Entrada destacada

Domingo 4 diciembre 2022, II Domingo de Adviento, ciclo A.

viernes, 11 de marzo de 2016

Instrucción "Eucharísticum mysterium", 25 de mayo 1967, nn. 1-67.

Sagrada Congregación de Ritos
Instrucción "Eucharisticum mysterium" sobre el culto del misterio eucarístico
25-05-1967

PROEMIO

1. Los últimos documentos eclesiásticos sobre el misterio eucarístico

El misterio eucarístico es sin duda el centro de la liturgia sagrada y más aún, de toda la vida cristiana. Por eso la Iglesia, iluminada por el Espíritu Santo, trata de penetrarlo cada día más y de vivir de él más intensamente.

Actualmente el Concilio Vaticano II ha expuesto diversos aspectos importantes de este misterio.
En la Constitución sobre la sagrada liturgia, después de recordar algunos puntos sobre la naturaleza e importancia de la Eucaristía (1), ha fijado las normas para la revisión de los ritos del santo sacrificio de la misa, con el fin de que la celebración de este misterio ayude a la participación activa y plena de los fieles (2); ha extendido además el uso de la concelebración y de la comunión bajo las dos especies (3).

En la Constitución sobre la Iglesia ha expuesto la estrecha unión entre la Eucaristía y el misterio de la Iglesia (4). Y en otros documentos ha llamado la atención sobre la importancia del misterio eucarístico en la vida de los fieles (5), y su fuerza para iluminar el sentido de la actividad humana y de toda la creación, por cuanto en «los elementos de la naturaleza, cultivados por el hombre, se transforman en el Cuerpo y Sangre gloriosos» (6).

El Papa Pío XII, sobre todo en su Encíclica Mediator Dei (7), había preparado el camino a estas numerosas enseñanzas del Concilio. Y el Sumo Pontífice Pablo VI, en la Encíclica Mysterium fidei (8), ha recordado la importancia de algunos puntos de la doctrina eucarística, en particular el de la presencia real de Cristo y el del culto debido a este Sacramento, incluso fuera de la misa.

(1) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, nn. 2, 41 y 47.
(2) Cf. ibid., nn. 48-54 y 56.
(3) Cf. ibid., nn. 55 y 57.
(4) Cf. Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, nn. 3, 7, 11, 26, 28 y 50.
(5) Cf. Conc. Vat. II, Decr. Unitatis redintegratio, nn. 2 y 15; Decr. Christus Dominus, nn. 15 y 30; Decr. Presbyterorum ordinis, nn. 2, 5-8, 13-14 y 18.
(6) Cf. Conc. Vat. II, Const. Gaudium et spes, n. 38.
(7) AAS 39 (1947), pp.547-572; cf. Alocución a los participantes en el Congreso internacional de liturgia pastoral, Asís-Roma, 22-sept-1956: AAS 48 (1956), pp. 715-724.
(8) AAS 57 (1965), pp. 753-774.

2. Necesidad de considerar conjuntamente toda la doctrina de estos documentos

Por todo lo cual, en estos últimos tiempos, en muchas partes de la Iglesia se reflexiona con mayor dedicación sobre algunos aspectos de la doctrina tradicional acerca de este misterio y se proponen con nuevo entusiasmo a la piedad de los fieles con la colaboración de múltiples trabajos e iniciativas, sobre todo en el campo de la liturgia y de la Biblia.
Se impone, por tanto, deducir del conjunto de la doctrina de estos documentos normas prácticas que orienten la conducta del pueblo cristiano con relación al misterio eucarístico en orden a conseguir aquella comprensión y santidad que el Concilio ha propuesto a la Iglesia. Conviene, en efecto, que el misterio eucarístico, considerado en su totalidad bajo sus diversos aspectos, brille ante los fieles con el esplendor debido, y que se fomente en la vida y en el espíritu de los fieles la relación que, según la doctrina de la Iglesia, existe objetivamente entre los aspectos de este misterio.

3. Puntos doctrinales más importantes de estos documentos

Entre los puntos doctrinales que se destacan en los documentos citados relativos al misterio eucarístico, será útil hacer notar los siguientes, ya que se refieren a la conducta del pueblo cristiano con relación a este misterio y por ello pertenecen directamente al fin de esta Instrucción:

a) «El Hijo de Dios, encarnado en la naturaleza humana, redimió al hombre y lo transformó en una nueva criatura (9), superando la muerte con su muerte y resurrección. Pues a sus hermanos, convocados de entre todas las gentes, los constituyó místicamente como su cuerpo, comunicándoles su Espíritu. La vida de Cristo en este cuerpo se comunica a los creyentes, que se unen misteriosa y realmente a Cristo que ha padecido y está glorificado por medio de los sacramentos» (10).

Por eso, «nuestro Salvador, en la última Cena, la noche en que iba a. ser entregado, instituyó el sacrificio eucarístico de su Cuerpo y Sangre, con el cual iba a perpetuar por los siglos, hasta su vuelta, el sacrificio de la cruz y a confiar así a su Esposa, la Iglesia, el memorial de su muerte y resurrección: sacramento de piedad, signo de unidad, vínculo de caridad, banquete pascual, en el cual Cristo es nuestra comida, el alma se llena de gracia y se nos da la prenda de la gloria futura» (11).

Por eso la misa o Cena del Señor es a la vez inseparablemente:
‐ Sacrificio en el que se perpetúa el sacrificio de la cruz.
‐ Memorial de la muerte y resurrección del Señor, que dijo: «Haced esto en memoria mía» (12).
‐ Banquete sagradoen el que por la comunión en el Cuerpo y la Sangre del Señor el pueblo de Dios participa en los bienes del sacrificio pascual, renueva la nueva Alianza entre Dios y los hombres, sellada de una vez para siempre con la sangre de Cristo, y prefigura y anticipa en la fe y la esperanza el banquete escatológico en el reino del Padre, anunciando la muerte del Señor «hasta que vuelva» (13).

b) Por consiguiente, en la misa el sacrificio y el banquete sagrado pertenecen a un mismo misterio, de tal manera que están íntimamente unidos. Pues el Señor se inmola en el mismo sacrificio de la misa cuando «comienza a estar sacramentalmente presente como alimento espiritual de los fieles bajo las especies de pan y vino» (14). Y Cristo entregó a la Iglesia este sacrificio para que los fieles participen de él tanto espiritualmente por la fe y la caridad, como sacramentalmente por el banquete de la sagrada comunión. Y la participación en la Cena del Señor es siempre comunión con Cristo, que se ofrece en sacrificio al Padre por nosotros (15).

c) La celebración eucarística que se realiza en la misa es una acción no sólo de Cristo, sino también de la Iglesia. En ella Cristo, perpetuando a través de los siglos en forma incruenta el sacrificio de la cruz (16), se ofrece a sí mismo al Padre para la salvación del mundo por ministerio de los sacerdotes (17). La Iglesia, por su parte, esposa y ministro de Cristo, cumpliendo con él el oficio de sacerdote y de hostia, lo ofrece al Padre y se ofrece a sí misma toda entera con él (18). Así la Iglesia, sobre todo en la gran oración eucarística, da gracias con Cristo al Padre en el Espíritu Santo por todos los bienes que él concede a los hombres en la creación, y de modo verdaderamente especial en el misterio pascual, y le pide la venida de su reino.

d) De donde ninguna misa ni acción litúrgica alguna es acción meramente privada, sino celebración de la Iglesia, en cuanto es sociedad organizada en diversidad de órdenes y funciones en la que cada uno actúa según el propio orden y función (19).

e) La celebración de la Eucaristía en el sacrificio de la misa es realmente el origen y el fin del culto que se le tributa fuera de la misa. Porque las sagradas especies que quedan después de la misa no sólo proceden de ella, sino que se guardan para que los fieles que no pueden asistir a la misa se unan a Cristo y a su sacrificio, celebrado en la misa, por medio de la comunión sacramental recibida con las debidas disposiciones (20).

Así el sacrificio eucarístico es fuente y culminación de todo el culto de la Iglesia y de toda la vida cristiana (21). Los fieles participan más plenamente de este sacrificio de acción de gracias, de propiciación, de impetración y de alabanza, cuando, conscientes de ofrecer al Padre, de todo corazón, juntamente con el sacerdote, la sagrada Víctima y, en ella, a sí mismos, reciben la misma Víctima en el Sacramento.

f) Nadie debe dudar «que los cristianos tributan a este Santísimo Sacramento, al venerarlo, el culto de latría que se debe al Dios verdadero, según la costumbre siempre aceptada en la Iglesia católica. Porque no debe dejar de ser adorado por el hecho de haber sido instituido por Cristo, el Señor para ser comido» (22). También en la reserva eucarística debe ser adorado (23) porque allí está sustancialmente presente por aquella conversión del pan y del vino que, según el Concilio de Trento (24), se llama apropiadamente transustanciación.

g) Hay, pues, que considerar el misterio eucarístico en toda su amplitud, tanto en la celebración misma de la misa como en el culto de las sagradas especies que se reservan después de la misa para prolongar la gracia del sacrificio (25).

De estos principios se deben deducir normas para la ordenación en la práctica del culto debido a este Sacramento aun después de la misa y para armonizarlo con la recta ordenación del sacrificio de la misa, según el sentido de las prescripciones del Concilio Vaticano II y de otros documentos de la Sede Apostólica (26).

