendo absolutamente ajenos a todo adulterio y divorcio (17).

10. El verdadero cultivo del amor conyugal y todo el sentido de la vida familiar, sin subestimar los demás fines del Matrimonio, tienden a que los cónyuges cristianos estén animosamente dispuestos a cooperar con el amor del Creador y Salvador, quien por medio de ellos amplía y enriquece día a día a su familia (18). Y así, confiando en la divina Providencia y ejercitando el espíritu de sacrificio (19), glorifican al Creador y se esfuerzan por alcanzar la perfección en Cristo cuando cumplen la función de procrear con generosa responsabilidad humana y cristiana (20).

11. Dios, que llamó a los esposos al Matrimonio, continúa llamándolos a perfeccionar su propio Matrimonio (21). Los que se casan en Cristo, desde la fe en la palabra de Dios, pueden celebrar con fruto el misterio de la unión entre Cristo y la Iglesia, vivirlo santamente y testificarlo públicamente ante todos. El Matrimonio deseado, preparado, celebrado y vivido cotidianamente a la luz de la fe, es aquel «que la Iglesia une, que la oblación confirma, que la bendición refrenda, que los ángeles proclaman, que el Padre tiene por válido... ¡Qué preciosa la unión entre dos fieles que tienen una misma esperanza, un mismo modo de vida y de servicio! Ambos son hijos de un mismo Padre, ambos servidores de un mismo Dueño, sin ninguna separación ni en la carne ni en el espíritu. Son ciertamente dos en una sola carne; donde hay una sola carne, hay un solo espíritu» (22).

10 Ibíd., núm. 48.
11 Cf. JUAN PABLO II, Exhortación apostólica Familiaris consortio, núm. 13: AAS 74 (1982), p. 95;
CONCILIO VATICANO II, Constitución pastoral Gaudium et spes, sobre la Iglesia en el mundo actual, núm. 48.
12 Cf. Código de Derecho Canónico, can. 1055, § 2.
13 Cf. Ef 5, 25.
14 CE 1Co 7,7; CONCILIO VATICANO II, Constitución dogmática Lumen gentium, sobre la Iglesia, núm 11.
15 Cf. Ef 5, 25.
16 Cf. CONCILIO VATICANO II, Constitución pastoral Gaudium et spes, sobre la Iglesia, en el mundo actual, núms. 48 y 50.
17 Cf. ibíd., núm. 49.
18 Cf. ibíd., núm. 50.
19 CE 1Co 7, 5.
20 CE CONCILIO VATICANO II, Constitución pastoral Gaudium et spes, sobre la Iglesia en el mundo actual, núm. 50.
21 Cf. JUAN PABLO II, Exhortación apostólica Familiaris consortio, núm. 51: AAS 74 (1982), p. 143.
22 TERTULIANO, Ad uxorem, II, VIII: CCL 1, p. 393.



II. OFICIOS Y MINISTERIOS

12. La preparación y celebración del Matrimonio, que atañe en primer lugar a los mismos futuros cónyuges y a sus familias, compete, por razón de la cura pastoral y litúrgica, al Obispo, al párroco y a sus vicarios y también, según le es propio, a toda la comunidad eclesial (23).

13. Teniendo en cuenta las normas o indicaciones pastorales que la Conferencia Episcopal haya podido establecer acerca de la preparación de los novios o la pastoral del Matrimonio, corresponde al Obispo regular en toda la diócesis la celebración y la pastoral del Sacramento, disponiendo la atención a los fieles para que el estado matrimonial se mantenga en el espíritu cristiano y se vaya perfeccionando (24).

14. Los pastores de almas deben procurar que en la propia comunidad esta atención se preste sobre todo:
1) con la predicación, con la catequesis adaptada a los pequeños, a los jóvenes y a los adultos, empleando incluso los medios de comunicación social, para que con ello se instruya a los fieles acerca del significado del Matrimonio y de los deberes de los cónyuges y padres cristianos;
2) con la preparación personal a contraer Matrimonio, en la que los novios se dispongan para la santidad y obligaciones de su nuevo estado;
3) con la fructuosa celebración litúrgica del Matrimonio, para que en ella se ponga de relieve que los cónyuges manifiestan el misterio de la unidad y del amor fecundo entre Cristo y la Iglesia y participan del mismo;
4) con la ayuda proporcionada a los casados, para que ellos, observando y protegiendo fielmente la alianza conyugal, alcancen una vida familiar cada día más santa y más plena (25).

15. Se requiere un tiempo suficiente para la debida preparación del Matrimonio, y se debe advertir con antelación a los novios de esta necesidad.

16. Los pastores, movidos por el amor a Cristo, han de acoger a los novios y antes de nada fomentarán y robustecerán su fe: pues el sacramento del Matrimonio la supone y exige (26).

17. Después de recordar oportunamente a los novios los elementos fundamentales de la doctrina cristiana, de los que se ha hablado antes (cf. núms. 1-11), se les dará una catequesis sobre la doctrina del Matrimonio y la familia, del Sacramento y sus ritos, preces y lecturas, para que así puedan celebrarlo de manera consciente y fructuosa.

18. Los católicos que no hayan recibido todavía el sacramento de la Confirmación, lo recibirán antes de ser admitidos al Matrimonio, con el fin de completar la iniciación cristiana, siempre que pueda hacerse sin dificultad grave. Se recomienda a los novios que en la preparación del sacramento del Matrimonio reciban, si es necesario, el sacramento de la Penitencia y se acerquen a la sagrada Eucaristía, principalmente en la misma celebración del Matrimonio (27).

23 Cf. JUAN PABLO II, Exhortación apostólica Familiaris consortio, núm. 66: AAS 74 (1982), pp. 159-162.
24 Cf. ibíd., núm. 66; cf. Código de Derecho Canónico, cáns. 1063-1064.
25 Cf. Código de Derecho Canónico, can. 1063.
26 Cf. CONCILIO VATICANO II, Constitución Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada Liturgia, núm. 59.
27 Cf. Código de Derecho Canónico, can. 1065.



19. Antes de que se celebre el Matrimonio debe constar que nada se opone a su celebración válida y lícita (28).

20. Durante la preparación, teniendo en cuenta la manera de pensar del pueblo acerca del Matrimonio y la familia, los pastores se esforzarán por evangelizar a la luz de la fe el mutuo y auténtico amor entre los novios. Incluso aquellas cosas que son requeridas por el derecho para contraer Matrimonio válido y lícito pueden servir para promover en los novios una fe viva y un amor fecundo, con miras a la formación de la familia cristiana.

21. Pero si, a pesar de todos los esfuerzos, los novios manifiestan de manera clara y expresa que rechazan lo que pretende la Iglesia cuando se celebra el Matrimonio entre bautizados, el pastor de almas no puede admitirlos a la celebración; por mucho que le pese, debe tener en cuenta la realidad y hacer ver a los interesados que no es la Iglesia, sino ellos mismos, quienes, en estas circunstancias, impiden la celebración, por más que la soliciten (29).