(9) Cf. Ga 6,15; 2 Co 5, 17.
(10) Cf. Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 7.
(11) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 47.
(12) Lc 22, 19.
(13) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, nn. 6, 10, 47 y 106; Decr. Presbyterorum ordinis, n. 4.
(14) Pablo VI, Enc. Mysterium fidei: AAS 57 (1965), p. 762.
(15) Cf. Pio XII, Enc. Mediator Dei: AAS 39 (1947), pp. 564-566.
(16) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 47.
(17) Cf. Conc. Trid. ses. XXII, Decretum de Missa, cap. 1.
(18) Cf. Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 11; Const. Sacrosantum Concilium, nn. 47-48; Decr. Presbyterorum ordinis, nn. 2 y 5; Pio XII, Enc. Mediator Dei: AAS 39 (1947), p. 552; Pablo VI, Enc. Mysterium fidei: AAS 57 (1965), p. 761.
(19) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, nn. 26-28; y el n. 44 de la presente Instrucción.
(20) Cf. n. 49 de la presente Instrucción.
(21) Cf. Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 11; Const. Sacrosantum Concilium, n. 41; Decr. Presbyterorum ordinis, nn. 2, 5 y 6; Decr. Unitatis redintegratio, n. 15. 
(22) Conc. Trid. ses. XXII, Decretum de Eucharistia, cap. 5.
(23) Cf. Pablo VI, Enc. Mysterium fidei: AAS 57 (1965), pp. 769-770; Pio XII, Enc. Mediator Dei: AAS 39 (1947), p. 569.
(24) Cf. Ses. XXII, Decretum de Eucharistia, cap. 4; can. 2. 
(25) Cf. dichos documentos en cuanto tratan del sacrificio de la misa; en cambio, de ambos aspectos del misterio tratan el Conc. Vat. II, Decr. Presbyterorum ordinis, nn. 5 y 8; Pablo VI, Enc. Mysterium fidei: AAS 57 (1965), p. 754; Pio XII, Enc. Mediator Dei: AAS 39 (1947), pp. 547-572; Alocución a los participantes en el Congreso internacional de liturgia pastoral, Asís-Roma, 22-sept-1956: AAS 48 (1956), pp. 715-724.
(26) Cf. Pablo VI, Enc. Mysterium fidei: AAS 57 (1965), pp. 769-772; Pio XII, Enc. Mediator Dei: AAS 39 (1947), pp. 547-572; Sagr. Congr. Ritos, Instr. sobre la música sagrada, 3-sept-1958; Instr. Inter Oecumenici, 26-sept-1964.

4. Sentido general de esta instrucción

Por esto el Sumo Pontífice Pablo VI ha encomendado al Consilium para la aplicación de la Constitución sobre la sagrada liturgia la preparación de una Instrucción especial en que se promulguen las normas prácticas más útiles en las presentes circunstancias.

Conviene, sin embargo, que estas normas se orienten sobre todo a que no sólo se tengan a mano los principios más generales que hay que enseñar al pueblo en la catequesis del misterio eucarístico, sino que también sean más inteligibles los signos por los que se celebra la Eucaristía como memorial del Señor y se venera en la Iglesia como Sacramento permanente.

Porque, aunque en este misterio se encuentra el hecho excelso y único de que el Autor mismo de la santidad está presente en él, sin embargo, tiene de común con los demás sacramentos el ser símbolo de una cosa sagrada y forma visible de la gracia invisible (27). De donde con tanta más seguridad y eficacia penetrará en el espíritu y en la vida de los fieles, cuanto más aptos y claros sean los signos con que se celebra y venera (28).

(27) Cf. Conc. Trid. ses. XXII, Decretum de Eucharistia, cap. 3; cf. Sto Tomás de Aquino, Summa Theologica III, q. 60. a. 1.
(28) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, nn. 33 y 59.


PARTE I
ALGUNOS PRINCIPIOS GENERALES QUE DEBEN TENERSE EN CUENTA PARA LA CATEQUESIS DEL PUEBLO

5. Lo que se requiere en los pastores encargados de la catequesis de este misterio


Para que el misterio eucarístico poco a poco llegue a impregnar toda la vida espiritual de los fieles es necesaria una catequesis adecuada. Pero para poderla dar debidamente deben ante todo los pastores no sólo tener en cuenta toda la doctrina de la fe, contenida en los documentos del Magisterio, sino también penetrar hondamente en el espíritu de la Iglesia en esta materia con el corazón y la vida (29). Sólo entonces serán capaces de discernir entre los aspectos de este misterio aquellos que en cada caso sean más convenientes para los fieles.

Teniendo en cuenta lo dicho en el número 3, habrá que atender especialmente, entre otras cosas, a las siguientes:

(29) Cf. ibid., nn. 14, 17-18.

6. El misterio eucarístico, centro de toda la vida de la Iglesia

La catequesis del misterio eucarístico debe tender a inculcar en los fieles que la celebración de la Eucaristía es verdaderamente el centro de toda la vida cristiana, tanto para la Iglesia universal como para las comunidades locales de la misma Iglesia. Porque «los demás sacramentos, al igual que todos los ministerios eclesiásticos y las obras de apostolado, están unidos por la Eucaristía y hacia ella se ordenan. Pues en la sagrada Eucaristía se contiene todo el bien espiritual de la Iglesia, es decir, Cristo en persona, nuestra Pascua y pan vivo, que, por su carne vivificada y que vivifica por el Espíritu Santo, da vida a los hombres, que de esta forma son invitados y estimulados a ofrecerse a sí mismos, sus trabajos y todas las cosas creadas, juntamente con él» (30).

La comunión de la vida divina y la unidad del pueblo de Dios, por las que subsiste la Iglesia, los significa debidamente la Eucaristía y los realiza maravillosamente (31). En ella tenemos el culmen de la acción por la que Dios santifica al mundo en Cristo y del culto que los hombres tributan a Cristo y por él al Padre en el Espíritu Santo (32), y su celebración «contribuye en sumo grado a que los fieles expresen en su vida y manifiesten a los demás el misterio de Cristo y la naturaleza auténtica de la verdadera Iglesia» (33).

(30) Conc. Vat. II, Decr. Presbyterorum ordinis, n. 5.
(31) Cf. Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 11; Decr. Unitatis redintegratio, nn. 2 y 15.
(32) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 10.
(33) Ibid., n. 2; cf. n. 41.

7. El misterio eucarístico, centro de la iglesia local

Por la Eucaristía vive y crece la Iglesia. Esta Iglesia de Cristo está verdaderamente presente en todas las legítimas reuniones locales de los fieles que, unidos a sus pastores, reciben también el nombre de Iglesias en el Nuevo Testamento. Ellas son, en efecto, cada una en su lugar el pueblo nuevo, llamado por Dios en el Espíritu Santo y plenitud (34). En ellas se congregan los fieles por la predicación del Evangelio de Cristo y se celebra el misterio de la Cena del Señor "a fin de que por el Cuerpo y la Sangre del Señor quede unida toda la fraternidad" (35). En todo altar, reunida la comunidad bajo el ministerio sagrado del Obispo» (36), o del sacerdote que hace las funciones del Obispo (37), se manifiesta el símbolo de aquella caridad y "unidad del Cuerpo místico de Cristo sin la cual no puede haber salvación" (38). En estas comunidades, por más que sean con frecuencia pequeñas y pobres o vivan en la dispersión, Cristo está presente, el cual con su poder da unidad a la Iglesia, una, santa, católica y apostólica. Porque "la participación del Cuerpo y Sangre de Cristo no hace otra cosa sino transformarnos en aquello que recibimos" (39) (40).

(34) Cf. 1 Ts 1, 5.
(35) Oración mozárabe: PL 96, 759 B.
(36) Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 26.
(37) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 42.
(38) Cf. Sto Tomás de Aquino, Summa Theologica III, q. 73, a. 3.
(39) S. León Magno, Sermo 63, 7: PL 54, 357 C.
(40) Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 26.

8. Misterio eucarístico y unidad de los cristianos 

Además de lo que respecta a la comunidad eclesial y a cada uno de los fieles, dediquen especial atención los pastores a aquella parte de la doctrina en la que la Iglesia enseña que por el memoríal del Señor, celebrado según su voluntad, se significa y se realiza la unidad de todos los que creen el él (41).

Según las prescripciones del Decreto sobre el ecumenismo (42) del Concilio Vaticano II, sean llevados los fieles a una justa estima de los bienes que se conservan en la tradición eucarística, según la cual los hermanos de otras confesiones cristianas acostumbran a celebrar la Cena del Señor. Porque mientras en la santa Cena realizan la anámnesis de la muerte y resurrección del Señor, profesan que en la comunión con Cristo se significa la vida y esperan su gloriosa venida» (43). Y los que han conservado el sacramento del Orden, en la celebración de la Eucaristía, «unidos con el Obispo, teniendo acceso al Dios Padre, por el Hijo Verbo encarnado, que ha padecido y ha sido glorificado, en la efusión del Espíritu Santo, alcanzan la comunión con la Santísima Trinidad, hechos "partícipes del mismo ser de Dios" (44). Por tanto, por la celebración de la Eucaristía del Señor, en todas estas Iglesias se edifica y crece la Iglesia de Dios, por la celebración se manifiesta esta comunión» (45).

En la celebración del misterio de la unidad es donde especialmente los cristianos deben dolerse de las divisiones que los separan. Dirijan, pues, oraciones a Dios para que todos los discípulos de Cristo sientan cada vez más profundamente el misterio de la Eucaristía según su verdadera voluntad y lo celebren de manera que, hechos partícipes del Cuerpo de Cristo, formen un solo cuerpo (46), "unidos con los mismos lazos con que él quiso constituirlo" (47).