22. En el Matrimonio, más de una vez se dan casos especiales: como es el Matrimonio con parte bautizada no católica, con un catecúmeno, con parte simplemente no bautizada, o también con parte que ha rechazado explícitamente la fe católica. Los pastores tendrán presentes las normas de la Iglesia para estos casos y, si es necesario, recurrirán a la autoridad competente.

23. Conviene que sea un mismo presbítero quien prepare a los novios, haga la homilía en la celebración del Sacramento, reciba el consentimiento y celebre la Misa.

24. También el diácono puede, recibida la facultad del párroco o del Ordinario, presidir la celebración del Sacramento (30), sin excluir la bendición nupcial.

25. Cuando no haya sacerdotes ni diáconos, el Obispo diocesano puede, previo voto favorable de la Conferencia Episcopal y obtenida la licencia de la Sede Apostólica, delegar en laicos para que asistan a los Matrimonios. Se elegirá a un laico idóneo, capaz de instruir a los novios y que sea apto para realizar debidamente la liturgia matrimonial (31). Éste pide el consentimiento de los esposos y lo recibe en nombre de la Iglesia (32).

26. Los demás laicos pueden tomar parte de varias maneras, tanto en la preparación espiritual de los novios como en la misma celebración del rito. Conviene que toda la comunidad cristiana coopere siendo testigo de la fe y manifestando el amor de Cristo al mundo.

27. El Matrimonio se celebrará en la parroquia de uno u otro de los novios, o en otro lugar con licencia del propio Ordinario o del párroco (33).

28 Cf. ibíd., can. 1066.
29 Cf. JUAN PABLO II, Exhortación apostólica Familiaris consortio, núm. 68: AAS 74 (1982), p. 165.
30 Cf. Código de Derecho Canónico, can. 1111.
31 Cf. ibíd., can. 1112, § 2.
32 Cf. ibíd., can. 1108, § 2.
33 Cf. ibíd., can. 1115.



III. CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO

Preparación


28. Puesto que el Matrimonio se ordena al crecimiento y santificación del pueblo de Dios, su celebración tiene un carácter comunitario, que aconseja también la participación de la comunidad parroquial, por lo menos a través de algunos de sus miembros. Teniendo en cuenta las costumbres de cada lugar, si no hay inconveniente, pueden celebrarse varios Matrimonios al mismo tiempo o realizarse la celebración del Sacramento en la asamblea dominical.

29. La misma celebración del Sacramento se ha de preparar cuidadosamente, y, en cuanto sea posible, con los que van a casarse. El Matrimonio se celebrará normalmente dentro de la Misa. No obstante, el párroco, atendiendo tanto a las necesidades pastorales como al modo con que participan en la vida de la Iglesia los novios o los asistentes, juzgará si es mejor proponer la celebración del Matrimonio dentro o fuera de la Misa (34). De acuerdo con los mismos novios, si es oportuno, se escogerán las lecturas de la Sagrada Escritura que serán explicadas en la homilía; la fórmula con que expresarán el mutuo consentimiento; los formularios para la bendición de los anillos, para la bendición nupcial, para las intenciones de la plegaria universal y para los cantos. Conviene también utilizar correctamente las variantes previstas en el rito y las costumbres locales que puedan conservarse, si son oportunas.

30. Los cantos que se van a interpretar han de ser adecuados al rito del Matrimonio y deben expresar la fe de la Iglesia, sin olvidar la importancia del salmo responsorial en la liturgia de la palabra. Lo que se dice de los cantos vale también para la selección de las obras musicales.

31. Es necesario que se exprese de manera adecuada el carácter festivo de la celebración del Matrimonio, incluso en la ornamentación de la iglesia. Sin embargo, los Ordinarios cuidarán de que no se haga ninguna acepción de personas privadas o de clases sociales, excepto los honores debidos a las autoridades civiles, según las leyes litúrgicas (35).

32. Si el Matrimonio se celebra en un día de carácter penitencial, sobre todo en Tiempo de Cuaresma, el párroco advertirá a los esposos que tengan en cuenta la naturaleza peculiar de aquel día. En ningún caso se celebrará el Matrimonio el Viernes Santo en la Pasión del Señor ni el Sábado Santo.

34 Cf. CONCILIO VATICANO II, Constitución Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada Liturgia, núm. 78.
35 Cf. ibíd., núm. 32.



Rito que se ha de emplear

33. En la celebración del Matrimonio dentro de la Misa, se emplea uno de los formularios ofrecidos en el capítulo I. En la celebración sin Misa, el rito debe realizarse después de la liturgia de la palabra, como se indica en el capítulo II.

34. Cuando el Matrimonio se celebra dentro de la Misa, se utiliza la Misa ritual «por los esposos» con ornamentos de color blanco o festivo, a no ser que la celebración tenga lugar alguno de los días reseñados en los números 1-4 de la tabla de los días litúrgicos, en cuyo caso se emplea la Misa del día con sus lecturas, conservando en ella la bendición nupcial y, si se cree conveniente, la fórmula propia de la bendición final.

No obstante, si durante el Tiempo de Navidad o el Tiempo Ordinario la Misa en que se celebra un Matrimonio en domingo es participada por la comunidad parroquial, se toma el formulario de la Misa del domingo.

Cuando no se dice la Misa «por los esposos», una de las lecturas puede tomarse de los textos previstos para la celebración del Matrimonio, puesto que la liturgia de la palabra, acomodada a su celebración, tiene una gran fuerza para la catequesis sobre el Sacramento mismo y sobre las obligaciones de los cónyuges (núms. 374-419).

35. Se destacarán los principales elementos de la celebración del Matrimonio, a saber: la liturgia de la palabra, en la que se resalta la importancia del Matrimonio cristiano en la historia de la salvación y sus funciones y deberes de cara a la santificación de los cónyuges y de los hijos; el consentimiento de los contrayentes, que pide y recibe el que legítimamente asiste al Matrimonio; aquella venerable oración en la que se invoca la bendición de Dios sobre la esposa y el esposo; y, finalmente, la comunión eucarística de ambos esposos y de los demás presentes, con la cual se nutre sobre todo su caridad y se elevan a la comunión con el Señor y con el prójimo (36).

36. Si el Matrimonio se realiza entre parte católica y parte bautizada no católica, debe emplearse el rito de la celebración del Matrimonio sin Misa (núms. 186-224); pero, si el caso lo requiere, y con el consentimiento del Ordinario del lugar, se puede usar el rito de la celebración del Matrimonio dentro de la Misa (núms. 47-87); en cuanto a la admisión de la parte no católica a la comunión eucarística, se observarán las normas dictadas para los diversos casos (37). Si el Matrimonio se celebra entre parte católica y parte catecúmena o no cristiana, se debe usar el rito que se halla más adelante (núms. 315-342), empleando las variantes previstas para los diversos casos.

36 Cf. CONCILIO VATICANO II, Decreto Apostolicam actuositatem, sobre el apostolado de los seglares, núm. 3; Constitución dogmática Lumen gentium, sobre la Iglesia, núm. 12.
37 Cf. Código de Derecho Canónico, can. 844.



37. Este Ritual incluye el rito de la bendición y entrega de las arras, de gran raigambre en la tradición de muchas diócesis de España, que sirve para expresar la comunidad de vida y de bienes que se establece entre los esposos. Para que este significado aparezca con mayor claridad, el rito ha sido enriquecido con la entrega, también por parte de la esposa, de arras a su marido —antes sólo el esposo las entregaba—.

38. En los formularios de este Ritual inspirados en la antigua liturgia hispana se encuentran también el rito de la velación nupcial y una modalidad propia de rito de despedida, la antiguamente llamada «entrega de la esposa».

La velación, situada inmediatamente antes de la bendición nupcial, recupera un signo tradicional y expresivo de la unión indisoluble que el Sacramento ha realizado entre los esposos.

El rito de despedida de nuestra tradición hispana, teniendo el sabor de los antiguos ritos de entrega de la esposa al esposo, insiste en la dignidad de la mujer que se entrega como esposa —igual al esposo— y no como simple criada.

39. Porque los pastores son ministros del Evangelio de Cristo en favor de todos, tendrán un cuidado especial hacia aquellas personas, ya sean católicas o no católicas, que nunca o casi nunca participan en la celebración del Matrimonio o de la Eucaristía. Esta norma pastoral vale en primer lugar para los mismos esposos.

40. Si el Matrimonio se celebra dentro de la Misa, además de lo requerido para la celebración de la misma, estarán preparados en el presbiterio el Ritual Romano y los anillos para los esposos. Si parece oportuno, se preparará también el acetre con agua bendita y el hisopo, y un cáliz con suficiente capacidad para la comunión bajo las dos especies.

IV. ADAPTACIONES QUE HAN DE PREPARAR LAS CONFERENCIAS EPISCOPALES

41. Compete a las Conferencias Episcopales, en virtud de la Constitución sobre la sagrada Liturgia (38), acomodar este Ritual Romano a las costumbres y necesidades de cada región, de modo que, una vez confirmados los textos por la Sede Apostólica, se aplique en las regiones de que se trata.

42. En esta materia, será competencia de las Conferencias Episcopales:
1) Determinar las adaptaciones de que se habla posteriormente (núms. 43 46).
2) Si el caso lo requiere, adaptar y completar la «Introducción general» que figura en el Ritual Romano a partir del número 36 y siguientes («Rito que se ha de emplear»), para hacer que la participación de los fieles sea consciente y activa.
3) Preparar las traducciones de los textos, de manera que se acomoden realmente a la índole de las diversas lenguas y a la manera de ser de las diversas culturas, añadiendo, siempre que sea oportuno, melodías aptas para el canto.
4) Al preparar las ediciones, ordenar la materia en la forma que parezca más adecuada para el uso pastoral.

43. Al preparar las adaptaciones, se tendrá en cuenta lo siguiente:
1) Las fórmulas del Ritual Romano pueden ser adaptadas o, si el caso lo requiere, enriquecidas (incluso el interrogatorio antes del consentimiento y las mismas palabras del consentimiento).
2) Cuando el Ritual Romano presenta varias fórmulas ad libitum, se permite añadir otras fórmulas del mismo género.
3) Respetando la estructura del rito sacramental, se puede variar el orden de las partes. Si parece más oportuno, el interrogatorio antes del consentimiento puede omitirse, quedando a salvo la norma de que quien asiste pida y reciba el consentimiento de los contrayentes.
4) Si la necesidad pastoral lo exige, se puede determinar que el consentimiento de los contrayentes se pida siempre con el interrogatorio.
5) Terminada la entrega de los anillos, teniendo en cuenta las costumbres del lugar, se puede proceder a la coronación de la esposa o a la velación de los esposos.
6) Si en algún lugar el darse la mano o la bendición y entrega de los anillos es incompatible con las costumbres del pueblo, puede determinarse la supresión de estos ritos o que sean suplidos por otros.
7) Se considerará con atención y prudencia qué es lo que puede admitirse de las tradiciones y manera de ser de cada pueblo.

44. Además, cada Conferencia Episcopal tiene la facultad de elaborar un rito propio del Matrimonio, a tenor de la Constitución sobre la sagrada Liturgia (39), conforme a los usos de los lugares y pueblos, y con la aprobación de la Sede Apostólica, quedando a salvo la norma de que el legítimo asistente pida y reciba el consentimiento de los contrayentes (40), y que se imparta la bendición nupcial (41). El rito propio ha de ir precedido también de la «Introducción general» que contiene el Ritual Romano (42), exceptuando lo que se refiere al rito que se ha de emplear.

45. En cuanto a los usos y maneras de celebrar el Matrimonio que están en vigor en los pueblos recién evangelizados, se sopesará comprensivamente todo lo que sea honesto y no esté entremezclado de manera inseparable con supersticiones y errores, y, si es posible, se conservará completo y cabal, más aún, se admitirá también en la misma liturgia, a condición de que concuerde con la índole del verdadero y auténtico espíritu litúrgico (43).

46. En aquellos pueblos en que, por costumbre, tienen lugar en las casas ceremonias matrimoniales, incluso durante varios días, conviene adaptarlas al espíritu cristiano y a la liturgia. En este caso, la Conferencia Episcopal puede establecer, según las necesidades pastorales de los pueblos, que el mismo rito del Sacramento pueda celebrarse en las casas.

38 Cf. CONCILIO VATICANO II, Constitución Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada Liturgia, núms. 37-40 y 67, b.
39 Cf. ibíd., núm. 63, b.
40 Cf. ibíd., núm. 77.
41 Cf. ibíd., núm. 78.
42 Cf. ibíd., núm. 63, b.
43 Cf. ibíd., núm. 37.


martes, 6 de junio de 2017

Ordenación General del Misal Romano nn. 170-272.

Ordenación General del Misal Romano

B) Misa con Diacono


171. Cuando un diácono, revestido con las vestiduras sagradas, interviene en la celebración eucarística, desempeña su oficio propio. Así pues, él:
a) Asiste al sacerdote y está siempre a su lado;
b) En el altar le ayuda en lo referente al cáliz o al libro;
c) Proclama el Evangelio y, por mandato del sacerdote celebrante, puede tener la homilía 
(cf. n. 66);
d) Dirige al pueblo fiel por medio de las oportunas moniciones y enuncia las intenciones de la oración universal;
e) Ayuda al sacerdote celebrante a distribuir la Comunión y purifica y recoge los vasos sagrados;
f) Desempeña, si es necesario, las tareas de otros ministros, en el caso de que éstos falten.