(41) Cf. ibid., nn. 3, 7, 11 y 26; Decr. Unitatis redintegratio, n. 2.
(42) Cf. Decr. Unitatis redintegratio, nn. 15 y 22.
(43) Ibid., n. 22.
(44) 2 P 1, 4.
(45) Decr. Unitatis redintegratio, n. 15.
(46) Cf. 1 Co 10, 17.
(47) Pablo VI, Enc. Mysterium fidei: AAS 57 (1965), p. 773.

9. Diversos modos de presencia de Cristo

Para una inteligencia más profunda del misterio de la Eucaristía los fieles deben ser instruidos acerca de los modos principales según los cuales el Señor mismo se hace presente a su Iglesia en las celebraciones litúrgicas (48).

Siempre está presente en la asamblea de los fieles congregados en su nombre (49). Está presente también en su palabra, puesto que él mismo habla cuando se leen en la Iglesia las Sagradas Escrituras.

Pero en el sacrificio eucarístico está presente, sea en la persona del ministro, «ofreciéndose ahora por ministerio de los sacerdotes el mismo que entonces se ofreció en la cruz» (50), sea sobre todo bajo las especies eucarísticas (51).

En este sacramento, en efecto, de modo singular el Cristo total e íntegro, Dios y hombre, se halla presente sustancial y permanentemente. Esta presencia de Cristo bajo las especies «se dice real no por exclusión, como si las otras no fueran reales, sino por excelencia» (52).

(48) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 7.
(49) Cf. Mt 18, 20.
(50) Cf. Conc. Trid. ses. XXII, Decretum de Missa, cap. 2.
(51) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 7.
(52) Pablo VI, Enc. Mysterium fidei: AAS 57 (1965), p. 764.

10. La relación entre la liturgia de la palabra y la liturgia eucarística

Los pastores «instruyan cuidadosamente a los fieles acerca de la participación en toda la misa», mostrando la unión estrecha que existe entre la liturgia de la palabra y la celebración de la Cena del Señor, para que puedan percibir claramente que todo esto constituye un solo acto de culto (53). Pues «se requiere la predicación de la palabra para el ministerio de los sacramentos, puesto que son sacramentos de fe, que procede de la palabra y de ella se nutre» (54). Esto se ha de decir sobre todo de la celebración de la misa, en la cual la liturgia de la palabra tiene la intención de fomentar de manera peculiar la unión estrecha entre el anuncio y la escucha de la palabra de Dios y el misterio eucarístico (55).

Por tanto, los fieles, al escuchar la palabra de Dios, comprendan que las maravillas que les son anunciadas tienen su punto culminante en el misterio pascual cuyo memorial es celebrado sacramentalmente en la misa. De este modo, escuchando la palabra de Dios, alimentados por ella, los fieles son introducidos en la acción de gracias a una participación fructuosa de los misterios de la salvación. Así la Iglesia se nutre del pan de vida tanto en la mesa de la palabra de Dios como en la del Cuerpo de Cristo (56).

(53) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 56.
(54) Conc. Vat. II, Decr. Presbyterorum ordinis, n. 4.
(55) Cf. ibid., n. 4; cf también n. 3 de la presente Instrucción.
(56) Cf. Conc. Vat. II, Const. Dei Verbum, n. 21.

11. El sacerdocio común y el sacerdocio ministerial en la celebración eucarística

Esta participación activa y propia de la comunidad será tanto más consciente y fructuosa cuanto más claramente los fieles conozcan el puesto que tienen en la asamblea litúrgica y lo que les corresponde hacer en la acción eucarística (57).

En la catequesis, por tanto, se expondrá la doctrina del sacerdocio real, con el que los fieles han sido consagrados por la regeneración y la unción del Espíritu Santo (58).

A partir de esto se ilustrará tanto la función del sacerdocio ministerial en la celebración eucarística ‐el cual difiere en la esencia y no sólo en el grado del sacerdocio común de los fíeles‐ (59) como las funciones ejercidas por todos los que realizan algún ministerio (60).

(57) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, nn. 14, 26, 30 y 38.
(58) Cf. Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 10; Decr. Presbyterorum ordinis, n. 2; Pablo VI, Enc. Mysterium fidei: AAS 57 (1965), p. 761.
(59) Cf. Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 10; Decr. Presbyterorum ordinis, nn. 2 y 5.
(60) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, nn. 28-29.

12. Naturaleza de la participación activa en la misa

Se explicará, pues, que todos los que se congregan para la Eucaristía son pueblo santo, que, junto con los ministros, toma parte en la acción sagrada. En verdad sólo el sacerdote, porque ocupa el lugar de Cristo, consagra el pan y el vino. Mas la acción de los fieles en la Eucaristía consiste en que, celebrando el memorial de la pasión, la resurrección y la gloria del Señor, den gracias a Dios y ofrecen la hostia inmaculada no solamente por las manos del sacerdote, sino en unión con él; y por la recepción del Cuerpo del Señor realizan la comunión con Dios y entre sí, a la cual debe conducir la participación en el sacrificio de la misa (61). Pues la participación más perfecta en la misa tiene lugar cuando ellos, debidamente dispuestos, reciben el Cuerpo del Señor en la misma misa, obedeciendo a sus propias palabras: «Tomad y comed» (62).

Este sacrificio, como la misma pasión de Cristo, aunque se ofrece por todos, sin embargo, «no produce su efecto sino en aquellos que se unen a la pasión de Cristo por la fe y la caridad... y les aprovecha en diverso grado, según su devoción» (63).

Todo esto se explicará a los fieles para que participen activamente en la misa con la adhesión interior del espíritu y con la participación exterior de os ritos, en conformidad con las prescripciones de la Constitución sobre la sagrada liturgia (64), que han sido precisadas con más amplitud por la Instrucción Inter Oecumenici, de 26 de septiembre de 1964, por la Instrucción Musicam sacram, de 5 de marzo de 1967 (65), y por la Instrucción Tres abhinc annos, de 4 de mayo de 1967.

(61) Cf. Ibid., nn. 48 y 106.
(62) Cf. Ibid., n. 55.
(63) Sto Tomás de Aquino, Summa Theologica III, q. 79, a. 7, ad 2.
(64) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, nn. 26-32.
(65) Cf. Sagrada Congregación de Ritos, Instr. Musicam sacram, 5-marzo-1967: AAS 59 (1967), pp. 300-320.

13. Implicaciones de la celebración eucarística en la vida cotidiana de los fieles

Los fieles deben mantener en sus costumbres y en su vida lo que han recibido en la celebración eucarística por la fe y el Sacramento. Procurarán, pues, que su vida discurra con alegría en la fortaleza de este alimento del cielo, participando en la muerte y resurrección del Señor. Así, después de haber participado en la misa, cada uno «sea solícito en hacer buenas obras, en agradar a Dios, en vivir rectamente, entregado a la Iglesia, practicando lo que ha aprendido y progresando en el servicio de Dios» (66), trabajando por impregnar al mundo del espíritu cristiano y también constituyéndose en testigo de Cristo «en todo momento en medio de la comunidad humana» (67).

En efecto, «no se edifica ninguna comunidad cristiana si no tiene como raíz y quicio la celebración de la sagrada Eucaristía, por ella, pues, hay que empezar toda la formación para el espíritu de comunidad» (68).

(66) Hipólito, Traditio Apostólica, 21; Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, nn. 9 y 10; Decr. Apostolicam actuositatem, n. 3; Decr. Ad gentes, n. 39; Decr. Presbyterorum ordinis, n. 5.
(67) Conc. Vat. II, Const. Gaudium et spes, n. 43.
(68) Cf. Conc. Vat. II, Decr. Presbyterorum ordinis, n. 6.

14. Catequesis de la misa a los niños

Los encargados de la formación religiosa de los niños, especialmente padres, párroco y maestros, procuren dar la debida importancia a la catequesis de la misa cuando los introducen gradualmente en el conocimiento del misterio de la salvación (69) La catequesis sobre la Eucaristía, bien adaptada a la edad y capacidad de los niños, debCf. Sagrada Congregación de Ritos, Instr. Musicam sacram, 5-marzo-1967: AAS 59 (1967), pp. 300-320.e tender a que conozcan la significación de la misa por medio de los ritos principales y por las oraciones, incluso lo que atañe a la participación en la vida de la Iglesia.

Téngase en cuenta todo esto cuando expresamente se prepara a los niños para la primera comunión, de modo que la primera comunión aparezca realmente como la inserción plena en el Cuerpo de Cristo (70).

(69) Cf. Conc. Vat. II, Decl. Gravíssimum educationis, n. 2.
(70) Cf. Conc. Vat. II, Decr. Presbyterorum ordinis, n. 5.

15. La Catequesis de la Misa ha de partir de los ritos y oraciones

El Concilio ecuménico de Trento prescribe a los pastores que frecuentemente, «o por sí o por otros, expongan algo de lo que se lee en la misa y que expliquen, entre otras cosas, algún aspecto del misterio de este santo sacrificio» (71).

Por tanto, los pastores guíen a los fieles con una catequesis apta a la plena inteligencia de este misterio de fe, la cual debe iniciarse por los misterios del año litúrgico y por los ritos y oraciones de la celebración, para esclarecerles el sentido de los mismos, sobre todo el de la gran oración eucarística, y conducirlos a la percepción íntima del misterio que tales ritos significan y realizan.

(71) Sesión XXII, Decretum de Missa, cap. 8.

PARTE II. LA CELEBRACIÓN DEL "MEMORIAL DEL SEÑOR"

I. ALGUNAS NORMAS GENERALES PARA ORDENAR LA CELEBRACIÓN DEL "MEMORIAL DEL SEÑOR", EN LA COMUNIDAD DE LOS FIELES

16. La unidad de la comunidad se ha de manifestar en la celebración


Ya que por el bautismo «no hay distinción entre judíos y gentiles, esclavos y libres, hombres y mujeres», sino que todos son uno en Cristo Jesús (72), la asamblea que manifiesta más plenamente la naturaleza de la Iglesia en la Eucaristía es aquella que une entre sí a fieles de cualquier género, edad y condición.

Pero la unidad de esta comunidad que nace de un solo pan, del que todos participan (73), está ordenada jerárquicamente y por esto exige que «cada cual, ministro o simple fiel, al desempeñar su oficio, haga todo y sólo aquello que le corresponde por la naturaleza de la acción y las normas litúrgicas» (74).

Ejemplo preclaro manifiesto de tal unidad se da «en la participación plena y activa de todo el pueblo santo de Dios... en la misma Eucaristía, en una misma oración, junto al único altar donde preside el Obispo, rodeado de su presbiterio y ministros» (75).

(72) Ga 3, 28.
(73) Cf. 1 Co 10, 17.

(74) Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 28.
(75) Ibid., n. 41; cf. Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 26.

17. Hay que evitar la dispersión de la comunidad de los fieles y la distracción en distintas cosas

En las celebraciones litúrgicas hay que evitar la dispersión de la comunidad y la distracción en cosas distintas. Por lo que se ha de evitar que en la misma iglesia se tengan simultáneamente dos celebraciones litúrgicas que atraigan la atención del pueblo a cosas diversas.

Esto hay que decir ante todo de la celebración de la Eucaristía; por tanto, se evite con cuidado en los domingos y días de precepto, cuando se celebra la misa para el pueblo, la dispersión que suele producirse al celebrar misas al mismo tiempo en la misma iglesia.

Esto se ha de observar incluso los otros días, en lo posible. El modo mejor para lograrlo es, según el derecho, la concelebración de los sacerdotes que desean celebrar al mismo tiempo la misa (76).
Cuando, según el horario público de una iglesia, corresponde celebrar una misa para el pueblo, evítese tener en la misma iglesia la celebración común o coral del Oficio divino o un sermón sagrado o la administración del bautismo o la celebración del matrimonio.

(76) Cf. n. 47 de esta Instrucción.

18. Hay que fomentar el sentido de comunidad universal y local

De tal manera se fomente el sentido de la comunidad en la celebración de la Eucaristía que cada uno sienta que se une con los hermanos en la comunión de la Iglesia tanto local como universal; más aún, de alguna manera, con todos los hombres. Porque en el sacrificio de la misa Cristo se ofrece por la salvación de todo el mundo, y la congregación de los fieles es tipo y signo de la unión del género humano en Cristo Cabeza (77).

(77) Cf. Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 3.

19. Hay que integrar a los forasteros en la celebración local de la eucaristía

Los fieles que participan en la celebración de la Eucaristía fuera de su parroquia han de unirse a la acción sagrada en la forma utilizada por la comunidad del lugar.

preocúpense los pastores de ayudar a los fieles que provienen de otras regiones, con medios oportunos, a que puedan unirse a la comunidad local.

De modo especial se debe procurar esto en las iglesias de las grandes ciudades y en los lugares a que acuden muchos fieles en tiempo de vacaciones. Pero en donde viven transeúntes de otra lengua o emigrados en un número apreciable procuren los pastores que se les ofrezca ocasión, al menos de cuando en cuando, de participar en la misa según el modo acostumbrado por ellos. "Procúrese, sin embargo, que los fieles sean capaces de recitar o cantar juntos en latín las partes del Ordinario de la misa que les corresponde" (78).

(78) Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 54.

20. Los ministros han de tener especial cuidado en el modo de celebrar

Para fomentar el orden debido en la celebración sagrada y la participación activa de los fieles, los ministros no sólo han de desempeñar su, función rectamente según las normas de las leyes litúrgicas, sino actuar de tal modo que inculquen el sentido de lo sagrado.

El pueblo tiene el derecho a ser alimentado en la misa con la proclamación y explicación de la palabra de Dios. De ahí que los sacerdotes no sólo han de tener la homilía cuando se prescribe o conviene, sino que han de procurar también que todo aquello que dicen ellos o los ministros, según su función, lo pronuncien o canten de tal modo que los fieles lo perciban claramente y entiendan su sentido, e incluso tiendan espontáneamente a responder y participar (79). Sean preparados para esto los ministros con adecuados ejercicios, especialmente en el seminario y en las casas religiosas.

(79) Cf. ibid., n. 11.

21. El canon de la misa

a) Puede el sacerdote celebrante, según el juicio de la autoridad territorial, pronunciar el canon con voz inteligible en las misas con asistencia del pueblo, aunque no sean concelebradas. Pero en las misas cantadas puede también cantar aquellas partes del canon cuyo canto está permitido en el Ritus servandus in concelebratione Missae, según la norma del número 10 de la Instrucción Tres abhinc annos, de 4 de mayo de 1967.

b) Las palabras de la consagración, según el uso tradicional, se imprimirán con tipos distintos del texto general, para que aparezcan más claramente.

22. La retransmisión de la misa por radio o televisión

Donde se retransmite la misa por radio o televisión, según el número 20 de la Constitución sobre la sagrada liturgia, procuren los Ordinarios del lugar que con ello no se moleste especialmente la oración y participación de los fieles; además, se ha de realizar la celebración y participación con tal prudencia y decoro que sea ejemplo de celebración del sagrado misterio, según las leyes de la instauración litúrgica (80).

(80) Cf. Sagrada Congregación de Ritos, Instr. Musicam sacram, 5-marzo-1967: AAS 59 (1967), pp. 302-303.

23. Fotografías durante las celebraciones eucarísticas

Hay que poner especial empeño para que no se perturben las celebraciones litúrgicas, especialmente las misas, por la costumbre de sacar fotografías. En donde se dé una causa razonable se haga con gran discreción y según las normas establecidas por el Ordinario del lugar.

24. Importancia de la disposición de la iglesia para una ordenación recta de la celebración

"La casa de oración en la que se celebra y se guarda la sagrada Eucaristía, y se reúnen los fieles, y en la que se adora para auxilio y solaz de los fieles la presencia del Hijo de Dios, nuestro Salvador, ofrecido por nosotros en el ara sacrificial, debe de estar limpia y dispuesta para la oración y para las funciones sagradas" (81).

Sepan, por tanto, los pastores que ayuda mucho a la celebración correcta y a la participación activa de los fieles la misma preparación adecuada del lugar sagrado.

Por tanto, pónganse en práctica las reglas y normas establecidas en la Instrucción Inter Oecumenici (82) sobre la construcción de iglesias y su adaptación a la liturgia instaurada, sobre la construcción y ornamentación de altares, sobre la colocación apta de los sediles para el celebrante y los ministros, sobre la preparación de un lugar propio para la proclamación de las lecturas sagradas, sobre el lugar destinado a los fieles y al coro de cantores.

Ante todo, de tal manera ha de colocarse y construirse el altar mayor que aparezca siempre como signo del mismo Cristo, como lugar en el que se realizan los misterios salvíficos y como el centro de la congregación de los fieles, al que se le debe la máxima reverencia.
Cf. Sagrada Congregación de Ritos, Instr. Musicam sacram, 5-marzo-1967: AAS 59 (1967), pp.
Hay que evitar la dilapidación de los tesoros de arte sagrado al adaptar las iglesias, pero si se juzga que tales tesoros hay que sacarlos del lugar en que ahora se encuentran, por la instauración litúrgica, según el juicio del Ordinario, pedidos los pareceres de los técnicos y, si el caso lo requiere, con el consentimiento de aquellos a quienes afecta, hágase esto con prudencia y de tal manera que en los nuevos puestos sean colocados de un modo adecuado y digno de las obras.

Recuerden también los pastores que ayuda mucho a una celebración litúrgica digna el género y el estilo de las vestiduras sagradas, las cuales busquen más una noble belleza que la mera suntuosidad» (83).

(81) Conc. Vat. II, Decr. Presbyterorum ordinis, n. 5.
(82) Nn. 90-99.
(83) Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 124.

II. LA CELEBRACIÓN EN DOMINGOS Y DÍAS LABORABLES

25. Celebración de la eucaristía en domingo

Siempre que se reúne la comunidad para celebrar la Eucaristía, anuncia la muerte y resurrección del Señor, en la espera de su venida gloriosa. Esto lo manifiesta especialmente la reunión del domingo; es decir, aquel día de la semana en que el Señor resucitó de entre los muertos y en el que, según la tradición apostólica, se celebra de un modo especial el misterio pascual de la Eucaristía (84).
Para que los fieles acepten gustosamente el precepto sobre la santificación del día de fiesta y entiendan la razón por la que la Iglesia los convoca a celebrar la Eucaristía todos los domingos, se les presentará e inculcará, ya desde el comienzo de la formación cristiana, que el domingo es la fiesta primordial (85), en la que reunidos escuchan la palabra de Dios y participan en el misterio pascual.

Más aún, favorézcanse las iniciativas que procuren que el domingo «sea también día de alegría y de liberación del trabajo (86).

(84) Cf. ibid., nn. 6 y 106.
(85) Cf. ibid., n. 106.
(86) Ibid., n. 106.

26. La celebración dominical en torno al Obispo y en la parroquia

El sentido de la comunidad eclesial, que de un modo especial se nutre y expresa en la celebración común de la misa en domingo, conviene que se fomente tanto en torno al Obispo, especialmente en la iglesia catedral, como en la comunidad parroquial, cuyo pastor ocupa en lugar del Obispo (87).