Ritos iniciales

172. Llevando el Evangeliario algo elevado, el diácono precede al sacerdote en su camino hacia el altar; si no, camina a su lado.

173. Llegado al altar, si porta el Evangeliario, omitida la reverencia, accede al altar. Luego, una vez colocado el Evangeliario como es laudable, sobre el altar, juntamente con el sacerdote lo venera con un beso.
Si no lleva el Evangeliario hace una inclinación profunda al altar juntamente con el sacerdote, según el modo acostumbrado, y con él lo venera mediante un beso.
Finalmente, si se emplea el incienso, asiste al sacerdote en la imposición del mismo y en la incensación de la cruz y el altar.

174. Una vez incensado el altar, se dirige a la sede acompañando al sacerdote, y allí permanece a su lado y le ayuda cuando sea necesario.

Liturgia de la palabra

175. Mientras se dice el Aleluya u otro canto, si se ha de usar el incienso, ayuda al sacerdote a ponerlo en el incensario; luego, profundamente inclinado ante él, le pide su bendición, diciendo en voz baja: Padre, dame tu bendición. El sacerdote le da la bendición, diciendo: El Señor esté en tu corazón. El diácono se signa con la señal de la cruz y responde: Amén. Luego, hecha una profunda inclinación al altar, toma el Evangeliario que se había depositado sobre el altar y se dirige al ambón, llevando el libro algo elevado, precedido por el turiferario que lleva el incensario humeante y por los ministros con cirios encendidos. Allí saluda al pueblo diciendo con las manos juntas: El Señor esté con vosotros, y en las palabras Lectura del santo Evangelio, signa con el dedo pulgar el libro y se signa él mismo en la frente, en los labios y en el pecho, inciensa el libro y proclama el Evangelio. Terminado esto, aclama: Palabra del Señor, y todos responden: Gloria a ti, Señor Jesús. Luego venera el libro con un beso, diciendo al mismo tiempo en secreto: Las palabras del Evangelio, y vuelve al lado del sacerdote.
Cuando el diácono asiste al Obispo, lleva el libro para que lo bese o lo besa él mismo diciendo en secreto: Las palabras del Evangelio. En las celebraciones más solemnes, el Obispo imparte la bendición al pueblo con el Evangeliario, si se ve oportuno.
Por último, el Evangeliario puede llevarse a la credencia o a otro lugar apto y digno.

176. Si no hay otro lector idóneo, el diácono lee también las demás lecturas.

177. Las intenciones de la oración de los fieles, una vez introducidas por el sacerdote, las recita el diácono, habitualmente desde el ambón.

Liturgia eucarística


178. Terminada la oración universal, el sacerdote permanece en la sede y el diácono prepara el altar, con la ayuda del acólito; le corresponde, en particular, tener cuidado de los vasos sagrados. Asiste también al sacerdote cuando recibe los dones del pueblo. Luego pasa al sacerdote la patena con el pan que se va a consagrar; vierte el vino y un poco de agua en el cáliz, diciendo en secreto: El agua unida al vino, y luego lo presenta al sacerdote. Esta preparación del cáliz puede también hacerla en la credencia. Si se emplea el incienso, ayuda al sacerdote en la incensación de las ofrendas, de la cruz y del altar, y luego él o el acólito inciensa al sacerdote y al pueblo.

179. Durante la Plegaria eucarística, el diácono está en pie junto al sacerdote, un poco retirado detrás de él, para ayudar cuando haga falta en el cáliz o en el misal.
Desde la epíclesis hasta la ostensión del cáliz el diácono permanece, normalmente, arrodillado. Si hay varios diáconos, al llegar la consagración, uno de ellos puede poner incienso en el turíbulo e incensar en el momento de la ostensión de la hostia y del cáliz.

180. Para la doxología final de la Plegaria eucarística, de pie al lado del sacerdote, mantiene el cáliz elevado, mientras aquél eleva la patena con el pan consagrado, hasta el momento en que el pueblo ha dicho ya: Amén.

181. Una vez que el sacerdote ha dicho la oración de la paz y las palabras La paz del Señor esté siempre con vosotros, y el pueblo haya respondido Y con tu espíritu, el diácono, si es oportuno, invita a darse la paz diciendo con las manos juntas y vuelto hacia el pueblo: Daos fraternalmente la paz. Él la recibe directamente del sacerdote y puede darla a los ministros más cercanos.

182. Terminada la Comunión del sacerdote, el diácono la recibe bajo las dos especies de manos del sacerdote, y luego le ayuda a distribuir la Comunión al pueblo. Si la Comunión se da bajo las dos especies, él ofrece el cáliz a los que van comulgando, y, terminada la distribución, sume con reverencia en el altar toda la Sangre de Cristo que queda, ayudado, si es preciso, de otros diáconos y presbíteros.

183. Terminada la Comunión, el diácono vuelve al altar con el sacerdote. Recoge los fragmentos, si los hay, y luego lleva el cáliz y demás vasos sagrados a la credencia, y allí los purifica y coloca como de costumbre, mientras el sacerdote vuelve a la sede. Sin embargo, puede también cubrir decorosamente los vasos, dejarlos en la credencia sobre el corporal y purificarlos inmediatamente después de la Misa, una vez despedido el pueblo.

Rito de conclusión

184. Dicha la oración después de la Comunión, el diácono hace, si es necesario, y con brevedad, los oportunos anuncios al pueblo, a no ser que prefiera hacerlo personalmente el sacerdote.

185. Si se emplea la oración sobre el pueblo o la fórmula de la bendición solemne, el diácono dice: Inclinaos para recibir la bendición. Una vez dada la bendición por el sacerdote, el diácono se encarga de despedir al pueblo, diciendo con las manos juntas y vuelto hacia el pueblo: Podéis ir en paz.

186. Luego, juntamente con el sacerdote, venera el altar besándolo, y haciendo una profunda reverencia, se retira en el mismo orden en que había llegado.


C) Funciones del Acólito

187. Las funciones que puede ejercer el acólito son de diverso género; puede darse el caso de que concurran varias a la vez. Por lo tanto, es conveniente que se distribuyan, si es oportuno, entre varios; si solamente está presente un acólito, haga él lo que es de más importancia, distribuyéndose lo demás entre varios ministros.

Ritos iniciales


188. En la procesión al altar puede llevar la cruz entre dos ministros con cirios encendidos. Cuando llegue al altar, coloca la cruz junto al mismo, o bien la sitúa en un lugar digno. Luego ocupa su lugar en el presbiterio.

189. Durante toda la celebración, es propio del acólito acercarse al sacerdote o al diácono, cuantas veces se requiera, para servir el libro y ayudarles en todo lo necesario. Conviene, por tanto, que, en la medida de lo posible, ocupe un lugar desde el que pueda ejercer fácilmente su ministerio, en la sede o en el altar.

Liturgia eucarística


190. En ausencia del diácono, una vez acabada la oración universal, mientras el sacerdote permanece en la sede, el acólito pone sobre el altar el corporal, el purificador, el cáliz, la palia y el misal. Después, si es necesario, ayuda al sacerdote en la recepción de los dones del pueblo y oportunamente lleva el pan y el vino al altar y los entrega al sacerdote. Si se utiliza el incienso, presenta el incensario al sacerdote y le asiste en la incensación de las ofrendas, de la cruz y del altar. Luego inciensa al sacerdote y al pueblo.

191. El acólito instituido puede, si es necesario, ayudar al sacerdote, como ministro extraordinario, en la distribución de la Comunión al pueblo
 [Cf. PABLO VI, Carta Ap. Ministeria quaedam, del 15 de agosto de 1972: A.A.S. 64 (1972), p. 532]. Si se da la Comunión bajo las dos especies, en ausencia del diácono, ofrece el cáliz a los que van a comulgar o, si la Comunión es por intinción, sostiene el cáliz.

192. El acólito instituido, acabada la distribución de la Comunión, ayuda al sacerdote o al diácono en la purificación y arreglo de los vasos sagrados. En ausencia del diácono, el acólito instituido, lleva a la credencia los vasos sagrados y allí, del modo acostumbrado, los purifica, los seca y los recoge.

193. Terminada la celebración de la Misa, el acólito y los otros ministros regresan junto con el diácono y el sacerdote a la sacristía procesionalmente del mismo modo y en el mismo orden con el que vinieron.

D) Funciones del Lector


Ritos iniciales

194. En la procesión al altar, en ausencia del diácono, el lector, con la debida vestidura, puede llevar el Evangeliario un poco elevado: en este caso, precede al sacerdote; de lo contrario va con los otros ministros.

195. Al llegar al altar, hace la debida reverencia junto con los demás. Si lleva el Evangeliario, accede al altar y lo coloca sobre el mismo. Luego ocupa su lugar en el presbiterio junto con los otros ministros.

Liturgia de la palabra

196. Lee desde el ambón las lecturas que preceden al Evangelio. Cuando no hay salmista, después de la primera lectura puede proclamar el salmo responsorial.

197. En ausencia del diácono, puede proclamar desde el ambón las intenciones de la oración universal, después que el sacerdote ha hecho la introducción a la misma.

198. Si no hay canto de entrada ni de Comunión y los fieles no recitan las antífonas propuestas en el Misal, las puede decir en el momento conveniente 
(cf. nn. 48, 87).


II. LA MISA CONCELEBRADA

199. La concelebración, que manifiesta claramente la unidad del sacerdocio, del sacrificio y de todo el pueblo de Dios, está prescrita por el mismo rito en la ordenación del Obispo y de los presbíteros, en la bendición del abad y en la Misa crismal.
Se recomienda, a no ser que la utilidad de los fieles requiera o aconseje otra cosa:
a) En la Misa vespertina de la Cena del Señor;
b) En la Misa que se celebra en Concilios, reuniones de los Obispos, Sínodos;
c) En la Misa conventual y en la Misa principal en iglesias y oratorios.
d) En las Misas que se celebran en cualquier género de reuniones de sacerdotes, seculares o religiosos 
[Cf. CONC. ECUM. VAT. II, Const. sobre la sagrada Liturgia, Sacrosanctum Concilium, n. 57; Código de Derecho Canónico, can. 902].
Todo sacerdote puede celebrar la Eucaristía él solo, mientras no tenga lugar en ese momento una concelebración en la misma iglesia u oratorio. Pero el Jueves en la Misa vespertina de la Cena del Señor y en la Misa de la Vigilia pascual se prohíbe celebrar uno solo.

200. Los presbíteros de viaje sean acogidos de buen grado para la concelebración eucarística, con tal de que se conozca su condición sacerdotal.

201. Donde hay un gran número de sacerdotes, la concelebración puede tenerse incluso varias veces en el mismo día cuando la necesidad o la utilidad pastoral así lo aconsejen, pero debe hacerse en tiempos sucesivos o en lugares sagrados diversos 
[Cf. S. CONGR. DE RITOS, Instr. Euchraristicum mysterium, del 25 de mayo de 1967, n. 47: A.A.S. 59 (1967), p. 566].

202. Corresponde al Obispo, según las normas del derecho, ordenar la disciplina de la concelebración en todas las iglesias y oratorios de su diócesis.

203. Ha de tener una consideración especial la concelebración en la que los presbíteros de una diócesis concelebran con el propio Obispo, en la Misa estacional, sobre todo en los días más solemnes del año litúrgico: en la Misa de Ordenación del nuevo Obispo de la diócesis o de su Coadjutor o Auxiliar, en la Misa crismal, en la Misa vespertina de la Cena del Señor, en la celebración del Santo Fundador de la Iglesia local o del Patrono de la diócesis, en el aniversario del Obispo, y con ocasión, por último, del Sínodo o de la visita pastoral.
Por la misma razón, se recomienda la concelebración cuantas veces los presbíteros se encuentren con el propio Obispo, sea con ocasión de los ejercicios espirituales o de alguna reunión. En estos casos, el signo de la unidad del sacerdocio y de la Iglesia, que es característico de toda concelebración, se manifiesta de una manera más evidente
 [Cf. ibidem, p. 565].

204. Por causas determinadas, para dar, por ejemplo, un mayor sentido al rito o a una fiesta, se puede celebrar o concelebrar varias veces en el mismo día, en los siguientes casos:
a) Quien el Jueves Santo ha celebrado o concelebrado en la Misa crismal, puede también celebrar o concelebrar en la Misa vespertina de la Cena del Señor;
b) Quien celebró o concelebró la Misa de la Vigilia pascual, puede celebrar o concelebrar la Misa del día de Pascua;
c) El día de Navidad todos los sacerdotes pueden celebrar o concelebrar tres Misas, con tal que se celebren a su tiempo;
d) En el día de la Conmemoración de todos los fieles difuntos, todos los sacerdotes pueden celebrar o concelebrar tres Misas, con tal que las celebraciones tengan lugar en diversos tiempos y se observe lo establecido sobre la aplicación de la segunda y tercera Misa
 [Cf. BENEDICTO XV, Const. Ap. Incruentum altaris sacrificium, del 10 de agosto de 1915: A.A.S. 7 (1915), pp. 401-404];
e) Quien concelebra con el Obispo o su delegado en un Sínodo o en la visita pastoral, o en las reuniones de sacerdotes, puede celebrar además otra Misa para utilidad de los fieles. Lo mismo vale, servatis servandis, para las reuniones de religiosos.