Foméntese con especial interés en la celebración dominical la participación activa de todo el pueblo que se expresa en el canto; más aún, ha de preferirse, en lo posible, la misa con canto (88).
Deben conjugarse, especialmente los domingos y días festivos, las celebraciones que se hacen en iglesias y oratorios con las celebraciones de la parroquia, de manera que ayuden a la acción pastoral. Más aún, que las pequeñas comunidades religiosas no clericales y otras del mismo tipo, especialmente aquellas que trabajan en la parroquia, participen aquellos días en la misa de la iglesia parroquial.

Hay que tener en cuenta, para la hora y el número de misas que hay que celebrar en las parroquias, la utilidad de la comunidad parroquial, y no multiplicar el número de misas de manera que se disminuya la verdadera eficacia de la acción pastoral. Esto sucedería, por ejemplo, si por la multiplicación de las misas acudiesen a cada misa en iglesias de gran capacidad únicamente pequeñas comunidades de fieles; o si, por la misma causa, los sacerdotes de tal manera se viesen abrumados de trabajo que únicamente con gran dificultad pudiesen cumplir con su ministerio.

(87) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, nn. 41-42; Const. Lumen gentium, n. 28; Decr. Presbyterorum ordinis, n. 5.
(88) Cf. Sagrada Congregación de Ritos, Instr. Musicam sacram, 5-marzo-1967: AAS 59 (1967), pp. 305 y 308.

27. Misas particulares

Para que la unidad de la comunidad parroquial crezca en la Eucaristía de los domingos y días festivos, las misas para grupos particulares, como son las asociaciones, ténganse en lo posible en los días feriales. Y si no pueden trasladarse a los días dentro de la semana, procúrese que se mantenga la unidad de la comunidad parroquial integrando los grupos particulares en las celebraciones parroquiales.

28. Las misas en domingos y días festivos anticipadas a la víspera

Ya que por concesión de la Sede Apostólica se permite que en la tarde del sábado precedente se pueda cumplir con el precepto de participar en la Misa del domingo, instruyan los pastores con cuidado a los fieles sobre la significación de la concesión y procuren que no se pierda por eso el sentido del domingo. La concesión pretende que los fieles, en las actuales circunstancias, puedan celebrar más fácilmente el día de la resurrección del Señor.

Sin que obsten las concesiones y costumbres contrarias, puede celebrarse esta misa únicamente la tarde del sábado en las horas establecidas por el Ordinario del lugar.

En estos casos se ha de celebrar la misa que se asigna en el calendario para el domingo, sin que se excluya de ninguna manera la homilía y la oración de los fieles.

Lo mismo se ha de decir de la misa que por la misma razón se permite celebrar en la víspera de una fiesta de precepto.

La misa vespertina antes del domingo de Pentecostés es la actual misa de vigilia, con Credo. Igualmente la misa vespertina anterior al día del Nacimiento del Señor es la misa de la vigilia, celebrada festivamente con ornamentos blancos, Aleluya y prefacio de Navidad. Pero la misa vespertina anterior al domingo de Resurrección no se puede comenzar antes del crepúsculo o ciertamente antes de la puesta del sol. Esta misa es siempre misa de la Vigilia pascual, que por razón de su especial significación en el año litúrgico y en toda la vida cristiana debe celebrarse con los ritos litúrgicos de la noche santa, según el orden de la misma Vigilia.

Los fieles que, según lo dicho anteriormente, comienzan a celebrar el domingo o la fiesta de precepto en la tarde del día anterior pueden comulgar aunque hubiesen comulgado ya por la mañana. Y «los fieles que hayan comulgado en la misa de la Vigilia pascual y en la noche de Navidad pueden acercarse de nuevo a comulgar en la segunda misa de Pascua, que se celebra de día, y en una de las misas que se celebran el día de Navidad» (89). Del mismo modo, «los fieles que el Jueves Santo hubieran comulgado en la misa crismal pueden de nuevo acercarse a recibir la comunión en la misa vespertina del mismo día», según la norma de número 14 de la Instrucción Tres abhinc annos, de 4 de mayo de 1967.

(89) Sagr. Congr. Ritos, Instr. Inter Oecumenici, 26-sept-1964, n. 60.

29. Las misas celebradas en días feriales

Sean invitados los fieles a participar en la misa frecuentemente, incluso en los días feriales; más aún, cada día.

Se recomienda esto especialmente en determinadas ferias que conviene celebrar con especial interés, particularmente en Cuaresma y Adviento, igualmente en las fiestas menores del Señor, en determinadas fiestas de santa María Virgen y de los santos que gocen de un honor especial en la Iglesia universal o particular.

30. Misas en reuniones de carácter religioso

Conviene que las asambleas y convivencias cuyo fin es fomentar la vida cristiana o el apostolado, o promover los estudios religiosos, así como los ejercicios espirituales de todo género, sean organizadas de tal manera que culminen en la celebración eucarística.

III. LA COMUNIÓN DE LOS FIELES

31. La comunión de los fieles en la misa


Los fieles participan más perfectamente en la celebración por la comunión sacramental de la Eucaristía. Se recomienda encarecidamente que la reciban ordinariamente en la misa y en el momento prescrito por el mismo rito de la celebración: es decir, inmediatamente después de la comunión del sacerdote celebrante (90).

Y para que, incluso por los signos, se manifieste mejor la comunión como participación del sacrificio que en aquel momento se celebra, hay que procurar que los fieles puedan recibirla con hostias consagradas en la misma misa (91).

Pertenece ante todo al sacerdote celebrante el administrar la comunión, y no debe continuar la misa sino una vez terminada la comunión de los fieles. Pero los otros sacerdotes o diáconos, según la conveniencia, ayuden al sacerdote celebrante (92).

(90) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 55.
(91) Cf. ibid., n. 55; Missale Romanum, Ritus servandus in celebratione Missae, 27-enero-1965, n. 7.
(92)  Sagr. Congr. Ritos, Rubricae Breviarii et Missalis Romani, 26-julio-1960, n. 502.

32. La comunión bajo las dos especies

La comunión, cuando se hace bajo las dos especies, adquiere la forma plena en su aspecto de signo. Pues en aquella forma (manteniendo los principios establecidos por el Concilio Tridentino (93), según los cuales se recibe a todo e íntegro Cristo y un verdadero sacramento bajo cualquier especie) aparece más perfectamente el signo del banquete eucarístico y más claramente se expresa la voluntad que ratifica el Nuevo y eterno Testamento en la Sangre del Señor y el lazo entre el banquete eucarístico y el banquete escatológico en el reino del Padre (94).

Por tanto, de ahora en adelante, según el juicio de los Obispos y previa la conveniente catequesis, se permite la comunión del cáliz en los siguientes casos, que son concedidos o ya en el derecho anterior (95) o por esta Instrucción:
1) a los neófitos adultos, en la misa que sigue al bautismo; a los confirmados adultos, en la misa de su confirmación; a los bautizados que son recibidos en la comunión de la Iglesia;
2) a los esposos, en la misa de su matrimonio;
3) a los ordenados, en la misa de su ordenación;
4) a la abadesa, en la misa de su bendición; a las vírgenes, en la misa de su consagración; a los profesos, en la misa de su primera o renovada profesión religiosa, con tal que los votos los emitan o renueven dentro de la misa;
5) a los cooperadores misioneros laicos, en la misa en la que pública−mente son enviados, y a todos los otros, en la misa en la cual reciben la misión eclesiástica;
6) en la administración del viático al enfermo, y a todos los presentes, cuando la misa se celebra en la casa del enfermo, según las normas del derecho;
7) al diácono, subdiácono y ayudantes que desempeñan su función en la misa pontifical o solemne;
8) en caso de concelebración:
- a) a todos los que en la misma concelebración desempeñan un verdadero ministerio litúrgico, aunque sean laicos, y a todos los alumnos de los seminarios que están presentes;
- b) y en sus iglesias, también a todos los miembros de los Institutos que profesan consejos evangélicos y de otras asociaciones en las que por los votos religiosos u oblación o promesa se consagran a Dios; además, a todos los que habitualmente viven en la casa de los miembros de aquellos Institutos y sociedades;
9) a los sacerdotes que están presentes en las grandes celebraciones y no pueden celebrar ni concelebrar;
10) a todos los que hacen ejercicios espirituales, en la misa que durante los ejercicios se celebra especialmente por tal grupo con participación activa; a todos los que participan en una reunión de alguna Comisión de pastoral, en las misas que celebran en común;
11) a todos aquellos que se mencionan en los números 2 y 4, en las misas de sus jubileos;
12) al padrino, a la madrina, a los padres y cónyuges y catequistas laicos del adulto bautizado, en la misa de su misma iniciación;
13) a los padres, familiares e insignes bienhechores que participan en la misa de un neosacerdote.

(93) Cf. Sesión XXI, Decretum de communione eucharistica, caps. 1-3: Denz. 930-932 (1726-1729).
(94) Cf. Mt 26, 27-29.
(95) Cf. Ritus servandus in distribuenda communione sub utraque specie, 7-marzo-1965, n. 1.



33. La comunión fuera de la misa

a) Hay que procurar que los fieles comulguen en la misma celebración eucarística. Pero los sacerdotes no rehúsen administrar la sagrada comunión, incluso fuera de la misa, a los que la pidan con justa causa (96). Lo que incluso por la tarde se puede hacer con autorización del Obispo del lugar, según la norma del número 4 del «Motu proprio» Pastorale munus, o con la licencia del superior general de la religión, según la norma del artículo 1, número 1, del Rescripto Cum admotae (97).

b) Cuando se distribuye la comunión en las horas prescritas fuera de la misa, según la conveniencia, puede preceder una breve celebración de la palabra de Dios, según la Instrucción Inter Oecumenici (98).

c) Si no puede celebrarse la misa por escasez de sacerdotes, se distribuye la comunión incluso por un ministro que tenga esta facultad por indulto de esta Sede Apostólica y debe guardarse el rito prescrito por la autoridad competente.