205. La Misa concelebrada se ordena, en cualquiera de sus formas, según las normas comúnmente establecidas
 (cf. nn. 112-198), pero manteniendo o cambiando cuanto más abajo se expone.

206. Nunca acceda nadie o se le admita a concelebrar, una vez iniciada ya la Misa.

207. Prepárese en el presbiterio:
a) Sillas y libros para los sacerdotes concelebrantes;
b) En la credencia: un cáliz de capacidad suficiente, o varios cálices.


208. Si no se cuenta con un diácono, sus oficios los realizan algunos de los concelebrantes.
Si tampoco están presentes otros ministros, sus oficios propios pueden confiarse a otros fieles idóneos; en caso contrario, los desempeñan algunos de los concelebrantes.

209. Los concelebrantes, en la sacristía o en algún otro sitio conveniente, se revisten los mismos ornamentos que suelen llevar cuando celebran individualmente. Pero si hay un justo motivo, por ejemplo, un gran número de concelebrantes o falta de ornamentos, los concelebrantes, a excepción siempre del celebrante principal, pueden suprimir la casulla, llevando solamente la estola sobre el alba.




Ritos iniciales


210. Cuando todo está ya preparado, se empieza la procesión hacia el altar a través de la iglesia. Los presbíteros concelebrantes preceden al celebrante principal.

211. Cuando han llegado al altar, los concelebrantes y el celebrante principal, hecha una profunda inclinación, veneran el altar besándolo, y se dirigen a la sede a ellos destinada. El celebrante principal, si es oportuno, inciensa la cruz y el altar y luego se dirige a la sede.

Liturgia de la Palabra

212. Durante la liturgia de la palabra los concelebrantes ocupan su lugar y están sentados o se levantan en la misma forma que el celebrante principal.
Al comenzar el Aleluya, todos se levantan, excepto el Obispo, que pone incienso sin decir nada y bendice al diácono o, en su ausencia, al concelebrante que va a proclamar el Evangelio. Sin embargo, en la concelebración que preside el presbítero, el concelebrante que, en ausencia del diácono, proclama el Evangelio, ni pide ni recibe la bendición del celebrante principal.

213. La homilía normalmente la hará el celebrante principal o uno de los concelebrantes.

Liturgia eucarística

214. La preparación de los dones (cf. nn. 139-146) la hace solamente el celebrante principal, permaneciendo mientras tanto los demás concelebrantes en sus puestos.

215. Una vez que el celebrante principal ha pronunciado la oración sobre las ofrendas, los concelebrantes se acercan al altar y se disponen en pie alrededor de él, pero de tal modo que no dificulten la ejecución de los ritos que se realizan y los fieles tengan buena visibilidad de la acción sagrada, ni cierren el paso al diácono cuando por razón de su ministerio debe acercarse al altar.
El diácono desempeña su oficio cerca del altar en los momentos de ayudar, si es necesario, con el cáliz y el misal. Sin embargo, en la medida de lo posible, se sitúa ligeramente detrás de los sacerdotes concelebrantes, situados junto al celebrante principal.

Modo de proclamar la Plegaria eucarística

216. El prefacio lo canta o lo recita solamente el celebrante principal. En cambio el Santo lo cantan o recitan todos los concelebrantes junto con el pueblo y los cantores.

217. Terminado el Santo, los sacerdotes concelebrantes prosiguen la Plegaria eucarística en el modo que en seguida se describe, pero los gestos los hace únicamente el celebrante principal, si no se advierte lo contrario.

218. Los textos que dicen simultáneamente todos los concelebrantes y principalmente las palabras de la consagración, que todos deben pronunciar, los recitan de tal manera que los concelebrantes las dicen en voz baja para que se pueda oír claramente la voz del celebrante principal. De este modo, el pueblo percibe mejor las palabras.
Es encomiable cantar las partes que han de recitar conjuntamente todos los concelebrantes, y que se hallan musicalizadas en el Misal.

Plegaria eucarística I, o Canon romano

219. En la Plegaria eucarística I, o Canon romano, el Padre misericordioso, lo dice solamente el celebrante principal con las manos extendidas.

220. Acuérdate, Señor, y Reunidos en comunión, conviene que se confíen a uno u otro de los sacerdotes concelebrantes, que dice él solo estas oraciones con las manos extendidas y en voz alta.

221. Acepta, Señor en tu bondad, lo dice solamente el celebrante principal, con las manos extendidas.

222. Desde Bendice y santifica, oh Padre, hasta Te pedimos humildemente, Dios todopoderoso, el sacerdote principal realiza el gesto, pero todos los concelebrantes lo dicen a una de este modo:
a) Bendice y santifica, oh Padre, con las manos extendidas hacia las ofrendas;
b) El cual, la víspera de su Pasión, y Del mismo modo, con las manos juntas;
c) Las palabras del Señor, si el gesto parece conveniente, con la mano derecha extendida hacia el pan y hacia el cáliz; miran la hostia y el cáliz cuando el celebrante principal los muestra a los fieles y luego se inclinan profundamente;
d) Por eso, Padre, nosotros, tus siervos, y Mira con ojos de bondad, con las manos extendidas;
e) Te pedimos humildemente, inclinados y con las manos juntas, hasta llegar a las palabras al participar aquí de este altar. Inmediatamente, se enderezan, haciendo sobre sí la señal de la cruz, mientras pronuncian las restantes palabras: seamos colmados de gracia y bendición.

223. La intercesión por los difuntos y la oración Y a nosotros, pecadores, conviene que sea confiada a uno u otro de los concelebrantes, quien la dice él solo con las manos extendidas y en voz alta.

224. A las palabras Y a nosotros, pecadores, todos los concelebrantes se golpean el pecho.

225. Por Cristo, Señor nuestro, por quien sigues creando, lo dice solamente el celebrante principal.

Plegaria eucarística II

226. En la Plegaria eucarística II, Santo eres en verdad, lo dice solamente el celebrante principal con las manos extendidas.

227. Desde Por eso te pedimos que santifiques, hasta Te pedimos humildemente, lo dicen a una todos los concelebrantes de este modo:
a) Por eso te pedimos que santifiques, con las manos extendidas hacia las ofrendas;
b) El cual, cuando iba a ser entregado a su Pasión, y Del mismo modo, con las manos juntas;
c) Las palabras del Señor, si el gesto parece conveniente, con la mano derecha extendida hacia el pan y hacia el cáliz; miran la hostia y el cáliz cuando el celebrante principal los muestra a los fieles y luego se inclinan profundamente;
d) Así, pues, Padre, al celebrar ahora, y Te pedimos humildemente, con las manos extendidas.