(96) Cf. Pio XII, Encíclica Mediator Dei: AAS 39 (1947), pp. 565-566.
(97) Cf. AAS 56 (1964), p. 7; AAS 59 (1967), p. 374.
(98) Nn. 37 y 39.

34. Modo de recibir la comunión

a) Según la costumbre de la Iglesia, los fieles pueden recibir la comunión de rodillas o de pie. Elíjase uno u otro modo según las normas establecidas por la competente autoridad eclesiástica territorial, teniendo en cuenta las diferentes circunstancias, ante todo la disposición del lugar y el número de los comulgantes. Sigan los fieles de buen grado el modo indicado por los pastores para que la comunión sea verdaderamente signo de unidad entre todos los comensales en la misma mesa del Señor.

b) Cuando los fieles comulgan de rodillas no se exige de ellos otro signo de reverencia para con el Santísimo Sacramento, porque la misma genuflexión expresa adoración.

Pero cuando se comulga de pie se recomienda encarecidamente que los que se acercan procesionalmente hagan una reverencia debida antes de la recepción del Sacramento en lugar y tiempo oportuno para que no se entorpezca el acceso y retiro de los fieles.

35. Sacramento de la penitencia y comunión

Propóngase la Eucaristía a los fieles también «como remedio que nos libra de las culpas de cada día y nos preserva de los pecados mortales» (99) e indíqueseles el modo conveniente de aprovecharse de las partes penitenciales de la liturgia de la misa.

«Hay que recordar al que libremente comulga el mandato: "Examínese cada uno a sí mismo" (100). Y la práctica de la Iglesia declara que es necesario este examen para que nadie, consciente de pecado mortal, por contrito que se crea, se acerque a la sagrada Eucaristía sin que haya precedido la confesión sacramental.» (101) «Pero si se da una necesidad urgente y no hay suficientes confesores, emita primero un acto de contrición perfecta» (102).

Procúrese encarecidamente que los fieles se acostumbren a acudir al sacramento de la penitencia fuera de la celebración de la misa, sobre todo en las horas señaladas, de tal manera que su administración se haga con tranquilidad y con verdadera utilidad de los mismos y no sean estorbados en la participación activa de la misa. Los que acostumbran a comulgar cada día o frecuentemente, sean instruidos para que en tiempos adecuados, según las posibilidades de cada uno, se acerquen al sacramento de la penitencia.

(99) Conc. Trid. ses. XIII, Decretum de Eucharistia, cap. 2; también cf. ses. XXII, Decretum de Missa, caps. 1-2.
(100) 1 Co 11, 28
(101) Conc. Trid. ses. XIII, Decretum de Eucharistia, cap. 7.
(102) Código de Derecho Canónico, c. 856.

36. La comunión en algunas ocasiones solemnes

Es muy conveniente que los fieles, cuando comienzan a trabajar en la viña del Padre, de un modo nuevo o en nuevo estado, participen del santo sacrificio por la comunión sacramental, con el fin de consagrarse de nuevo a Dios y renovar su alianza con él.

Esto lo realizan muy oportunamente, por ejemplo, la asamblea de los fieles, cuando en la noche pascual renueva las promesas bautismales; los adolescentes, cuando llegan a la edad de renovarlas públicamente ante la Iglesia; los esposos, cuando se unen en el sacramento del matrimonio; los que se consagran a Dios, cuando emiten sus votos o hacen su oblación; los fieles, cuando se entregan a oficios apostólicos.

37. La comunión frecuente y diaria

«Es evidente que por medio de la recepción frecuente o diaria de la santísima Eucaristía se aumenta la unión con Cristo, se alimenta abundantemente la vida espiritual, el alma se enriquece con las virtudes y se da al que la recibe una prenda más segura de la felicidad eterna; por eso, los párrocos, confesores y predicadores... exhorten al pueblo cristiano, frecuente y encarecidamente, a tan religiosa y tan saludable costumbre» (103).

38. La oración en privado después de la comunión

Por la participación del Cuerpo y Sangre del Señor se derrama sobre cada uno el don del Espíritu como agua viva (104), con tal de que los reciban sacramental y espiritualmente; es decir, en la fe viva que obra por la caridad (105).

Pero la unión espiritual con Cristo, a la que se ordena el mismo Sacramento, no se ha de buscar únicamente en el tiempo de la celebración eucarística, sino que ha de extenderse a toda la vida cristiana; de modo que los fieles de Cristo, contemplando asiduamente en la fe el don recibido, y guiados por el Espíritu Santo, vivan su vida ordinaria en acción de gracias y produzcan frutos más abundantes de caridad.

Para que puedan continuar más fácilmente en esta acción de gracias, que de un modo eminente se da a Dios en la misa, se recomienda a los que han sido alimentados con la sagrada comunión que permanezcan algún tiempo en oración (106).

(103) Sagrada Congregación del Concilio, Decreto sobre la recepción diaria de la sagrada Eucaristía, 20-diciembre-1905, n. 6: AAS 38 (1905-1906), pp. 401ss.; Pio XII, Encíclica Mediator Dei: AAS 39 (1947), p. 565.
(104) Cf. Jn 7, 37-39.
(105) Cf. Conc. Trid. ses. XIII, Decretum de Eucharistia, cap. 8.
(106) Cf. Pio XII, Encíclica Mediator Dei: AAS 39 (1947), p. 566.

39. El viático

La comunión recibida como viático ha de ser tenida corno un signo especial de participación en el misterio que se celebra en el sacrificio de la misa, esto es, en la muerte del Señor y su tránsito al Padre. Con ella el fiel, al dejar esta vida, fortalecido con el Cuerpo de Cristo, recibe la prenda de la resurrección.

Por tanto, los fieles en peligro de muerte, cualquiera que sea la causa de que proviene, están obligados por el precepto de recibir la sagrada comunión (107), "y los pastores deben velar para que la administración de este Sacramento no se difiera, sino que los fieles sean alimentados con él cuando están aún en plena posesión de sus facultades" (108). Aunque los fieles hayan recibido la sagrada comunión en el mismo día, se recomienda, sin embargo, insistentemente que comulguen de nuevo llegado el peligro de muerte.

(107) Cf. Código de Derecho Canónico, can. 864, 1.
(108) Cf. ibid., can. 865.

40. La comunión de los que no pueden acudir a la iglesia

Póngase interés en que los que están impedidos de asistir a la celebración eucarística de la comunidad sean alimentados con la Eucaristía, para que así se sientan también unidos a la misma comunidad y sostenidos por el amor de los hermanos.

Los pastores de almas tengan cuidado en que los enfermos y ancianos pongan facilidades para recibir la Eucaristía frecuentemente, e incluso, a ser posible, todos los días, sobre todo en el tiempo pascual, aunque no padezcan una enfermedad grave ni estén amenazados por un peligro de muerte inminente. En estos casos, la comunión puede administrarse a cualquier hora.

41. La comunión bajo la sola especie del vino

Se permite, en caso de necesidad y a juicio del Obispo, administrar la eucaristía únicamente bajo la especie del vino a los que no puedan recibirla bajo la especie de pan.

En este caso se permite, a juicio del Ordinario del lugar, celebrar la misa en la habitación del enfermo.

Y si no se celebra la misa en la habitación del enfermo, resérvese después de la misa la Sangre del Señor en un cáliz debidamente cubierto y colocado en el tabernáculo; pero no se lleve al enfermo sino en un vaso de tal modo cerrado que se evite completamente el peligro de que sea derramada. Para administrar el sacramento elíjase en cada caso el modo más apto de los que se proponen en el Ritus servandus para las dos especies. Una vez dada la comunión, si sobra algo de la preciosísima Sangre, consúmala el ministro, que debe también tener cuidado de que se realicen las purificaciones debidas.

IV. LA CELEBRACIÓN DE LA EUCARISTÍA EN LA VIDA DEL OBISPO Y DE LOS PRESBÍTEROS

42. La celebración de la eucaristía en la vida y en el ministerio del Obispo


La celebración de la Eucaristía expresa de un modo especial la naturaleza pública y social de las acciones litúrgicas de la Iglesia, «que es un sacramento de unidad, es decir, pueblo santo congregado y ordenado bajo la dirección de los Obispos» (109).

Por lo cual «el Obispo, revestido como está de la plenitud del sacramento del orden, es el administrador de la gracia del supremo sacerdocio, sobre todo en la Eucaristía, que él mismo ofrece, ya sea por sí, ya sea por otros... Y toda legítima celebración de la Eucaristía la dirige el Obispo, al cual ha sido confiado el oficio de ofrecer a la Divina Majestad el culto de la religión cristiana y de administrarlo conforme a los preceptos del Señor y las leyes de la Iglesia, que él precisará según su propio criterio, adaptándolas a su diócesis» (110).

En la celebración eucarística presidida por el Obispo, rodeado de su presbiterio y sus ministros, con la participación activa de todo el pueblo santo de Dios, se encuentra la principal manifestación de la Iglesia (111), jerárquicamente constituida.

(109) Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 26.
(110) Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 26.
(111) Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 41.

43. Lo normal es que los presbíteros participen en la celebración eucarística ejerciendo su función propia.

También los presbíteros están ordenados por razón de un sacramento especial, el del orden, a una función peculiar suya en la celebración de la Eucaristía. Pues también ellos, «como ministros sagrados, sobre todo en el sacrificio de la misa..., personifican a Cristo» (112); por esto es normal, por razón del signo sacramental, que participen en la Eucaristía ejerciendo la función propia de su Orden (113);... esto es, celebrando o concelebrando la misa y no comulgando únicamente como los laicos.

44. La celebración diaria de la misa

«En el misterio del sacrificio eucarístico, en que los sacerdotes desempeñan su función principal, se realiza continuamente la obra de nuestra redención, y, por tanto, se recomienda encarecidamente su celebración diaria, la cual, aunque no puedan estar presentes los fieles, es una acción de Cristo y de la Iglesia» (114), en la que el sacerdote actúa siempre para la salvación del pueblo.

45. En la celebración de la misa hay que observar fielmente las normas de la iglesia

A excepción de la suprema autoridad de la Iglesia, y según el derecho, a excepción del Obispo y de las Conferencias Episcopales, a nadie le es permitido, ni siquiera al sacerdote, añadir, quitar a cambiar nada por propia iniciativa en la liturgia, particularmente en la celebración de la Eucaristía. Por tanto, los presbíteros se esfuercen por presidir la celebración de la Eucaristía (115), de modo que los fieles tengan conciencia de participar no en un rito determinado por una autoridad privada (116), sino en el culto público de la Iglesia, cuya dirección fue confiada por el mismo Cristo a sus Apóstoles a sus sucesores.

46. La utilidad pastoral debe determinar la elección de las diversas formas de celebración

«Por esta razón, los pastores de almas deben vigilar para que en la acción litúrgica no sólo se observen las leyes relativas a la celebración válida y lícita, sino también, para que los fieles participen en ella consciente, activa y fructuosamente» (117).

Por este motivo, entre las formas de celebración permitidas por las leyes, traten los sacerdotes de elegir en cada caso aquellas que más respondan a la necesidad o provecho de los fieles y a su participación.

(112) Conc. Vat. II, Decr. Presbyterorum ordinis, n. 13. Const. Lumen gentium, n. 28.
(113) Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 28.
(114) Conc. Vat. II, Decr. Presbyterorum ordinis, n. 13; Pablo VI, Enc. Mysterium fidei: AAS 57 (1965), p. 762.
(115) Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 22, 3.
(116) Cf. Sto Tomás de Aquino, Summa Theologica, II-II, q. 93, a. 1.
(117) Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 11; cf. también n. 48.

47. La concelebración

Por la concelebración de la Eucaristía se expresa adecuadamente la unidad del sacrificio y del sacerdocio, y cuando los fieles participan activamente en ella resplandece de modo extraordinario la unidad del pueblo de Dios (118), particularmente si preside el Obispo (119).

La concelebración, además, significa y fortalece los lazos fraternales entre los presbíteros, ya que, «por la común ordenación sagrada y misión, los presbíteros todos se unen entre sí en íntima fraternidad» (120).

Por esto, si no lo impide el provecho de los fieles (que siempre ha de ser atendido con amorosa solicitud pastoral) y con tal de que todo sacerdote conserve íntegra la libertad de celebrar a solas la misa, es mejor que los sacerdotes celebren la Eucaristía de este modo excelente, tanto en las comunidades de sacerdotes como en las reuniones que tienen lugar en tiempos determinados y en otras ocasiones parecidas. Los que viven en común o sirven a una misma iglesia inviten gustosamente a los sacerdotes que están de paso a concelebrar con ellos.

Los superiores competentes faciliten, pues, y fomenten la concelebración, siempre que la necesidad pastoral u otra causa razonable no pida lo contrario.

La facultad de concelebrar se refiere también a las misas principales en la iglesia y oratorios públicos y semipúblicos de los seminarios, colegios e institutos eclesiásticos y de las casas religiosas y asociaciones de clérigos que viven en común sin votos. Donde el número de sacerdotes sea grande, el superior competente puede conceder que se concelebre aun varias veces en el mismo día, pero en tiempos sucesivos o en lugares sagrados diversos.

(118) Cf. ibid., n. 57; Sagr. Congr. de Ritos, Decreto general Ecclesiae semper, 7-marzo-1965: AAS (1965), pp. 410-412.
(119) Cf. Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 41; Const. Lumen gentium, n. 28; Decr. Presbyterorum ordinis, n. 7.
(120) Cf. Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 28; Decr. Presbyterorum ordinis, n. 8.

48. La elaboración del pan para la concelebración

Si, de acuerdo con el número 17 del Ritus servandus in concelebratione Missae, se hace una hostia de mayores dimensiones para la concelebración, hay que cuidar de que, según la costumbre tradicional, sea de tal forma y aspecto que se adapte lo más posible a tan gran misterio.

PARTE III. EL CULTO DEBIDO A LA SANTÍSIMA EUCARISTÍA COMO SACRAMENTO PERENNE

I. FINES DE LA RESERVA DE LA EUCARISTÍA Y LA ORACIÓN ANTE EL SANTÍSIMO SACRAMENTO

49. Los fines de la reserva de la eucaristía fuera de la misa


No es inútil recordar que el fin primero y primordial de la reserva de las sagradas especies fuera de la misa es la administración del viático; los fines secundarios son la distribución de la comunión fuera de la misa y la adoración de nuestro Señor Jesucristo, oculto bajo las mismas especies (121).

Pues «la reserva de las especies sagradas para los enfermos... ha introducido la laudable costumbre de adorar este manjar del cielo conservado en las iglesias. Este culto de adoración se basa en una razón muy sólida y firme» (122), sobre todo porque a la fe en la presencia real del Señor le es connatural su manifestación externa y pública.

50. La oración ante el santísimo sacramento

Los fieles cuando veneran a Cristo presente en el Sacramento recuerden que esta presencia proviene del sacrificio y se ordena a la comunión al mismo tiempo sacramental y espiritual.

Así, pues, la piedad que impulsa a los fieles a acercarse a la sagrada comunión los lleva a participar más plenamente en el misterio pascual y a responder con agradecimiento al don de aquel que por medio de su humanidad infunde continuamente la vida divina en los miembros de su cuerpo (123). Permaneciendo ante Cristo, el Señor, disfrutan de su trato íntimo, le abren su corazón pidiendo por sí mismos y por todos los suyos y ruegan por la paz y la salvación del mundo. Ofreciendo con Cristo toda su vida al Padre en el Espíritu Santo, sacan de este trato admirable un aumento de su fe, su esperanza y su caridad. Así fomentan las disposiciones debidas que les permitan celebrar con la devoción conveniente el memorial del Señor y recibir frecuentemente el pan que nos ha dado el Padre.

Traten, pues, los fieles de venerar a Cristo, el Señor, en el Sacramento, de acuerdo con su propio modo de vida. Y los pastores en este punto vayan delante con su ejemplo y exhórtenlos con sus palabras (124).

51. Facilítese a los fieles el acceso a las iglesias

Cuiden los pastores de que todas las iglesias y oratorios públicos en que se guarde la santísima Eucaristía estén abiertos por lo menos algunas horas de la mañana y de la tarde para que los fieles puedan fácilmente orar ante el Santísimo Sacramento.

(121) Sagr. Congr. Sacramentos, Instr. Quam plurimum, 1-oct-1949; Cg. Conc. Trid., ses. XIII, Decretum de Eucharistia, cap. 6; S. Pio X, Decr. Sacra Tridentina Synodus, 20-dic-1905.
(122) Pio XII, Enc. Mediator Dei.
(123) Cf. Conc. Vat. II, Decr. Presbyterorum ordinis, n. 5.
(124) Cf. ibid., n. 8.


II. EL LUGAR PARA LA RESERVA DE LA SANTÍSIMA EUCARISTÍA

52. El sagrario

Donde, según el derecho, se puede reservar la santísima Eucaristía, únicamente sea guardada continua o habitualmente en un solo altar o lugar de la misma iglesia (125). Según esto, haya ordinariamente un solo sagrario en cada iglesia. Este será sólido e inviolable (126).

53. Capilla para la reserva del Santísimo Sacramento

El lugar de la iglesia o del oratorio en que se guarde la Eucaristía en el sagrario sea verdaderamente destacado. Conviene que sea al mismo tiempo apto para la oración privada, de modo que los fieles no dejen de venerar al Señor en el Sacramento, aun con culto privado, y lo hagan con facilidad y provecho (127).

Por eso se recomienda que el sagrario, en cuanto sea posible, se coloque en una capilla que esté separada de la nave central del templo, sobre todo en las iglesias en que se celebran más frecuentemente matrimonios y funerales y en los lugares que son muy visitados por razón de los tesoros de arte y de historia.

54. El sagrario colocado en medio del altar o en otra parte de la iglesia

«La sagrada Eucaristía se reservará en un sagrario sólido e inviolable, colocado en medio del altar mayor, o de un altar lateral, pero que sea realmente destacado, o también, según costumbres legítimas y en casos particulares, que deben ser aprobados por el Ordinario del lugar, en otro sitio de la iglesia, pero que sea verdaderamente muy noble y esté debidamente adornado.

Se puede celebrar la misa de cara al pueblo, aunque encima del altar mayor esté el sagrario, en cuyo caso éste será pequeño, pero apropiado» (128).