228. Las intercesiones por los vivos Acuérdate, Señor, y por los difuntos Acuérdate también de nuestros hermanos, conviene que se confíen a uno u otro de los concelebrantes, quien las pronuncia él solo con las manos extendidas y en voz alta.



Plegaria eucarística III

229. En la Plegaria eucarística III, Santo eres en verdad, lo dice solamente el celebrante principal con las manos extendidas.

230. Desde Por eso, Padre, te suplicamos, hasta Dirige tu mirada, lo dicen a una todos los concelebrantes de este modo:
a) Por eso, Padre, te suplicamos, con las manos extendidas hacia las ofrendas;
b) Porque él mismo, la noche en que iba a ser entregado, y Del mismo mudo, con las manos juntas;
c) Las palabras del Señor, si el gesto parece conveniente, con la mano derecha extendida hacia el pan y hacia el cáliz; miran la hostia y el cáliz cuando el celebrante principal los muestra a los fieles y luego se inclinan profundamente;
d) Así, pues, Padre, y Dirige tu mirada, con las manos extendidas.

231. Las intercesiones Que él nos transforme, y Te pedimos, Padre, que esta Víctima, conviene que se confíen a uno u otro de los sacerdotes concelebrantes, quien las pronuncia él solo con las manos extendidas y en voz alta.

Plegaria eucarística IV

232. En la Plegaria eucarística IV, desde Te alabamos, Padre santo, hasta llevando a plenitud su obra en el mundo, lo dice solamente el celebrante principal con las manos extendidas.


233. Desde Por eso, Padre, te rogamos, hasta Dirige tu mirada, lo dicen a una todos los concelebrantes de este modo:
a) Por eso, Padre, te rogamos, con las manos extendidas hacia las ofrendas;
b) Porque él mismo, llegada la hora, y Del mismo modo, con las manos juntas;
c) Las palabras del Señor, si el gesto parece conveniente, con la mano derecha extendida hacia el pan y hacia el cáliz; miran la hostia y el cáliz cuando el celebrante principal los muestra a los fieles y luego se inclinan profundamente;
d) Por eso, Padre, al celebrar, y Dirige tu mirada, con las manos extendidas.

234. Las intercesiones Y ahora, Señor, acuérdate, y Padre de bondad, conviene confiarlas a uno u otro de los concelebrantes, quien las pronuncia él solo con las manos extendidas y en voz alta.

235. Por lo que se refiere a otras Plegarias eucarísticas aprobadas por la Sede Apostólica, obsérvense las normas establecidas para cada una de ellas.

236. La doxología final de la Plegaria eucarística la pronuncia solamente el sacerdote principal y, si parece bien, juntamente con los demás concelebrantes, pero no los fieles.


Rito de la Comunión

237. Luego el celebrante principal, con las manos juntas, pronuncia la monición que precede al Padrenuestro, y en seguida, con las manos extendidas y a una con los demás concelebrantes, que también extienden las manos, y con el pueblo, dice la misma Oración dominical.

238. Líbranos de todos los males, Señor, lo dice sólo el celebrante principal, con las manos extendidas. Todos los concelebrantes, a una con el pueblo, pronuncian la aclamación final: Tuyo es el reino.

239. Después de la monición del diácono o, en su ausencia, de uno de los concelebrantes: Daos fraternalmente la paz, todos se dan la paz; los que quedan más cerca del celebrante principal la reciben de él antes que el diácono.

240. Mientras se dice el Cordero de Dios, los diáconos o algunos concelebrantes pueden ayudar al celebrante principal a partir el pan consagrado, sea para la Comunión de los mismos concelebrantes, sea para la del pueblo.

241. Después de la inmixtio, sólo el celebrante principal dice en secreto con las manos juntas la oración Señor Jesucristo, Hijo de Dios vivo, o Señor Jesucristo, la Comunión de tu Cuerpo.

242. Terminada la oración antes de la Comunión, el celebrante principal hace genuflexión y se retira un poco. Los concelebrantes, uno tras otro, se van acercando al centro del altar, hacen genuflexión y toman del altar, con reverencia, el Cuerpo de Cristo; teniéndolo luego en la mano derecha y poniendo la izquierda bajo ella, se retiran a sus puestos. Pueden también permanecer los concelebrantes en su sitio y tomar el Cuerpo de Cristo de la patena que el celebrante principal, o uno o varios de los concelebrantes, sostienen, pasando ante ellos o pasándose sucesivamente la patena hasta llegar al último.

243. Luego, el celebrante principal toma la hostia consagrada en la misma Misa y, teniéndola un poco elevada sobre la patena o sobre el cáliz, vuelto al pueblo dice: Éste es el Cordero de Dios, y prosigue con los concelebrantes y el pueblo, diciendo Señor no soy digno.

244. A continuación, el celebrante principal, de cara al altar, dice en secreto: El Cuerpo de Cristo me guarde para la vida eterna, y toma reverentemente el Cuerpo de Cristo. De modo análogo proceden los demás concelebrantes comulgando por sí mismos. Después de ellos, el diácono recibe el Cuerpo y la Sangre del Señor de manos del celebrante principal.

245. La Sangre del Señor se puede tomar bebiendo del cáliz directamente, o bien por intinción, o con una canilla o con una cucharilla.

246. Si se comulga, bebiendo directamente del cáliz, se puede emplear uno de estos modos:
a) El celebrante principal, de pie en medio del altar, toma el cáliz y dice en secreto: La Sangre de Cristo me guarde para la vida eterna, y bebe un poco del Sanguis, pasando en seguida el cáliz al diácono o a uno de los concelebrantes. Después distribuye la Comunión a los fieles (cf. nn. 160-162).
Los concelebrantes, uno tras otro, o de dos en dos, si se usan dos cálices, se acercan al altar, hacen genuflexión, beben el Sanguis, purifican el borde del cáliz y regresan a sus asientos.
b) El celebrante principal bebe la Sangre del Señor, según costumbre, en el centro del altar.
Pero los concelebrantes pueden tomar la Sangre del Señor o bien permaneciendo en sus puestos y bebiendo del cáliz que el diácono o uno de los concelebrantes les irá pasando; o también pasándose uno a otro el cáliz. El cáliz lo purifica siempre o el mismo que bebe o el que lo presenta. Uno a uno, según van comulgando, vuelven a sus asientos.

247. El diácono consume con reverencia, en el altar, toda la Sangre de Cristo, que ha quedado, con la ayuda, si es necesario, de algunos concelebrantes; luego lleva el cáliz a la credencia, y allí él o un acólito instituido lo purifica, lo seca y lo recoge como de costumbre (cf. n. 183).