55. El sagrario colocado en el altar en que se celebra misa con asistencia del pueblo

En la celebración de la misa se ponen de manifiesto sucesivamente los modos principales según los cuales Cristo está presente en su Iglesia (129), pues en primer lugar manifiesta su presencia en la misma asamblea de los fieles reunida en su nombre; después, en su palabra, cuando se lee y se explica la Escritura; también en la persona del ministro; finalmente, y del modo más excelente, bajo las especies eucarísticas. Así que, por razón del signo, es más propio de la naturaleza de la celebración sagrada que la presencia eucarística de Cristo, fruto de la consagración, y que como tal debe aparecer en cuanto sea posible, no se tenga ya desde el principio por la reserva de las especies sagradas en el altar en que se celebra la misa.

56. El sagrario en el caso de construcción de nuevas iglesias o de adaptación de iglesias y altares ya existentes

Conviene que en la construcción de nuevas iglesias se tengan honradamente en cuenta los principios establecidos en los números 52 y 54.

Los arreglos de iglesias o altares ya existentes no podrán hacerse sino según la norma del número 24 de esta Instrucción.

57. Modo de indicar la presencia del Santísimo Sacramento en el sagrario

La presencia de la santísima Eucaristía en el sagrario indíquese a los fieles por el conopeo o por otro medio determinado por la autoridad competente.

Según la costumbre tradicional, arda continuamente junto al sagrario una lámpara como signo de honor al Señor (130).

(125) Cf. C.I.C., can 1268, parr. 1.
(126) Cf. Sagr. Congr. Ritos,  Instr. Inter Oecumenici, 26-sept-1964, n. 95; Sagr. Congr. Sacramentos, Instr. Nullo unquam tempore, 28-mayo-1938, n. 4.
(127) Cf. Conc. Vat. II, Decr. Preesbyterorum ordinis, n. 18; Pablo VI, Enc. Mysterium fidei.
(128) Sagr. Congr. Ritos, Instr. Inter Oecumenici, 26-sept-1964, n. 95.
(129) Cf. n. 9 de la presente Instrucción.
(130) Cf. C.I.C. can. 1271.

III. LOS PIADOSOS EJERCICIOS EUCARÍSTICOS

58. La Iglesia recomienda con empeño la devoción privada y pública al Sacramento del altar, aun fuera de la misa, de acuerdo con las normas establecidas por la autoridad competente y en la presente Instrucción, pues el sacrificio eucarístico es la fuente y el punto culminante de toda la vida cristiana (131).

En la organización de tales piadosos y santos ejercicios téngase en cuenta las normas establecidas por el Concilio Vaticano II sobre la relación que hay que guardar entre la liturgia y las otras acciones sagradas que no pertenecen a ella. De modo especial téngase en cuenta la norma siguiente: «Es preciso que estos mismos ejercicios se organicen teniendo en cuenta los tiempos litúrgicos, de modo que vayan de acuerdo con la sagrada liturgia, en cierto modo deriven de ella y a ella conduzcan al pueblo, ya que la liturgia por su naturaleza está muy por encima de ellos» (132).

(131) Cf. Conc. Vat. II, Const. Lumen gentium, n. 11
(132) Conc. Vat. II, Const. Sacrosantum Concilium, n. 13.

IV. LAS PROCESIONES EUCARÍSTICAS

59. El pueblo cristiano da un testimonio público de fe y de piedad hacia este Sacramento con las procesiones en que se lleva la Eucaristía por las calles con solemnidad y cantos, particularmente en la fiesta del Corpus Christi.

Corresponde, sin embargo, al Ordinario del lugar juzgar sobre la oportunidad en las circunstancias actuales, y sobre el lugar y la organización de tales procesiones, para que se lleven a cabo con dignidad y sin menoscabo de la reverencia debida a este Santísimo Sacramento.

V. LA EXPOSICIÓN DE LA SANTÍSIMA EUCARISTÍA

60. La exposición de la santísima Eucaristía, sea en el copón, sea en la custodia, lleva a los fieles a reconocer en ella la maravillosa presencia de Cristo y los invita a la comunión de corazón con él. Así fomenta muy bien el culto en espíritu y en verdad que le es debido.

Hay que procurar que en tales exposiciones el culto del Santísimo Sacramento manifieste en signos su relación con la misa. Conviene, pues, que la exposición, cuando es más solemne y prolongada, tenga lugar al terminar la misa en que se consagra la hostia que se ha de exponer a la adoración. Esta misa termine con el Benedicamus Domino, sin bendición. En los adornos y en el modo de la exposición (133) evítese cuidadosamente todo lo que puede oscurecer el deseo de Cristo, que instituyó la Eucaristía, ante todo, para que fuese nuestro alimento y nuestro consuelo y nuestro remedio (134).

(133) Cf. n. 63 de la presente Instrucción.
(134) Cf. S. Pio X, Decr. Sacra Tridentina Synodus, 20-dic-1905.

61. Se prohíbe la celebración de la misa ante el Santísimo expuesto

Se prohíbe la celebración de la misa durante el tiempo que está el Santísimo expuesto en la misma nave de la iglesia, sin que obste las concesiones y tradiciones hasta ahora vigentes, aun las dignas de especial mención.

Pues, según las razones propuestas en el número 55 de esta Instrucción, la celebración del misterio eucarístico incluye de una manera más perfecta aquella comunión interna a la cual pretende llevar a los fieles la exposición, y, por tanto, no necesita de esa ayuda.
Si la exposición del Santísimo se prolonga durante uno o varios días, debe interrumpirse durante la celebración de la misa, a no ser que se celebre en una capilla o espacio separado de la exposición y permanezcan en adoración por lo menos algunos fieles.

Allí donde la supresión de la antigua costumbre pueda causar en los fieles extrañeza, el Ordinario del lugar podrá establecer un tiempo conveniente, no demasiado largo, antes de implantar esta nueva norma.

62. Rito de la exposición

Si la exposición es breve, el copón o el ostensorio se coloca sobre el altar. Si se prolonga durante algún tiempo, se puede utilizar el expositor, situado en un lugar más eminente, pero evítese que esté demasiado alto y distante.

Durante la exposición todo debe organizarse de manera que los fieles, atentos a la oración, se dediquen a Cristo, el Señor.

Para alimentar la oración íntima pueden admitirse lecturas de la Sagrada Escritura con homilía o breves exhortaciones que lleven a una mayor estima del misterio eucarístico. Conviene también que los fieles respondan cantando a la palabra de Dios. En momentos oportunos debe guardarse un silencio sagrado.

Al fin de la exposición se dará la bendición con el Santísimo Sacramento.

Si se utiliza la lengua vulgar, en vez del himno Tantum ergo, cantado antes de la bendición, se puede emplear otro canto eucarístico a juicio de la competente autoridad territorial.

63. Exposición solemne anual

En aquellas iglesias en las cuales se reserva habitualmente la Eucaristía, cada año puede hacerse exposición solemne con el Santísimo Sacramento, prolongada durante algún tiempo, aunque estrictamente no sea continuo, a fin de que la comunidad local pueda meditar y adorar más intensamente este misterio.

Pero esta exposición se hará solamente si se prevé una asistencia conveniente de fieles, con el permiso del Ordinario del lugar, y según las normas establecidas.

64. Exposición prolongada

En caso de necesidad grave y general, el Ordinario del lugar puede ordenar preces delante del Santísimo expuesto durante algún tiempo más prolongado (que puede ser estrictamente continuo). Debe hacerse en aquellas iglesias que son más frecuentadas por los fieles.

65. Interrupción de la exposición

Donde, por falta de un número conveniente de adoradores, no se puede tener la exposición sin interrupción, está permitido reservar el Santísimo en el sagrario, en horas determinadas y dadas a conocer, pero no más de dos veces al día; por ejemplo, a mediodía y por la noche.

Esta reserva puede hacerse de modo más simple y sin canto: el sacerdote, revestido de sobrepelliz y estola, después de una breve adoración, reserva el santísimo en el tabernáculo. Del mismo modo, a la hora señalada se hace de nuevo la exposición: el sacerdote se retira una vez que ha colocado el santísimo, después de una breve adoración.

66. Exposición breve

Aun las exposiciones breves del Santísimo Sacramento, tenidas según las normas del derecho, deben ordenarse de tal manera que antes de la bendición con el Santísimo Sacramento, según la oportunidad, se dedique un tiempo conveniente a la lectura de la palabra de Dios, a los cánticos, a las preces y a la oración en silencio prolongada durante algún tiempo.

Procuren los Ordinarios del lugar que estas exposiciones del Santísimo Sacramento se hagan siempre y en todo lugar con la debida reverencia.

Se prohíbe la exposición tenida únicamente para dar la bendición después de la misa.

VI. LOS CONGRESOS EUCARÍSTICOS

67. En los Congresos eucarísticos procuren los cristianos penetrar más profundamente en este santo misterio, teniendo en cuenta sus diversos aspectos (135). Celébrenlo según las normas del Concilio Vaticano II y lo veneren con la oración prolongada en privado y con piadosos ejercicios, sobre todo en una procesión más solemne, de manera que todas las formas de piedad encuentren como su culmen en la celebración solemne de la misa.

Durante la celebración del Congreso de toda una región conviene que se reserve alguna iglesia a la adoración continua.

(135) Cf. n. 3 de la presente Instrucción.

El Sumo Pontífice Pablo VI aprobó la presente Instrucción en la audiencia concedida al eminentísimo señor Cardenal Arcadio María Larraona, Prefecto de esta Sagrada Congregación, el día 13 de abril de 1967, la confirmó con su autoridad y mandó publicarla, estableciendo al mismo tiempo que comenzara a tener vigor el día 15 de agosto de 1967, solemnidad de la Asunción de la bienaventurada Virgen María.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

No publico comentarios anónimos.