248. La Comunión de los concelebrantes también puede ordenarse tomando de uno en uno junto al altar el Cuerpo e, inmediatamente después la Sangre del Señor.
En este caso, el celebrante principal toma primero la Comunión bajo las dos especies del modo acostumbrado (cf. n. 158), aunque, para beber del cáliz siga la misma forma que se haya escogido para los demás concelebrantes.
Terminada la Comunión del celebrante principal, el cáliz se deja a un lado del altar, sobre otro corporal. Los concelebrantes van pasando uno tras otro al centro del altar, hacen la genuflexión y comulgan del Cuerpo del Señor; pasan después al lado y toman la Sangre del Señor, según el rito escogido para la Comunión del cáliz, como hemos dicho arriba.
De la misma manera se hacen al final la Comunión del diácono y la purificación del cáliz.

249. Si la Comunión de los concelebrantes se hace por intinción, el celebrante principal toma, de la manera acostumbrada, el Cuerpo y Sangre del Señor, teniendo cuidado de que quede en el cáliz suficiente cantidad de Sangre del Señor, para la Comunión de los concelebrantes. Después el diácono, o uno de los concelebrantes, coloca el cáliz en el centro del altar o a un lado sobre otro corporal, juntamente con la patena que contiene los fragmentos de la hostia.
Los concelebrantes, uno tras otro, se acercan al altar, hacen genuflexión, toman una partícula, la mojan parcialmente en el cáliz y poniendo debajo el purificador la consumen. Después se retiran a sus puestos como al comienzo de la Misa.
Toma también la Comunión por intinción el diácono, que responde Amén al concelebrante cuando le dice: El Cuerpo y la Sangre de Cristo. El diácono sume en el altar todo el vino consagrado que ha sobrado ayudado, si procede, por algunos concelebrantes, lleva el cáliz a la credencia, y allí él o un acólito instituido lo purifica, lo seca y lo recoge como de costumbre.

Rito de conclusión


250. Todo lo demás hasta el fin de la Misa lo hace del modo acostumbrado (cf. nn. 166-168) el celebrante principal, quedando los concelebrantes en sus puestos.

251. Antes de retirarse del altar, los concelebrantes le hacen una profunda inclinación. El celebrante principal, acompañado por el diácono, lo venera besándolo como de costumbre.


III. LA MISA CON LA PARTICIPACIÓN DE UN SOLO MINISTRO

252. En la Misa que celebra el sacerdote al que asiste y responde un solo ministro, se observa el rito de la Misa celebrada con participación del pueblo (cf. nn. 120-169) y el ministro dice las partes que corresponden ordinariamente al pueblo.

253. Si el ministro es un diácono, cumple los oficios que le son propios (cf. nn. 171-186) y realiza también lo que corresponde al pueblo.

254. La celebración sin ministro o al menos sin algún fiel no se haga sin causa justa y razonable. En este caso se omiten los saludos, moniciones y la bendición al final de la Misa.

255. Antes de la Misa, se preparan los vasos necesarios sobre la credencia o sobre el lado derecho del altar.

Ritos iniciales

256. El sacerdote accede al altar y, hecha una profunda inclinación con el ministro, besa el altar y se dirige a la sede. Si lo desea, el sacerdote puede permanecer en el altar; en este caso, se coloca ahí también el misal. Entonces el ministro o el sacerdote pronuncia la antífona de entrada.

257. Después, el sacerdote con el ministro, de pie, se signa con la señal de la cruz y dice: En el nombre del Padre; vuelto hacia el ministro le saluda, eligiendo una de las fórmulas propuestas.

258. Sigue el acto penitencial y, a tenor de las rúbricas, se dice el Kyrie y el Gloria.

259. Luego, con las manos juntas, dice Oremos y, después de una pausa conveniente, recita, con las manos extendidas, la oración colecta. Al final el ministro aclama Amen.

Liturgia de la Palabra

260. Las lecturas, en la medida de lo posible, se pronuncian desde el ambón o desde el facistol.

261. Dicha la oración colecta, el ministro lee la primera lectura y el salmo y, cuando se ha de decir, también la segunda lectura con el versículo del Aleluya o el otro canto.

262. Luego, el sacerdote, profundamente inclinado, dice Purifica mi corazón, y después lee el Evangelio. Al final dice Palabra del Señor, a lo que el ministro responde Gloria a ti, Señor Jesús. El sacerdote después besa el libro, diciendo en secreto Las palabras del Evangelio borren nuestros pecados.

263. El sacerdote a continuación, según las rúbricas, recita, juntamente con el ministro, la profesión de fe.

264. Sigue la oración de los fieles, que también puede decirse en esta Misa. El sacerdote introduce y concluye la oración; el ministro pronuncia las intenciones.

Liturgia eucarística

265. En la liturgia eucarística se realiza todo como en la Misa celebrada con participación del pueblo, salvo lo que sigue.

266. Terminada la aclamación final del embolismo que sigue al Padrenuestro, el sacerdote dice la oración Señor Jesucristo, que dijiste, y luego añade La paz del Señor esté siempre con vosotros, a lo que el ministro responde Y con tu espíritu. Si parece conveniente, el sacerdote puede dar la paz al ministro.

267. Luego, mientras con el ministro dice Cordero de Dios, el sacerdote parte el pan consagrado sobre la patena. Terminado el Cordero de Dios, hace la inmixtio, diciendo en secreto El Cuerpo y la Sangre.

268. Después de la inmixtio, el sacerdote dice en secreto la oración Señor Jesucristo, Hijo de Dios vivo, o Señor Jesucristo, la Comunión de tu Cuerpo; después hace la genuflexión, toma el pan consagrado y, si el ministro va a recibir la Comunión, volviéndose a él y teniendo el pan consagrado un poco elevado sobre la patena o sobre el cáliz, dice Éste es el Cordero de Dios; y, juntamente con el ministro, añade Señor no soy digno. A continuación, de cara al altar, sume el Cuerpo de Cristo. Si el ministro no recibe la Comunión, una vez hecha la genuflexión, el sacerdote toma el pan consagrado y, de cara al altar, dice una sola vez en secreto: Señor, no soy digno, y El Cuerpo de Cristo me guarde, y después toma el Cuerpo de Cristo. Luego toma el cáliz y dice en secreto La Sangre de Cristo me guarde, y sume el Sanguis.

269. Antes de dar la Comunión al ministro, éste o el mismo sacerdote dice la antífona de Comunión.

270. El sacerdote purifica el cáliz en la credencia o en el altar. Si el cáliz se purifica en el altar, el ministro puede llevarlo a la credencia, o dejarlo en un lado sobre el mismo altar.

271. Terminada la purificación del cáliz, conviene que el sacerdote observe una pausa de silencio; luego dice la oración después de la Comunión.

Rito de conclusión

272. El rito de conclusión se hace como en la Misa celebrada con participación del pueblo, omitiendo, sin embargo, podéis ir en paz. El sacerdote besa el altar del modo acostumbrado y, hecha una profunda inclinación junto con el ministro, se retira.